El Registro Civil rechazó una oferta para la compra del sistema para la emisión de cédulas y pasaportes que habría significado un ahorro a la entidad y la optimización de recursos. Por esta decisión, la Contraloría confirmó una glosa de $ 2,3 millones.

La Contraloría General del Estado (CGE) determinó una responsabilidad civil por $ 2′312.398 para el director general y el coordinador de asesoría jurídica del Registro Civil, que laboraron entre 2019 y 2020, por el contrato para adquirir el sistema de emisión de cédulas y pasaportes electrónicos.

La adjudicación del proceso ocasionó un perjuicio económico a la entidad por el monto de la glosa. La resolución confirmatoria señala que no se seleccionó al proveedor más beneficioso para la institución.

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El contrato se suscribió por $ 26′950.000, lo que representó una diferencia de $ 2′312.398 más que el presupuesto de la oferta a la que se adjudicó inicialmente el proceso, un consorcio extranjero que solicitó una ampliación del plazo para cumplir las normas de contratación nacionales.

Aunque su solicitud se formuló dentro de los parámetros del proceso de contratación, el Registro Civil negó el pedido del proveedor y lo calificó como adjudicatario fallido.

La decisión se tomó luego de acoger un criterio jurídico que negó la prórroga para la suscripción del contrato, pese a que la propuesta de ese proveedor era económica y técnicamente más favorable para la entidad.

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La auditoría concluyó que, si el Registro Civil hubiera aceptado la primera oferta, el contrato se habría suscrito a menor costo, optimizando los recursos públicos. La resolución de la responsabilidad civil se desprende del examen especial efectuado a la adquisición e implementación del sistema informático para la emisión de cédulas y pasaportes electrónicos y la provisión de equipamiento, suscripciones, licencias de software, insumos y servicios conexos, realizada por el Registro Civil entre 2018 y 2020.

De conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría, los auditados tienen el derecho de interponer un recurso de revisión en sede administrativa, ante el organismo de control o, en sede judicial, en los tribunales de lo Contencioso Administrativo. (I)