“Es de advertir que la norma es clara en indicar que el procesado debe aceptar los hechos conforme son narrados por Fiscalía. (...) No puede existir una aceptación parcial o aceptación con alguna reserva, sino simplemente conforme a la norma debe aceptar los hechos, situación que se puede colegir no ha sido realizada por Esteban Celi, por lo tanto si no se cumple un presupuesto normativo, es decir una regla, no puede existir una consecuencia jurídica”.

Bajo ese análisis, el juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Felipe Córdova, resolvía, la mañana del martes último, negar la aplicación del procedimiento abreviado solicitado por la defensa de José Luis Esteban Celi de la Torre, hermano del excontralor Pablo Celi y uno de los ahora doce procesados por el delito de delincuencia organizada conocido como el caso Las Torres.

Juez de Corte Nacional niega procedimiento abreviado en caso Las Torres para hermano de excontralor Pablo Celi

Marco Flores Troncoso y Elsie Cueva recibieron un dictamen abstentivo de parte de la Fiscalía y ante ello de catorce procesados solo quedaron doce.

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La fiscal general, Diana Salazar, solicitó el procedimiento abreviado conforme lo dispone el artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) en contra de Esteban Celi. A él se lo acusa de ser el autor directo de una delincuencia organizada, solicitando la pena reducida de 40 meses de cárcel por reconocer los hechos, una reparación integral de $ 648.000, disculpas públicas y el comiso de bienes.

Al empezar a analizar las reglas de este procedimiento especial, el juez vio que no se cumplía con el tercer presupuesto de la norma, es decir, que todo procesado deberá expresar y consentir la aplicación de este procedimiento, así como la aceptación del hecho que se le atribuye.

“Fiscalía realiza una exposición fáctica, que debió haber sido aceptada por Esteban Celi al momento de su intervención y (...) expone que acepta la aplicación del procedimiento abreviado, que acepta la pena negociada, pero tuvo reparos en cuanto a la aceptación de los hechos en cuanto a la forma que fueron narrados por la titular de la Fiscalía”, aclaró el juez.

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Córdova destacó tres circunstancias señaladas por Celi: que él aceptó únicamente la responsabilidad respecto de la transferencia de $ 110.000 por parte de la empresa Monay a la cuenta de Pedro Saona, por gestiones de carácter administrativo que, indica, le correspondían realizar ante Petroecuador y la Procuraduría General. Esta situación aceptada dista del relato narrado por Fiscalía, indicaba el juez.

Por otra parte, Esteban Celi aclaró que su hermano Pablo Celi, entonces contralor subrogante, no tenía conocimiento de los hechos, que no recibió dinero alguno de su parte. Sobre ello, explicó Córdova, Fiscalía sostiene que Esteban Celi y Pablo Celi “tuvieron una participación en cuanto a que iban a recibir el 20 % de los pagos acordados por parte de la empresa Nolimit”.

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Finalmente, Esteban Celi refirió no reconocer hechos contractuales o los honorarios profesionales que otras personas hayan pactado respecto a hechos que se investigan. Para el juez, esta situación igualmente dista de lo narrado por la fiscal Diana Salazar durante la audiencia de procedimiento abreviado.

Con la negativa, Ricardo Vaca, abogado de Esteban Celi, pedía a Córdova que le pregunte al procesado nuevamente si acepta los hechos para que así se cumplan todos los requisitos. Córdova le decía que ya se resolvió el tema, aclarando al defensor que la negativa no impedía que se vuelva a solicitar el procedimiento abreviado, pero para que se dé en otra ocasión y deben conversar con Fiscalía.

No se instaló audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio en el caso Las Torres; hubo pedidos de abogados

Inmediatamente Esteban Celi ingresó a la Fiscalía un nuevo pedido de procedimiento abreviado en el que se indicaba textualmente: “Con este escrito libre y voluntariamente manifiesto que es mi intención en este proceso acogerme al procedimiento abreviado propuesto”. Por ser procedente, nuevamente la Fiscalía le pedía a Córdova que señale día y hora para la audiencia respectiva.

Vaca explicó que la Fiscalía había presentado unos elementos en los que su pretensión era que su defendido reconozca la participación en los hechos, sin embargo de que esto así sucedió, añadió, Esteban Celi no podía reconocer lo que tiene que ver con su hermano. “Si es que en el procedimiento abreviado se pretende que exista una aceptación de culpabilidad del hermano, eso le corresponde a cada quien, pero la propia ley dice que no puede declarar en contra de su hermano”.

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Según Vaca, además de que se debe tener claro que no puede haber una declaración de un hermano en contra de otro, lo importante también es saber que el procedimiento abreviado no constituye una prueba en el procedimiento ordinario. “El hecho de que eventualmente se acepte el procedimiento abreviado para mi cliente no implica que las otras personas tengan que defenderse, este procedimiento abreviado no constituye de ninguna manera prueba en el procedimiento ordinario”, concluyó.

A la Corte Nacional de Justicia asistieron los sujetos procesales dentro del caso Las Torres pero la audiencia preparatoria y evaluatoria de juicio no se instaló Foto: Cortesía

Respecto al procedimiento abreviado y lo que podía decir Esteban Celi, Marcelo Ron, abogado del excontralor Pablo Celi, señaló que cada persona responde por los hechos de cada quien. “En este caso, Pablo Celi no puede responder por lo que haya hecho su hermano Esteban y, en tal virtud, aquí se juzgan los actos que realiza cada una de las personas, y eso es lo que deberá suceder”.

Al momento los sujetos procesales esperan que se defina una fecha para que se dé por completo una nueva audiencia de procedimiento abreviado. La norma señala que la convocatoria para una audiencia debería hacerse con al menos 72 horas de anticipación. Este procedimiento especial deberá darse antes de la instalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la cual aún no tiene fecha.

Pablo Encalada, abogado del exgerente de Petroecuador Pablo Flores, sobre lo ocurrido con el procedimiento abreviado de Esteban Celi, calificó a lo que se dio de una situación inusual que causó sorpresa, pues, señaló, no es común que vayan a una audiencia de este tipo y no haya existido ningún acuerdo. Él cree que por ese hecho el juez le debió haber llamado la atención a la Fiscalía. (I)