La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) entregó a la Asamblea Nacional un listado con 260 casos de líderes indígenas y manifestantes de octubre del 2019, para que sean amnistiados.

Este 21 de septiembre la Conaie, con Leonidas Iza a la cabeza, presentó a la presidenta de la Legislatura, Guadalupe Llori, una nómina con los nombres de 260 personas y los expedientes, para que sean tramitados y se otorgue la amnistía.

Entre estos están dirigentes defensores de la naturaleza y otros que ejercen la justicia indígena, además de quienes son procesados por las protestas violentas de octubre del 2019, detalló Iza en un acto que se realizó en la Asamblea a la que asistieron Llori, asambleístas y miembros del movimiento indígena.

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“No somos terroristas, somos luchadores”, era la consigna entre los asistentes.

Marlon Santi, coordinador nacional del movimiento Pachakutik (PK), brazo político de la Conaie, participó en este evento y exigió a los legisladores de su bancada que respalden este pedido y que sean aprobados por “todos” los legisladores.

“Lo que pasó en octubre del 2019 no puede quedar atrás, la muerte de once compañeros quedó en la impunidad. Los líderes enfrentan una persecución. Es una responsabilidad de todos los asambleístas. Nuestro pedido es la justicia, libertad para quienes están en la cárcel y están perseguidos”, expresó Santi.

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Iza pidió que se garantice el debido proceso para que se dé este trámite a favor de aquellos que “levantan la voz” en contra de las políticas gubernamentales. “No somos delincuentes, no somos terroristas, somo padres y madres de familia, obreros, trabajadores, campesinos… que decidimos no resistir esas políticas”.

Explicó que en los últimos años, más de 250 personas han sido criminalizadas, perseguidas y estigmatizadas para callarlas, por lo que “el poder judicial no debe servir para amedrentar, sino para garantizar derechos”.

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Pidió que no culpen de los “excesos” a los manifestantes, al contrario, de los “excesos debe hacerse cargo el poder institucionalizado, que es el poder del Estado. La amnistía es una herramienta de reconciliación, como parte de un proceso de diálogo que dé resultados, que dé frutos”.

La presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, recibió este listado y recordó que las amnistías son parte de la agenda legislativa y se comprometió a impulsar el procedimiento correspondiente.

En ese sentido, se refirió al presidente Guillermo Lasso, a quien le recordó que uno de sus compromisos para llegar a la Presidencia de la República es que no habrá persecución política.

“Tomar la palabra al presidente Lasso, de que hoy se dice que ‘se respiran vientos de libertad’ y que no va a haber persecución política para ningún sector. Vamos a tomarle la palabra, la Asamblea nacional toma la responsabilidad de tratar estos casos”, aseveró Llori.

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Leonidas Iza exhortó a que como parte de la “reconciliación” nacional, los asambleístas de la bancada oficialista de CREO apoyen con sus votos para estas amnistías.

La Legislatura también debe resolver otros pedidos de amnistías planteados por el Comité de Familiares y Víctimas de las protestas de octubre del 2019, representado por Marco Oto y el Comité de Vigilancia de Sucumbíos, que piden que se admitan y tramiten las solicitudes de amnistía para la prefecta de Pichincha, Paola Pabón, el parlamentario andino Virgilio Hernández y Christian González, dirigentes del movimiento político Revolución Ciudadana.

Unidad Técnica de la Asamblea analiza solicitud de amnistía para cuatro dirigentes del correísmo

Además del exlegislador Yofre Poma y otras seis personas que fueron procesadas por paralización de servicios públicos, durante las protestas de octubre del 2019.

El Consejo de la Administración Legislativa (CAL) dispuso a la Unidad Técnica Legislativa que revise el cumplimiento de los requisitos en estas solicitudes.

El artículo 120 de la Constitución, sobre las atribuciones de la Asamblea Nacional, dispone en su numeral 13 “conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia”.

El artículo 99 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, manda que la Asamblea podrá expedir la resolución “por delitos políticos o conexos con los políticos. La competencia se ejercerá a petición de parte en cualquier etapa preprocesal y procesal penal”. Es decir, no se requeriría que el procesado tenga una sentencia en firme.

La norma aclara que “se entiende por delitos políticos aquellos cometidos o presuntamente cometidos por una o varias personas contra la organización y funcionamiento del Estado, motivados en fines de reivindicación social colectiva en un contexto político-social de agitación interna o conflictividad social. Los delitos conexos son aquellos actos delictivos o presuntamente delictivos ligados a fines políticos colectivos, aunque en sí mismo constituyan delitos comunes”. (I)