El legislador Fernando Villavicencio aún espera el pago de su sueldo íntegro del mes de noviembre del 2022 y las disculpas públicas de los cinco integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL), tras la sentencia judicial que ordenó su reintegro inmediato al determinarse que fue suspendido sin existir una norma expresa.

La jueza constitucional Soledad Manosalvas, el pasado 28 de noviembre, dispuso el reintegro inmediato del legislador tras declarar que se vulneró el derecho al debido proceso, la garantía de motivación, derecho a la seguridad jurídica y libertad de expresión.

El 10 de noviembre pasado los miembros del CAL: Virgilio Saquicela (ex-BAN), Marcela Holguín (UNES), Esteban Torres (PSC), Ronny Aleaga (UNES) y Darwin Pereira (Pachakutik), suspendieron por 31 días sin sueldo al asambleísta Villavicencio, por incurrir en una falta administrativa muy grave al haber expresado con términos ofensivos, discriminatorios o que inciten al odio en contra de la asambleísta Patricia Núñez (UNES).

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El CAL procesó la queja de la asambleísta Núñez en contra de Fernando Villavicencio, de quien dijo que la ofendió al emitir expresiones de odio de forma misógina en la red social de Twitter.

Fernando Villavicencio plantea acción de protección con medida cautelar para evitar se concrete suspensión de 31 días

Al presentar la acción de protección, Villavicencio aclaró que no existe una sola norma legal de que por escribir un tuit ejerciendo el derecho de libertad de expresión y pensamiento se quiera crear una norma para sancionar a un legislador, por odio o venganza por intentar callar la voz que se levanta en el país contra la corrupción.

Al declarar la vulneración del derecho al debido proceso, la jueza Manosalvas ordenó lo siguiente:

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  • Se deja sin efecto la resolución CAL-2021-2023-723 aprobada por los señores miembros del Consejo de Administración Legislativa de la Asamblea Nacional del Ecuador.
  • Se ordena el reintegro inmediato del accionante Fernando Villavicencio al cargo de asambleísta.
  • Se ordena el pago de las remuneraciones dejadas de percibir mientras duró la suspensión en funciones.
  • Se dispone que los miembros del Consejo de Administración Legislativa emitan sus disculpas públicas a través de la página oficial de la Asamblea Nacional.

Conforme el art. 21 inciso tercero de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se dispone oficiar al señor defensor del Pueblo del Cantón Quito para que dé seguimiento del cumplimiento de esta sentencia constitucional.

Pagos y disculpas

El legislador, Fernando Villavicencio, este 6 de diciembre, remitió un documento al presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, en el que solicita que disponga a la Coordinación General Financiera el pago de las remuneraciones dejadas de percibir mientras duró la suspensión de sus funciones y, además, pide que se cumpla con las respectivas disculpas públicas a través de la página oficial de la Asamblea Nacional, por parte de quienes aprobaron la resolución de suspensión.

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El legislador pregunta quién va a pagar el sueldo de los diez días que se principalizó su alterna Rocío Yépez, pues la sentencia de la jueza ordena el pago de las remuneraciones dejadas de percibir mientras duró la suspensión en funciones.

La Asamblea Nacional así como las instituciones del Estado tienen prohibición expresa de pagar doble sueldo a los funcionarios, podría ser observada por la Contraloría del Estado. En este caso, los cinco miembros del CAL que aprobaron la resolución deberán determinar la forma de cubrir el sueldo cancelado a Yépez. El asambleísta Villavicencio anunció que pedirá un informe a la Contraloría sobre este caso.

Los cinco legisladores presentaron un recurso de apelación a la sentencia, por lo que el proceso pasó a la sala especializada de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. (I)