NOTICIAS

Publicidad

El sobreseimiento, el objetivo en apelación de Jorge Glas, Carlos Pareja Yannuzzelli y cinco condenados más por peculado en el caso Singue

Los siete sentenciados por el delito de peculado en el caso Singue, además de la Procuraduría General del Estado, son quienes han apelado el fallo.

En enero del 2021, siete de los quince acusados del delito de peculado dentro del caso Singue fueron sentenciados en primera instancia por un tribunal de la Corte Nacional de Justicia. (CORTESÍA)

Publicidad

Actualizado el 

Con un Jorge Glas fuera del Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Cotopaxi, en Latacunga; un Carlos Pareja Yannuzzelli internado en la Cárcel 4, de Quito; y cinco personas más cumpliendo medidas cautelares de presentación periódica es como se dará este próximo 11 de mayo, desde las 08:30, la audiencia de apelación a la sentencia de primera instancia que los siete recibieron por peculado dentro del denominado caso Singue.

Desde mediados de febrero pasado, fecha en la que se dio el último de tres diferimientos debido a un cambio de abogado del exministro de Hidrocarburos procesado Wilson Pástor, las defensas de los condenados esperan la diligencia en la que podrán refutar la sentencia de mayoría por un peculado que habría existido en la concesión del campo petrolero Singue.

QUITO. Jorge Glas, sentenciado a seis años de cárcel en el caso Odebrecht, fue también condenado a ocho años de prisión en el Sobornos 2012-2016.

La decisión de los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) José Layedra y Xavier de la Cadena, de enero de 2021, de que existe culpabilidad y responsabilidad de los procesados, llegó luego que la Fiscalía demostró que el peculado se cometió al adjudicar el contrato de exploración y explotación del campo marginal Singue, entregado al consorcio Dygoil Consultora y Servicios Petroleros Cía. Ltda. y a la firma Gente Oil Development LLC (DGC).

Publicidad

Glas, Pástor, Pareja Yannuzzelli y César Guerra, gerente del consorcio al que se le entregó la operación del campo Singue, fueron sentenciados como coautores a ocho años de cárcel. Para la Fiscalía, todos ellos, como máximas autoridades en el sector petrolero, dispusieron arbitrariamente de recursos del Estado.

En tanto que los exfuncionarios públicos de rango medio Aníbal Cazar, Gustavo Donoso y José Burgos recibieron una condena de cuatro años de prisión como cómplices. Según la acusación, las acciones de los tres coadyuvaron a la comisión del delito de peculado que fue juzgado.

Jorge Glas enfrenta la audiencia fuera de la cárcel

La novedad en este caso es que Glas, hombre fuerte en el correísmo de los sectores estratégicos, está fuera de la cárcel. Eso lo permitió un habeas corpus que le concedió el juez Diego Moscoso, de Manglaralto, Santa Elena, ante problemas en su salud y una supuesta dificultad de ser atendidos en el CPL de Cotopaxi, en Latacunga, en el que se encontraba desde el 2018 cumpliendo dos sentencias en firme por actos de corrupción en la trama Odebrecht y el caso Sobornos 2012-2016.

Publicidad

Audiencia de apelación en el caso Singue sufre un nuevo diferimiento; procesados notifican a última hora el cambio de sus defensas

El no tener aún una sentencia en firme en el caso Singue es lo que básicamente ha impedido por dos ocasiones que a Glas, jueces de Latacunga, le den paso a la unificación de penas que solicita con la finalidad de que su defensa pida el beneficio penitenciario de prelibertad.

Édison Loaiza, abogado de Glas, cree que si los jueces de apelación dan oídos a los argumentos que tienen y no a temas políticos, la respuesta al recurso solicitado sería revocar la sentencia y declarar inocente no solo a su cliente, sino a todos. Según él, en este caso no existe delito, no hay una afectación económica para el Estado ecuatoriano y finalmente hay una resolución del pleno de la CNJ, de triple reiteración (respecto al acto administrativo por parte de la Contraloría prescribió la acción), que automáticamente da de baja a este proceso penal.

Publicidad

“Sería una aberración jurídica que los jueces que resolvieron en el pleno de la CNJ una resolución de triple reiteración que ya es norma, que ya es ley se vayan en contra de una disposición de ellos mismos. Por más presiones de fuerzas políticas, económicas, sociales, que se yo, es imposible que se vayan sobre una resolución de los mismos jueces que van a resolver el recurso de apelación”, sostuvo Loaiza.

El argumento de la defensa de Carlos Pareja Yannuzzelli

La no existencia del delito de peculado en el caso Singue es un argumento que comparte con Loaiza la defensa del exviceministro de Hidrocarburos Carlos Pareja Yannuzzelli, Sebastián Espinosa. Él recuerda que justamente eso fue lo que ya resolvió el juez Iván León en su voto de minoría. “Ahí el juez determinó que no existió un perjuicio para el Estado”.

El entonces juez León fue quien emitió un voto salvado dentro del Tribunal de Juzgamiento de la CNJ, señalando que para él no se ha comprobado en el proceso la existencia del delito de peculado y por ello resolvió ratificar el estado de inocencia de las quince personas que llegaron a la etapa de juzgamiento. Silvana Pástor, hija de exministro Pástor, fue una de las investigadas que fue declarada inocente.

Con decisión dividida, tribunal condena a 8 años de prisión a exvicepresidente Jorge Glas por caso Singue

El fiscal general subrogante, Wilson Toainga, aseguró que el perjuicio al Estado se habría producido al fijar un precio de $ 33,5 por barril, cifra que, afirma la Fiscalía, no tomó en cuenta el 100 % de las reservas probadas de hidrocarburo para este campo petrolero.

Publicidad

Otros argumentos que manejará la defensa de Pareja Yannuzzelli en la apelación son que su cliente cumplió las mismas funciones de una coprocesada que recibió ya el sobreseimiento en este caso y que la Contraloría, que está como acusadora particular, fue la institución que permitió que siga ejecutándose el contrato del campo Singue, por lo que hay un poco de contradicción.

“Las funciones de Carlos Pareja Yannuzzelli y dos personas más eran únicamente recomendar una recomendación que emitía una terna experta en la materia que analizaba los términos contractuales y todo lo relacionado con la explotación”, explicó Espinosa, al tiempo de decir que si se hablara de un peculado, ese delito no se podría determinar en relación a Carlos Pareja Yannuzzelli, porque él no tuvo la última decisión sobre la adjudicación del contrato y la explotación.

Además de la pena de cárcel, de ofrecer disculpas públicas y publicar la sentencia en tres diarios de circulación nacional, los siete culpables en esta causa, de forma proporcional según su nivel de participación, deberán pagar $ 5 millones como reparación al Estado, pues sería el total del perjuicio causado a este a través del delito de peculado.

FOTOS GLAS SALIÓ 1-2-3-4-5-6-7 LATACUNGA, Cotopaxi. El exvicepresidente Jorge Glas dejó el CPL de Cotopaxi el 10 de abril pasado debido a un 'habeas corpus' otorgado por un juez de Manglaralto, Santa Elena. FOTO Wilson Pinto. Foto: El Universo

El ‘habeas corpus’ de Glas complica el escenario judicial

La defensa de Cazar, Burgos y el empresario Guerra, Paúl Ocaña, piensa que a los siete apelantes se les debería ratificar el estado de inocencia, pues si no existe materialidad, si no existe el delito, no existe perjuicio, todos deberían ser sobreseídos.

El abogado reconoce que el que se haya concedido un habeas corpus al exvicepresidente complica el escenario judicial en el proceso. Indicó que si hasta este momento el proceso penal había estado cargado de tintes políticos, teme mucho que todo eso aumente y en la búsqueda de condenar en este caso a Jorge Glas no se actúe en derecho y se arrastre con él a otras personas.

Ocaña, al igual que otras defensas en este caso, sostiene que la Fiscalía no ha podido demostrar la materialidad del delito de peculado y no existe ningún perjuicio económico para el Estado, sino más bien un beneficio que sobrepasaría los $ 120 millones, según lo dicho por una perita durante la audiencia de juzgamiento.

La audiencia de apelación estará a cargo de los jueces Luis Rivera (ponente), Felipe Córdova y Daniella Camacho, todos parte de la Sala Penal de la Corte Nacional. De existir una respuesta favorable o negativa a los intereses de los apelantes, para que la sentencia quede en firme debe finalmente pasar por la etapa de casación.

La defensa del exministro Pástor y su fundamento

Juan Pablo Albán, parte del equipo de defensa del exministro Pástor, espera que exista un tratamiento técnico, imparcial y en derecho por parte del tribunal. Pese a ello, la situación del exvicepresidente Glas y las irregularidades en el habeas corpus con el que obtuvo su libertad son, para él, motivo de preocupación.

Albán explica que la apelación de su defendido se fundamenta en el carácter “extraño de la sentencia”. De acuerdo al abogado, “por un lado los jueces de mayoría, que condenaron injustamente a su defendido, coinciden con el voto salvado que lo declara inocente, al exponer que el Estado ecuatoriano ha reconocido la inexistencia de un perjuicio; pero, al mismo tiempo, establecen una condena bajo el argumento de una supuesta información privilegiada, que también ha sido desestimado por las autoridades, esto resulta un sin sentido jurídico que el nuevo Tribunal debe corregir en la etapa de apelación”.

El experto en derechos humanos es enfático en exponer que el delito de peculado requiere necesariamente del perjuicio al Estado, pero que la misma sentencia reconoce que esto no ha ocurrido, “¿cómo se puede entonces condenar si no se cumple con el requisito fundamental de este tipo penal y más aún si el propio Estado reconoce la inexistencia del supuesto perjuicio?”, preguntó Albán. (I)

Publicidad

Publicidad

Publicidad

¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad