El Gobierno de Guillermo Lasso envió entre septiembre y octubre pasados tres tandas de preguntas de referéndum y consulta popular a la Corte Constitucional (CC) para que esta se pronuncie sobre la vía adecuada para hacer cambios a la Constitución y algunas leyes puntuales.

Primero envió ocho de referéndum relacionadas con seguridad, institucionalidad democrática y medioambiente. De esas rechazó dos: la que se refería al rol de las Fuerzas Armadas en el apoyo a la Policía Nacional en el crimen organizado y la que le daba a la Asamblea la potestad de elegir autoridades de control, pero con una fórmula híbrida con una importante participación del Ejecutivo.

Luego envió un alcance en el que planteó dos preguntas también de referéndum sobre la forma de elección de autoridades por parte de la Asamblea, y el mecanismo de elección a los vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Estas sí pasaron el control de la CC.

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Y por último, mandó tres preguntas de plebiscito relacionadas con reformas al Código Penal y a la Ley de Régimen Tributario que se referían a temas de seguridad e incentivos laborales. Estas no cumplieron los requisitos de fondo y forma, y no pasaron.

Preguntas del referéndum

Las preguntas de referéndum que finalmente quedaron son las siguientes:

  1. La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas y tráfico de migrantes. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  2. Actualmente, el Consejo de la Judicatura selecciona, evalúa, asciende, capacita y sanciona a fiscales, a pesar de que la Fiscalía es un órgano autónomo. ¿Está usted de acuerdo con garantizar la autonomía de la Fiscalía General del Estado, para que esta seleccione, evalúe, ascienda, capacite y sancione a los servidores que la conforman a través de un Consejo Fiscal, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  3. En la actualidad, la Asamblea Nacional está integrada por 137 asambleístas y se estima que, con el censo poblacional del 2022, este número ascienda aproximadamente a 152 asambleístas. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo a los siguientes criterios: 1 asambleísta por provincia y 1 asambleísta provincial adicional por cada 250.000 habitantes; 2 asambleístas nacionales por cada millón de habitantes; y 1 asambleísta por cada 500.000 habitantes que residan en el exterior, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  4. Actualmente existen 272 movimientos políticos en el Ecuador. Estos no garantizan la representación ciudadana, ni una adecuada participación de sus miembros. ¿Está usted de acuerdo con exigir que los movimientos políticos cuenten con un número de afiliados mínimo equivalente al 1,5 % del registro electoral de su jurisdicción y obligarlos a llevar un registro de sus miembros auditado periódicamente por el Consejo Nacional Electoral, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  5. La Constitución excluye del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a las áreas de protección hídrica, por lo que estas no gozan de su protección. ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  6. La Constitución no prevé compensaciones a quienes apoyan a la generación de servicios ambientales. ¿Está usted de acuerdo con que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades puedan ser beneficiarios de compensaciones debidamente regularizadas por el Estado, por su apoyo a la generación de servicios ambientales, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo?
  7. El CPCCS es una entidad pública que actualmente tiene el poder de designar a 77 autoridades. ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social enmendando la Constitución según el anexo?
  8. El CPCCS es una entidad pública que actualmente es elegida por sufragio universal. ¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución según el anexo?

Al régimen le corresponde ahora, si es que insiste en su iniciativa, enviarlas al Consejo Nacional Electoral para que convoque al referéndum, que coincidiría con las elecciones seccionales del 2023.