Desde las 10:00 de este viernes, un Tribunal Constitucional, constituido por jueces de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, analizará los argumentos que se presenten durante la audiencia de apelación solicitada por la Procuraduría General del Estado al habeas corpus otorgado a Christian Araujo, sentenciado por asesinato a trece años de cárcel, y que fue extendido, pese a no haber solicitado la acción constitucional directamente, al exvicepresidente Jorge Glas y Daniel Salcedo Bonilla.

Hugo Velasco, Teddy Ponce y Celia García, jueces de la Sala de lo Laboral de Manabí, transformados en jueces constitucionales, revisarán la decisión adoptada en primera instancia por el juez Banny Molina, es decir, analizarán si fue correcto o no otorgar el habeas corpus a Araujo y, bajo el principio constitucional inter comunis, extender el efecto de la sentencia a Glas y Salcedo Bonilla.

Quienes intervinieron a favor de Glas, Salcedo y Araujo argumentaron problemas graves de salud de esos privados de libertad, los cuales no recibían la atención adecuada en la denominada Cárcel 4, en Quito, en que se encuentran.

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Según Édison Loaiza, uno de los abogados del exvicepresidente, cercanos a Glas se “adhirieron” a un habeas corpus correctivo solicitado por otra persona, debido a que el estado de salud de quien cumple dos penas en firme por actos de corrupción se ha agravado. Loaiza afirma que a las enfermedades que ya mantenía Glas se le sumó el que contrajo COVID-19.

Juez Banny Molina cumplirá arresto domiciliario; se inicia instrucción fiscal de 90 días

El Tribunal de Apelación negó el pedido de diferimiento de esta diligencia hecho por la defensa de Salcedo Bonilla, procesado que mantiene sentencias de primera instancia de 13 años de cárcel por el delito de peculado ocurrido en el contexto de la pandemia y otra de tres años por el ingreso de artículos prohibidos a la cárcel.

La decisión de Molina, juez que fue suspendido de su cargo y sobre el que pesa un proceso penal por el delito de usurpación y simulación de funciones públicas, incluyó la emisión de boletas de excarcelación para los tres privados de la libertad beneficiados por el habeas corpus. El Servicio de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) no ha dado paso a esa disposición alegando, por ejemplo en el caso de Glas, que su defensa presentó dos boletas con fechas diferentes, con errores y que no constan en el sistema.

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Nulidad, inadmisión, negativa y admisión parcial han sido las decisiones finales, hasta el momento, en nueve ‘habeas corpus’ relacionados a Jorge Glas

La investigación penal partió de una denuncia presentada por el Consejo de la Judicatura contra el juez de la Unidad de Garantías Penitenciarias de Portoviejo Banny Molina, a quien se lo acusaba de haber actuado sin competencia en el habeas corpus concedido a Araujo, Glas y Salcedo Bonilla, pues sobre Molina existía un llamamiento a juicio por el delito de prevaricato.

Según la Judicatura, el 5 de agosto pasado, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí revocó un sobreseimiento a favor del juez Molina y en su lugar ordenó que sea llamado a juicio dentro de un proceso penal por prevaricato. En diciembre de 2018 Molina habría ordenado que una sentenciada por el delito de peculado cumpla la totalidad de su pena de cárcel en su domicilio.

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Además de la suspensión, sobre Molina pesan las medidas cautelares de arresto domiciliario y colocación de grillete electrónico y deberá enfrentar inicialmente una instrucción fiscal de 90 días. (I)