Para la designación de un puesto vacante en el Consejo de la Judicatura (CJ) se prevé aprobar un paquete de reformas a un reglamento existente desde el 2021 que enfadó al pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), encargado de organizar el procedimiento de selección mediante una terna enviada por la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

Para este miércoles a las 10:00, el presidente del Consejo de Participación Ciudadana, Hernán Ulloa, convocó a una plenaria en cuyo segundo punto del orden del día se contemplaron dos ejes: discutir sobre el “cumplimiento” de la sentencia de la Corte Constitucional (CC), que le dispuso realizar con celeridad la elección del vocal principal del Consejo de la Judicatura, en el trámite de una acción extraordinaria de protección que presentó Álvaro Román Márquez, vocal suplente de ese organismo administrativa de la Función Judicial.

El segundo, tratar la “reforma” al reglamento para la designación de un vocal principal y suplente del CJ, que se expidió en el 2021.

Publicidad

La sentencia de la CC, emitida este 26 de septiembre, se refiere a una acción extraordinaria de protección que interpuso Álvaro Román, quien buscaba que se ordene al CJ que lo principalice y designe como presidente tras la renuncia de María del Carmen Maldonado, de quien él era su suplente.

Por unanimidad, los jueces constitucionales aceptaron parcialmente el recurso y declararon la vulneración del derecho a la seguridad jurídica de Román, pero no aceptaron su pedido de ser presidente de la Judicatura, pues no proviene de la terna que envió la Corte Nacional de Justicia en la selección que se realizó en el 2019 por el Consejo de Participación Ciudadana de Transición.

Dicho artículo 179 señala que la Judicatura se conformará por cinco vocales electos de ternas que enviarán la Fiscalía General del Estado, la Presidencia de la República, la Defensoría Pública, la Asamblea Nacional y la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá.

Publicidad

En el 2019, el CPCCS de Transición designó a Maldonado (de la terna de la CNJ) como vocal principal y a Álvaro Román como suplente, pese a que provino de la terna de la Fiscalía. La decisión de ese cuerpo colegiado se debió a que los dos candidatos que envió la Fiscalía fueron impugnados y descalificados, por lo que se escogió a Román como su suplente.

Por ello, él reclama ser principalizado y ser presidente; sin embargo, la Corte concluyó que el artículo 179 de la carta política determina quién debe presidir dicho organismo y a qué función del Estado debe pertenecer.

Publicidad

Corte Constitucional ordena iniciar de inmediato la elección del vocal del Consejo de la Judicatura y no aceptó pedido de Álvaro Román de ser presidente

Si bien los jueces no favorecieron a Román, sí determinaron una salida al conflicto que se vive en la Función Judicial por la falta de un presidente titular de la Judicatura.

Es así que dispuso que, una vez que su fallo sea notificado al Consejo de la Judicatura, el presidente encargado, Fausto Murillo, deberá comunicar al CPCCS “la activación del mecanismo de selección” de esta vacante.

Cumplida esa formalidad, el Consejo de Participación, en el término de cinco días, tendrá que solicitar al presidente de la CNJ, Iván Saquicela, la terna para proceder con la elección.

La Corte aclaró que quien resulte electo presidirá la Judicatura hasta que se cumpla el periodo para el que fueron designados los actuales vocales, es decir, hasta el 2025, pues cumplen funciones por seis años.

Publicidad

Además, se elegirá solo al vocal principal, pues se reconoce el derecho de Román de mantenerse como suplente.

Una vez recibida la terna remitida por la Corte Nacional de Justicia, se dispone que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, en aplicación del artículo 179 de la Constitución, proceda de manera célere con la selección y designación. (…) Se aclara que el CPCCS únicamente designará al titular de dicho organismo, ya que Álvaro Román Márquez mantiene su calidad de vocal suplente de quien presida dicho organismo y deberá reemplazarlo en caso de ausencia temporal; ante ausencia definitiva, se seguirán los parámetros de esta sentencia, en caso de ser necesario, hasta que concluya el periodo para el que fue nombrado”, precisa el fallo.

Bajo ese escenario, Ulloa convocó a esta plenaria para el miércoles, que generó un ambiente de tensión entre los consejeros de minoría, en una sesión realizada la mañana de este martes, en la que exigieron conocer el texto de las reformas que preparó la mayoría.

David Rosero exigió al presidente que presente el documento de reformas que “pretende hacer”, pues no se había adjuntado el documento en la convocatoria para su conocimiento. “Presente el documento, para nosotros salvar nuestra responsabilidad”, anotó el vocal.

La consejera Sofía Almeida estaba molesta y pidió que le entregaran la propuesta, pues coincidió con Rosero en que no estaba adjuntada a la convocatoria a la sesión, y acusó a los cuatro vocales de mayoría de haberse coordinado entre ellos para elaborar un texto que posteriormente será aprobado por ellos.

Eso ofendió a Ibeth Estupiñán, que exigió respeto, a lo que Ulloa decidió interrumpir el debate y les explicó que no había ninguna propuesta de reforma; al contrario, el objetivo es que el pleno —les dijo— disponga a través de una resolución que el Departamento de Coordinación Jurídica elabore una propuesta para el debate y aprobación.

Añadió que su propósito no es “entorpecer la designación”, pues la sentencia de la Corte Constitucional ha definido las reglas y los plazos que corren.

Hernán Ulloa dice que el Consejo de Participación Ciudadana no puede sesionar para designar al vocal del Consejo de la Judicatura

“Las reglas se encuentran claras. En este momento sabemos que es uno (vocal principal) y no dos vocales (principal y suplente) los que debemos designar. Luego de la comunicación que haga el presidente de la Judicatura, Fausto Murillo, debemos solicitar la terna a la Corte Nacional de Justicia”, manifestó Ulloa.

En esa línea, exhortó al presidente de la Corte Nacional de Justicia, Iván Saquicela, a “reconstruir las buenas relaciones” institucionales y a que en su terna incorpore a candidatos que no sean objeto del escrutinio público o “reproches” por su trayectoria personal y profesional.

“Presidente, deberá revisar las hojas de vida de los postulantes; y, en un acto de socialización y respeto a sus compañeros del pleno de la Corte, se tome una decisión en conjunto. Eso le daría legitimidad a la terna”, sugirió Ulloa.

De su lado, Javier Dávalos cuestionó que la sentencia de la CC da un término de cinco días para que se solicite la terna y se trabaje en el proceso de elección; empero, los consejeros de mayoría quieren discutir una reforma al reglamento en tan poco tiempo.

Ulloa insistió en que no están pretendiendo retrasar el proceso, sino “poniendo en consideración del pleno para mandar a la Coordinación Jurídica un proyecto”. La plenaria subió de tono debido a que Almeida y Rosero lo interrumpían, y entonces pidió a la Secretaría General que le envíe un reporte de cómo los tres consejeros habrían cobrado su sueldo sin trabajar 30 días.

Con ese escenario, este miércoles se prevé un espinoso debate para tratar este eje.

El reglamento al que se quieren hacer reformas se aprobó a inicios del 2021 para elegir al reemplazo del exvocal del CJ Aurelio Moreno, quien renunció a su cargo en el 2020.

En ese entonces, el presidente de la República, Lenín Moreno, reclamó su derecho de que se elija a un representante de su terna, por lo que hasta demandó al CPCCS ante la justicia ordinaria.

En abril del 2021, se escogió a Xavier Muñoz como vocal principal y a Solanda Goyes como suplente.

El reglamento vigente establece en su artículo 3 que, ante la ausencia definitiva de un vocal titular o suplente de la Judicatura, este organismo notificará al CPCCS en el término de tres días de producirse este hecho para que “resuelva el inicio del proceso de selección del miembro que reemplazará a dicho integrante, así como a su suplente”.

Para ello, el Consejo requerirá, en este caso a la Corte Nacional de Justicia, que remita en el término de cuatro días de notificado con dicho requerimiento la terna correspondiente para proceder con el proceso público de selección con veeduría e impugnación ciudadana.

Pese a existir esta normativa, el CPCCS no atendió por dos ocasiones el pedido del presidente de la CNJ, Iván Saquicela, de elegir a su vocal en reemplazo de María del Carmen Maldonado, para lo que envió dos ternas: una en febrero pasado y otra en agosto.

El presidente del Consejo, Hernán Ulloa, esgrimía que no había normativa para designar, pues la que estaba vigente se elaboró para elegir a un vocal principal y un suplente; además, que nunca se solicitó a la Corte Nacional de Justicia que envíe la terna. (I)