El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aceptó la solicitud de prórroga que hizo el presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Iván Saquicela, para enviar los nombres de tres candidatos que participarán en la selección del vocal faltante del Consejo de la Judicatura (CJ).

Iván Saquicela solicitó al CPCCS que se le extienda el plazo hasta el próximo 17 de octubre para enviar su terna y se proceda con la designación de su delegado ante el CJ, quien a su vez lo presidirá.

La autoridad argumentó que requiere recabar la información de los postulantes, los documentos y respaldos que justifiquen el cumplimiento de requisitos, así como las acreditaciones de no tener prohibiciones, pues debido al feriado nacional del 9 de octubre, “se requiere el tiempo razonable para recabar y remitir información en debida forma cada carpeta”.

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La noche del 7 de octubre, el pleno del CPCCS conoció de este oficio remitido por Saquicela y con los votos a favor de los siete vocales se aprobó concederle esta prórroga.

Consejo de Participación pide formalmente el envío de la terna al presidente de la Corte Nacional, Iván Saquicela; de esos perfiles se designará al titular de la Judicatura

Este pedido se realizó debido a que el reglamento aprobado para designar a los miembros del organismo administrativo determina en el artículo 3 que una vez que solicita la terna a la autoridad correspondiente, esta tiene cuatro días para enviar los nombres de sus nominados.

La resolución del caso aclara que por esta vez y ante el pedido de Saquicela se concede esta extensión del plazo hasta el 17 de octubre. Este documento fue notificado de inmediato al presidente del máximo organismo de justicia ordinaria.

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El Consejo de Participación Ciudadana empezó con la selección de este vocal, en cumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional (CC), en la que se dispuso se elija a esta vocalía en reemplazo de María del Carmen Maldonado, que renunció en febrero pasado a la consejería y con ello a la presidencia de la Judicatura, en representación de la CNJ.

Es el artículo 179 de la Constitución, que dispone la configuración del pleno de la Judicatura con un delegado de la Fiscalía General del Estado, la Defensoría Pública, la Presidencia de la República, la Asamblea Nacional y de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante presidirá ese organismo.

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Saquicela aprovechó para exponer en la misiva dirigida a Ulloa que el pleno de la Corte Nacional está preocupado por la disposición reglamentaria en la que se permite descalificar a uno o todos los integrantes de la terna, en el caso de que incumplan requisitos o en el trámite de impugnaciones ciudadanas.

Saquicela les expresó su aspiración de que las decisiones del CPCCS “sean apegadas a derecho con diligencia y celeridad que demanda esta causa”.

En la sesión virtual que se desarrolló la noche del viernes para conocer este pedido, el consejero David Rosero intentó poner en debate este comentario de Saquicela, pero algunos de los consejeros reaccionaron con ‘punto de orden’, pues Ulloa había clausurado la sesión. Abruptamente, se cerraron los micrófonos y la transmisión en vivo por la plataforma YouTube se terminó.

Como parte de este procedimiento de designación, el Consejo de Participación Ciudadana debe conformar una veeduría ciudadana, para lo que está abierta una etapa de inscripciones para los ciudadanos interesados que se extenderá hasta el próximo 15 de octubre.

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En el interior de la Corte Nacional se analizarían los perfiles de quienes integrarían la terna de la que se designará al vocal titular y presidente definitivo de la Judicatura

Elegir a esta autoridad comprende la revisión de requisitos legales y constitucionales, así como que no estén incursos en inhabilidades. Luego, quienes sean admitidos pasarán a la etapa de escrutinio público, en la que la ciudadanía puede objetar la probidad e idoneidad de los concursantes o si incumplen los requisitos.

Quienes superen estas fases expondrán ante el pleno del CPCCS una propuesta de plan de trabajo para ejecutarla en el Consejo de la Judicatura, en el caso de ser elegidos para esa función.

Los consejeros podrán hacerles preguntas y decidirán de forma motivada cuál de los postulantes deber ser escogido. Para ello, la elección se definirá con los votos de la mayoría, cuatro de siete; o, por unanimidad. (I)