Rechazar los recursos de apelación planteados por el exvicepresidente Jorge Glas y la correísta Nicole Malavé y ratificar la negativa del habeas corpus definido en primera instancia por la jueza Soledad Manosalvas fue la decisión unánime que notificaron a las partes, la tarde de este viernes último, los jueces de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha Eduardo Andrade, Guadalupe Narváez y Santiago Galarza.

Manosalvas resolvió, el 20 de junio último, negar el habeas corpus presentado por Malavé a favor de Glas, por lo que el exvicepresidente debía seguir en la Cárcel 4, en Quito, cumpliendo las penas de los casos de asociación ilícita relacionada con Odebrecht (seis años) y de cohecho pasivo agravado en la causa Sobornos 2012-2016 (ocho años).

La jueza de Pichincha en su resolución dio la razón a las entidades del Estado que aseguraron en audiencia que no ha existido ninguna violación de derechos y que se le ha garantizado al privado de libertad la atención médica que requiere, según su cuadro clínico. Además consideró que no existe una detención ilegal o arbitraria.

Publicidad

Defensa de Jorge Glas asegura que él sufre un ‘secuestro institucional y político’; instancias del Estado insisten en que al exvicepresidente no se le han violado derechos

“El habeas corpus es procedente para corregir situaciones relacionadas al derecho a la salud de la persona privada de la libertad. El efecto que persigue el habeas corpus no es la libertad de una persona, sino corregir actos en contra del derecho a la integridad con las personas privadas de la libertad o falta del acceso a los servicios de salud”, resaltó la sentencia de Manosalvas de junio pasado.

Una vez dada la audiencia de apelación, entre la mañana y tarde del miércoles último en la Corte de Pichincha, en la que se escucharon los argumentos de las partes convocadas, el Tribunal determinó que “no hay prueba que demuestre vulneración de los derechos constitucionales en los hechos propuestos” por Malavé y Glas.

Además indica la sentencia del Tribunal de Apelación que “no se han evidenciado actos de agravamiento ilegal o arbitrarios en cuanto a las condiciones en las cuales se encuentra cumpliendo la pena impuesta, por las sentencias ejecutoriadas dictadas en su contra, tampoco se han demostrado tratos inhumanos o degradantes en contra de su persona (Jorge Glas)”.

Publicidad

Alfonso Zambrano Pasquel, defensa de Glas, aseguró en la audiencia de apelación que la pretensión en este caso era que se entregaran medidas cautelares sustitutivas a la privación de la libertad para que el exbinomio de Rafael Correa continuara cumpliendo lo que le queda de condena, mas no que se lo dejara en libertad o se le levantaran las penas definidas.

Diego Moscoso, de la Unidad Judicial Multicompetente de Manglaralto, en Santa Elena, el 9 de abril otorgó un 'habeas corpus' al exvicepresidente Jorge Glas. Foto: David Cruz

El pedido, dijo el abogado, se daba ante el deterioro de la salud del hombre fuerte del correísmo de los sectores estratégicos y por la supuesta imposibilidad que ha demostrado el área de salud del Sistema de Rehabilitación Social para atenderlo médicamente. Este argumento ha sido usado en varios habeas corpus presentados por defensores de Glas, los cuales ya han tenido resolución.

Publicidad

El habeas corpus pedido por Malavé a favor de Glas inicialmente fue aceptado, a inicios de abril pasado, por el ahora destituido juez de Manglaralto (Santa Elena) Diego Moscoso. Esa decisión fue anulada el 20 de mayo último, de forma unánime, por un tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Santa Elena. Ahí se determinó la nulidad de todo lo actuado por Moscoso, y ordenaron que Glas dejara su presentación periódica y volviera a la cárcel a cumplir las penas impuestas por la Corte Nacional.

Procuraduría pide a Tribunal de Manabí que declare ‘el dolo y el error inexcusable’ de Banny Molina, juez que dio paso al ‘habeas corpus’ que benefició a Jorge Glas

Como parte de esa sentencia, Glas debía ingresar nuevamente al Centro de Privación de la Libertad de Cotopaxi, en Latacunga; y, por ello, el pedido de habeas corpus de Malavé fue remitido a la Unidad Judicial de Garantías Penitenciarias de Cotopaxi para que ahí se sustanciara. El recurso fue inadmitido debido a que el Servicio de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) por seguridad decidió trasladar al exvicepresidente a la Cárcel 4, en Quito.

Al ser la capital ecuatoriana el lugar donde legalmente estaba recluido Jorge Glas, la causa fue sorteada entre jueces de esta localidad y recayó para el análisis en la jueza Soledad Manosalvas.

De momento, Glas está a la espera de que se emita una resolución ante la apelación que solicitó la Procuraduría General del Estado por un habeas corpus que le entregó por extensión el ahora suspendido juez de Portoviejo (Manabí) Banny Molina. La audiencia se dio el viernes último en la Corte Provincial de Justicia de Manabí ante los jueces Hugo Velasco, Teddy Ponce y Celia García, quienes ingresaron en fase de deliberación antes de formalizar su decisión.

Publicidad

Pese a que han pasado más de catorce días desde que se emitió una boleta de excarcelación a favor de Glas, como parte del habeas corpus emitido por Molina, el SNAI no le ha dado paso alegando que existen inconsistencias; y, pese a que se ha solicitado un pronunciamiento al juez a cargo del despacho de Molina, aún no existen respuestas claras sobre la legitimidad del procedimiento para su emisión. (I)