Más de dos meses les tomó al juez Walter Macías (ponente) y los conjueces Adrián Rojas y Mauricio Espinosa, todos de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), deliberar y decidir de forma unánime que el excontralor subrogante Pablo Celi y el exgerente de Petroecuador Pablo Flores son autores directos del delito de delincuencia organizada y deben ser condenados a 13 años y 4 meses de cárcel.

Esa pena fue solicitada por la fiscal general, Diana Salazar, en diciembre pasado, pues dijo que ambos estaban al mando y el liderazgo de la “organización criminal” junto con José Agusto Briones, exsecretario de la Presidencia de Lenín Moreno, de quien se extinguió la acción penal por su fallecimiento durante este proceso.

La delincuencia organizada perseguida por la Fiscalía habría ocurrido entre el 2017 y el 2020 a través de instancias públicas como la Contraloría General del Estado (CGE), la empresa pública Petroecuador y la Secretaría de la Presidencia de la República en el gobierno de Lenín Moreno.

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Fiscalía probará que en el caso Las Torres existió un ‘grupo organizado’ para desvanecer glosas y obtener beneficios económicos; la defensa de Pablo Celi habla de persecución política

Según la Fiscalía, en estas tres instancias habría operado un grupo estructurado que cobraba sobornos a empresas contratistas a cambio de liberar pagos o desvanecer glosas. Quienes fueron procesados en el caso Las Torres buscaban obtener a cambio de desvanecer una glosa y facilitar el pago de facturas el 20 % de una factura de $ 20,3 millones que se debía pagar a la empresa Nolimit C. A.

La tarde de este viernes 10 de febrero, el Tribunal de Juzgamiento, a través del juez Macías, dijo de Celi que la Fiscalía demostró con su prueba presentada que en el periodo de Celi en la CGE se aprecia una actividad discrecional poco usual para el efecto de resolver desvanecer glosas que se le impusieron a la empresa Nolimit.

Quito 21de noviembre 2022. Los jueces Walter Macías, Adrian Rojas y Mauricio Espinosa conformaron el Tribunal de Juicio que llevó la audiencia de juzgamiento por el delito de delincuencia organizada en contra de Pablo Celi y otros, caso conocido como las Torres. API - DANIEL MOLINEROS Foto: API

“Pablo Celi en su calidad de contralor general subrogante gozaba de una privilegiada posición institucional que le permitió ejecutar conductas que se materializaron en el dominio, una discrecional actividad relacionada con las funciones institucionales y que se materializaron en el desvanecimiento de glosas a favor de la empresa Nolimit. (...) El Tribunal puede evidenciar que el procesado ejercía el mando de actividades relacionadas con la solicitud de ciertos beneficios a cambio de ciertas actividades, pues conocía al respecto de estas exigencias y sus colaboradores eran personas con quienes mantenía vínculos familiares cercanos. (...) Esteban Celi y Raúl De la Torre actuaban y seguían instrucciones del procesado Pablo Celi”, apuntó el Tribunal.

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En cambio, del exgerente Pablo Flores al Tribunal le quedó claro que él exigió dineros a través de terceras personas a la empresa Nolimit y tenía un vínculo de confianza con Roberto Barrera, empresario inmobiliario que fue sentenciado en Estados Unidos por ser parte de una red de corrupción en Petroecuador, quien le entregó dineros de forma directa y a través de la también procesada Martha Barrezueta.

Salazar explicó en su momento que al haberse demostrado la materialidad de la infracción y la resónsabilidad de Celi y Flores, ambos deben ser declarados culpables y sentenciados al máximo de la pena determinada en el primer inciso del artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su modalidad agravada conforme el artículo 47, numeral 19, del mismo COIP, pues mediante la prueba documental se comprobó la calidad de funcionario público de estos dos procesados.

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La fiscal general destacó no solo el hecho de que la sentencia demuestra que todas las personas procesadas formaban parte de esta “estructura criminal”, sino también que el Tribunal valoró la prueba en conjunto dada a conocer en audiencia de juicio. Respecto a la denuncia por fraude procesal que interpuso el excontralor contra Salazar, este viernes 10 de febrero, la líder de la Fiscalía señaló que esa es parte de la estrategia de la defensa de Celi, la respeta, pero asegura que la institución está segura de lo que ha presentado y probado en este caso. “No tenemos miedo a este tipo de forma de amedrentar”.

Quito. 10/02/2023. El excontralor Pablo Celi acudió personalmente a la reinstalación de la audiencia de juzgamiento del caso Las Torres, por el delito de delincuencia organizada. Cortesía CNJ/El Universo. Foto: El Universo

Además, de forma unánime también los jueces dispusieron que tanto Celi como Flores paguen una indemnización al Estado de $ 250.000, una multa de 150 salarios básicos unificados (SBU) ($ 67.500) y se les suspendan los derechos políticos durante el tiempo que dure la sentencia.

La Fiscalía, mediante la presentación de 55 pruebas, demostró tener la certeza de la existencia de una estructura organizada integrada por trece personas con características especiales, como el ser funcionario público en tres instituciones públicas y con personas particulares que en su mayoría mantenían vínculos familiares y relaciones de amistad con quienes lideraban el grupo delictivo.

El excontralor Celi asistió de manera personal a la diligencia y contó con resguardo, pues mantienen la medida de arresto domiciliario. Él estuvo acompañado de su abogado, Marcelo Ron, defensor que dijo no sorprenderle la sentencia en contra, esto debido a cómo se venía dando la audiencia de juicio. Del fallo oral refirió que el mismo está acomodada a la teoría de Fiscalía.

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“De lo que se escuchó realmente no hay una motivación, no hay objetividad de parte del Tribunal y lo que existe es una forma de moldear la teoría del caso de Fiscalía a una sentencia que está emitida sin ningún sustento. (...) Cumplieron con el objetivo que era el dictar una sentencia justo en estos días en que Fiscalía necesitaba tener una noticia para sacar en redes, ante la opinión pública y mejorar su imagen”, anotó Ron, al tiempo que adelantó que apelarán la sentencia de primera instancia a la que la calificó de una “barbaridad jurídica”.

En el escenario de colaboración el Tribunal de Juzgamiento ubicó a Natalia Cárdenas, Mauricio Orellana, Martha Barrezueta, Esteban Celi, Álvaro de Guzmán, Silvia López, Ángelo Rodríguez, Andrés Luque y Adolfo Agusto Briones.

Cooperadora eficaz en el caso Las Torres está a la espera de que se le defina una audiencia reservada; su defensa insiste en que es inocente

Pese a que estos nueve procesados son señalados como autores directos en calidad de colaboradores, el Tribunal de forma unánime dispuso que al existir la agravante de ser servidores públicos, los exfuncionarios de Petroecuador Natalia Cárdenas y Mauricio Orellana deben recibir una sentencia de nueve años y cuatro meses de prisión, el pago de una indemnización de $ 100.000 y una multa de 30 SBU ($ 13.500).

Finalmente, la Sala definió para Esteban Celi, De Guzmán, López, Rodríguez, Luque y Briones una pena de siete años de cárcel para cada uno, el pago de $ 100.000 como indemnización y una multa de 20 SBU ($ 9.000).

Martha Barrezueta también recibió toda esta última sanción inicialmente, pero el Tribunal luego de analizar la cooperación eficaz dada en este caso a la Fiscalía, le impuso una pena de 6 meses y el pago de una multa de $ 788. Al igual que Celi y Flores, los nueve procesados también pierden sus derechos políticos por el tiempo que duren sus penas.

REPARACIÓN SIMBÓLICA

Como medidas de reparción simbólicas el Tribunal de Juicio ordenó al publicación de la setencia por 90 días en las paginas web de la CGE, Petroecudor y la secretaría de la Presidencia de la República; las disculpas públicas de los sentenciados; la publicación de la setencia en medios de comunicación a costa de los condenados; y colocación de una placa en en la Contraloría, en sus direcciones provincales, así como también en Petroecuador y la secretaría de la Presidencia.

Como garantía dr no repetición se dispuso que la CGE, Petroecuador y la secretaría d ela Presidncia en un plazo de 90 días diseñe y ejecute un programa de capacitación que incluya temas como las consecuencias de la inobservancia de normas de conducta y ética en el desempeño de sus funciones, su deber de renunciar y negarse a colaborar con actos ilegales, así como abstenerse de recibir cualquier beneficio económico. (I)