Los actuales cinco vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE) se quedarán en sus funciones hasta que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) resuelva designar por concurso de méritos a dos principales y dos suplentes, como parte del proceso de renovación parcial que debía cumplirse a finales de este año.

El artículo 218 de la Constitución establece que los cinco consejeros electorales estarán en funciones por seis años y se renovarán parcialmente cada tres años: dos miembros en la primera ocasión y tres en la segunda.

Esta primera renovación debía preverse para este noviembre cuando se cumplen los tres primeros años de gestión del CNE, posesionado en noviembre del 2018 en la Asamblea Nacional. El concurso no se realizó con anterioridad por los efectos de la pandemia del COVID-19, justificó el vicepresidente del Consejo de Participación Ciudadana, David Rosero.

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Ahora, con el concurso en ciernes en la etapa de integración de la veeduría ciudadana, los cuatro consejeros de mayoría del CPCCS recularon en una primera decisión plasmada en el reglamento vigente desde el 20 de agosto pasado.

Ahí resolvieron que después del sorteo público que se realizará entre el 20 de noviembre, los consejeros principales y suplentes que sean sorteados para terminar su periodo de funciones iban a ser remplazados por los suplentes que queden. Ello dejaba al CNE sin miembros suplentes.

Es así que, con los votos de Javier Dávalos, Sofía Almeida, David Rosero e Ibeth Estupiñán se aprobó este 29 de septiembre un paquete de reformas a dicha normativa, que incorporó artículos que regirán solo para este concurso, frente a otros que se llevan a cabo como del titular del contralor del Estado y de la Defensoría Pública.

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Con la abstención de Francisco Bravo y María Fernanda Rivadeneira resolvieron modificar una disposición general que concluye: “(...) Los dos consejeros principales y los dos suplentes del Consejo Nacional Electoral que sean sorteados para la renovación parcial continuarán en sus funciones hasta el momento en que se posesionen sus reemplazos ante la Asamblea Nacional”.

Esteban Ron, analista y catedrático, cree que “si bien la intención es dar continuidad a la administración pública para que el CNE no se quede en acefalía, este no es el mecanismo legal”.

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“Están evidenciando que hubo una omisión de sus deberes. Debieron haber previsto el tiempo de selección de los consejeros, y la Constitución determina claramente que debe renovarse cada tres años, por lo que no cumplieron la Constitución”, precisó.

Se preguntó, qué pasará si el presidente de la República, Guillermo Lasso, decide poner en marcha su iniciativa de plantear una consulta popular. “¿Los vocales del CNE estarán en funciones hasta que concluya el proceso electoral? Lo que está haciendo el CPCCS es crear una indeterminación jurídica”, opinó.

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En todo caso, los consejeros justificaron en su pleno que el artículo 38 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana les da la atribución para normar los procedimientos de selección de autoridades.

Bravo y Rivadeneira tildaron a estos cambios de “oscuros y selectivos”, porque será el único concurso en el que se exigirá el certificado de la Unidad de Análisis Financiera (UAFE) que acredite que un postulante no consta en la base de datos de personas con sentencia ejecutoriada por delitos tipificados en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

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Este requisito no se verificará para los candidatos que se postulen en los concursos de selección de los titulares de la Contraloría General del Estado y de la Defensoría Pública que están en marcha.

Los consejeros también decidieron que no será una prohibición para los candidatos a ser vocal del Consejo Electoral ser cónyuges, tener unión de hecho o ser parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con el presidente y vicepresidente de la República y asambleístas, como constaba en el anterior reglamento.

En adelante, y solo para este proceso, esta prohibición será solo para quienes tengan esa afinidad con los consejeros del CPCCS “que se encuentren en funciones a la fecha de la convocatoria del proceso de selección y designación”.

Por otra parte, los cinco consejeros principales y suplentes entrarán al sorteo público que se hará después del 20 de noviembre para definir quiénes culminan sus funciones. Es decir, no será un hombre y una mujer como se había previsto en el anterior reglamento.

Se configuraron tres escenarios. Si entre los sorteados hay dos mujeres, se designará como sus remplazos a los dos candidatos mejor puntuados y una deberá ser mujer.

Si se sortea un hombre y una mujer, se elegirá a los dos mejor calificados y uno de ellos deberá ser hombre. Y, si salen dos hombres se escogerá a dos hombres mejor calificados. (I)

Aprueban convocatoria a integrar comisión ciudadana que elegirá al titular de la Contraloría

Con el voto de los cuatro consejeros de mayoría del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) se aprobó este 29 de septiembre la convocatoria a integrar la comisión ciudadana que elegirá al titular de la Contraloría General del Estado, mediante un concurso de méritos, oposición e impugnación ciudadana.

La comisión ciudadana estará integrada por diez personas. De ellas, cinco serán elegidas por un concurso de calificación de méritos e impugnación ciudadana, en representación de la ciudadanía.

De los 30 mejor calificados, se escogerán por sorteo público a cinco de ellos.

Mientras que los otros cinco miembros de esta comisión serán designados por delegación de las cinco funciones del Estado: la Ejecutiva, Judicial, Legislativa, Transparencia y Electoral.

A propósito de estos procesos de selección de autoridades, el CPCCS solicitó a las funciones del Estado a que remitan los nombres de sus delegados para integrar la comisión ciudadana que se encargará de realizar el concurso público para elegir al titular de la Defensoría Pública. (I)