El jueves 27 de enero próximo el exdefensor del Pueblo Freddy Carrión, sentenciado a tres años de cárcel como autor directo del delito de abuso sexual, conocerá si se acepta o no el habeas corpus que planteó con el fin de que se declare ilegal su detención para que así quede sin efecto la orden de prisión preventiva que pesa en su contra desde mayo de 2021.

El recurso constitucional está en manos de los jueces de la Sala Especializada de la Familia, Niñez y Adolescencia Carlos Pazos, Wilman Terán y David Jacho. El Tribunal inicialmente iba a dar su resolución la noche del lunes último, luego del segundo día de audiencia, pero tras poco más de una hora de deliberación señalaron que necesitaban más tiempo para analizar los argumentos expuestos por las partes.

Freddy Carrión recusa a dos jueces e impide se conozca la resolución oral sobre su pedido de caducidad de la prisión preventiva

Dentro de la audiencia la Fiscalía participó exponiendo que la aprehensión del entonces defensor del Pueblo se dio de acuerdo con la norma. Como amicus curiae también intervino en la diligencia la defensa de la víctima del abuso sexual.

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La audiencia está convocada para las 16:30 en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y se espera que Carrión asista, de la misma forma que lo ha hecho los dos días que hasta el momento ha durado el análisis del habeas corpus.

Respecto a pedidos hechos por Carrión dentro del proceso penal que se le ha seguido y en el que mantiene una sentencia de primera instancia, aún queda por resolverse la solicitud de caducidad de la prisión preventiva que hizo y además la demanda de recusación contra los jueces de la CNJ Byron Guillén y Luis Rivera, del Tribunal que analiza el pedido de caducidad de la medida de prisión preventiva.

En audiencia de ‘habeas corpus’, el defensor Freddy Carrión califica de un ‘acto tramado’ a los hechos por los que se lo acusa de abuso sexual

Carrión ingresó a la denominada Cárcel 4, ubicada en el norte de Quito, el 17 de mayo pasado y el 20 de octubre siguiente recibió la sentencia de primer nivel que lo condenaba a tres años de cárcel y al pago de $ 21.560 como reparación integral a la víctima. El fallo también incluye el pago de una multa de diez salarios básicos unificados ($ 4.000) y la pérdida de los derechos políticos del condenado por el mismo tiempo que dure la pena privativa de libertad. (I)