El conjuez Bayardo Espinosa, de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), rechazó la revisión de las medidas cautelares que solicitó el expresidente Lenín Moreno procesado por el presunto delito de cohecho dentro del caso Sinohydro.

La mañana de este miércoles, 22 de marzo, se reinstaló la audiencia de revisión de medidas cautelares pedido, además de Moreno, por Rocío González, su esposa; la hija de ambos, Irina Moreno; y otras seis personas procesadas por el mismo caso.

El lunes 20 de marzo ya se había realizado la audiencia, que inicialmente atendería siete pedidos de cambio a las medidas cautelares dispuestas el pasado 5 de marzo por el conjuez Luis Adrián Rojas, pero luego se sumaron otros tres para ser escuchadas y resueltas.

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El lunes las defensas de Moreno y su esposa, de Irina Moreno y Guillermo Moreno, este último hermano del expresidente; del abogado Eduardo Carmigniani; del empresario Xavier Macías Carmigniani; de María Auxiliadora Patiño; y del exfuncionario público Henry Galarza pidieron una reforma a la presentación periódica determinada cada ocho y quince días, es decir que se dieran en otros lugares, en las embajadas de Ecuador del país en donde residen actualmente.

Mientras que los abogados de los procesados Conto Patiño y Juan Manuel Durini solicitaron otro tipo de reformas a las medidas cautelares. De parte de la defensa de Patiño se pidió el retiro del grillete electrónico y un cambio en la periodicidad de la presentación por temas eminentemente de salud; mientras que Durini solicitó una reforma a la medida cautelar de tipo real ordenada sobre bienes y cuentas.

Las medidas dictadas se debían cumplir a partir del lunes 6 de marzo, caso contrario se procedía emitir una medida sustituva, prisión preventiva.

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A la audiencia de esta mañana también asistió la fiscal general del Estado, Diana Salazar.

El conjuez determinó que en el caso de Moreno y sus allegados, esposa, hija y hermano rechazaba la revisión de las medidas cautelares por no haber presentado “hechos nuevos”. La situación fue similar para Henry Galarza, Eduardo Carmigniani, Xavier Macías y María Auxiliadora Patiño, aunque para el caso de Macías hizo una observación. Mientras que en los casos Conto Patiño y Juan Manuel Durini sí se revocaron unas medidas y otras se mantienen.

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“En el caso de Lenín Moreno Garcés y Judith Rocío González, quienes si bien han alegado un conjunto de aspectos que podrían enmarcarse en hechos nuevos, no los han justificado como correspondía en esta audiencia que se convocó, sin que pueda darse crédito a las copias simples presentadas que están en otro proceso y/o que presuntamente no llegaron oportunamente por haber sido enviadas por un correo que no ha llegado”, dijo el conjuez.

Actualmente el exmandatario y su esposa residen en Paraguay, en donde Moreno colabora en la Organización de los Estados Americanos (OEA).

En el caso de Guillermo Moreno, el conjuez indicó “que tampoco se ha acreditado en forma alguna ninguno de los dos requisitos por parte (del procesado), aspectos que debían ser justificados, ya sea demostrando hechos nuevos o acreditando evidencias de hecho antes no justificados”.

Irina Moreno planteó que su presentación periódica cada quince días no se dé en Quito sino en el Consulado de Ecuador en Miami, Estados Unidos. Ante ello, el conjuez dijo que “no ha acreditado ningún hecho nuevo, ni tampoco presenta evidencia nueva” que acredite su imposibilidad de trasladarse a la capital, por lo que “se le niega la revisión de medidas cautelares personales”, afirmó.

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El argumento para negar la revisión de las medidas cautelares personales de Henry Galarza, fue similar al de Irina Moreno, “no ha acreditado ningún hecho nuevo, ni tampoco presenta evidencia nueva”.

Para el caso de Eduardo Carmigniani comentó que aunque propuso como un hecho su colaboración en el proceso, tampoco ha presentado ningún elemento que justifique aquello, pese a que ha referido la instrucción fiscal. “Debemos recordar que una cosa es la información constante en el expediente... de Fiscalía y otro es lo que consta de autos del proceso”, señaló.

En cuanto a Xavier Macías y María Auxiliadora Patiño, el conjuez manifestó que no han justificado hecho nuevo alguno, que permitan una revisión de la medida impuesta.

“Lo que se puede evidenciar eso sí, de la lectura del acta de audiencia de formulación de cargos del 5 de marzo del2023 es que efectivamente existen dos disposiciones cotradictorias respecto del señor procesado Xavier Macías y que dado la situación del referido ciudadano reside en el exterior, en Panamá, como persona de la tercera edad se aclara que la medida cautelar que le corresponde cumplir es aquella que consta en el considerando resolutivo tercero..., que le dispone que debe presentarse periódicamente cada 15 días en la Secretaría de la Sala Penal Militar, Penal Policial de Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ”, dijo.

Respecto al caso de Conto Patiño, el conjuez afirmó que sí presentó documentos con relación a su valoración audioprotésica, así como de control cardiaco. “Al ser hechos nuevos acreditados es procedente revisar la medida cautelar dispuesta por el juzgador, dado que tiene 92 años, además de padecer varias enfermedades crónica, este juzgador evidencia que la medida de presentación periódica bajo la autorización de los presupuestos de hechos nuevos que han sido presentados se vuelve desproporcionada y la revoca”, señaló.

En ese sentido, en la nuevas medida se dispuso que Patiño se presente en la Secretaría de la Sala Penal Militar, Penal Policial de Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la CNJ dentro de los diez últimos días de cada mes, esto regirá a partir de abril. Pero se mantiene el grillete electrónico y la prohibición de salida del país.

Finalmente, el conjuez manifestó que Juan Manuel Durini reunió las condiciones para revisión de las medidas cautelares reales. El procesado dispuso parte de sus bienes como compensación al perjuicio ocasionado.

“Dado que el valor en conjunto de los inmuebles propuestos tiene un valor aproximado de 2.300.000 dólares, que supera el duplo del presunto beneficio y que cumple con el artículo 554 del COIP, por existir además la aceptación de la Fiscalía General del Estado y además por no encontrar motivo fundado en la posición de la Procuraduría General del Estado respecto de aquella división voluntaria se dispone lo siguiente: se revocan las medidas reales dispuestas en el acta de reinstalación de la audiencia de formulación de cargos emitidas el 5 de marzo de 2023, en el ordinal noveno, exclusivamente respecto del señor Juan Manuel Durini”, señaló.

“En su lugar se dispone que los bienes que ha individualizado y proporcionado el referido ciudadano sean gravados con la respectiva prohibición de enajenar para lo cual se dispone el respectivo oficio al Registro de la Propiedad del cantón Quito, para que se imponga la medida de prohibición de enajenar los bienes inmuebles que se hayan inscrito a nombre del ahora procesado...”, agregó.

En el caso Sinohydro son procesadas 37 personas, a quienes la Fiscalía acusa del delito de cohecho al ser parte de una red de corrupción que permitió, mediante sus acciones, que la empresa china Sinohydro se quede con el contrato de construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair. A modo de coima Sinohydro habría entregado más de $ 76 millones que, según la teoría definida por Salazar, fue repartida entre los sospechosos a través de transferencias y el cobro de cheques. (I)