“Soy de Riobamba, vivo en Riobamba, pero me afiliaron sin mi consentimiento al movimiento político Justicia Social un domingo del 2016 en Guayaquil”, relata Lenín Saguay, quien se candidatizó a ser vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), aunque sus aspiraciones parecen diluirse.

Aparecer como afiliado o adherente de un partido o movimiento político es uno de los obstáculos con los que se encuentran algunos ciudadanos que se candidatizan a ocupar una de las siete vocalías del Consejo de Participación Ciudadana. En algunos casos, sin conocer que son parte de ellas.

Es el caso de Saguay, quien por segunda ocasión intenta ser parte de este proceso electoral, pero no es calificado porque consta como adherente del movimiento Justicia Social sin haberlo sabido.

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Para las elecciones seccionales y de los vocales del CPCCS que se realizó en el 2019, Saguay se inscribió y rechazaron su candidatura porque apareció como adherente de este movimiento, que lo creó el político y abogado Jimmy Salazar y que fue extinto en el 2021.

Saguay relató que al conocer de su filiación presentó una denuncia en la Fiscalía General del Estado que hasta la actualidad “duerme el sueño de los justos”.

En medio de la investigación, se enteró de que lo adhirieron el 15 de julio de 2016 en Guayaquil, pese a que él reside en Riobamba, de donde es oriundo.

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Para los comicios de febrero del 2023, se postuló nuevamente y en la etapa de revisión de requisitos que realiza el Consejo Nacional Electoral (CNE) le negaron su candidatura porque había sido parte de Justicia Social y desafiliado en enero del 2019, después de haber hecho el trámite.

Indignado, Saguay pide justicia por este hecho, que incluso le ha imposibilitado su participación política. Él no desestima que acudirá hasta el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) para pelear por su candidatura.

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Otro caso es el de Óscar Ayerve, un actor político que también quiere llegar al CPCCS y que apareció como afiliado al partido Izquierda Democrática (ID).

Él se percató de esta afiliación mucho tiempo antes de que empiecen las inscripciones para estas elecciones y se enfocó en hacer los trámites legales para acabar con ello.

Cuenta que al solicitar la ficha de filiación en el CNE constaba como parte de la ID desde el 1 de noviembre de 2015, pero la “firma era adulterada”. Logró probar que él no consintió ese hecho, por lo que esa inhabilidad fue desvirtuada.

No obstante, su candidatura no ha sido calificada, pues el Consejo de la Judicatura notificó al organismo electoral que tiene una sentencia ejecutoriada por cohecho, lo que “es falso”, sentenció Ayerve.

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“Al enterarme del pronunciamiento del Consejo de la Judicatura, emití un documento al CNE y le hice conocer que no he tenido ningún juicio penal con sentencia ejecutoriada”, añadió el precandidato, quien advirtió que denunciará al CJ.

El Consejo Nacional Electoral está organizando las elecciones seccionales y de los siete vocales del CPCCS que se elegirán mediante voto popular el próximo 5 de febrero de 2023.

En ese proceso, debe verificar que quienes se postulen a ser consejero deben acreditar varios requisitos establecidos en la Constitución y la Ley del CPCCS. Uno de ellos es no ser afiliado, adherente o dirigente de un partido o movimiento político durante los últimos cinco años o haber desempeñado una dignidad de elección popular en el mismo tiempo.

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Para estas elecciones se postularon 191 personas. De ellas, 22 candidaturas se calificaron y están en análisis las de otros 168 que fueron descalificados, mediante una resolución tomada el pasado 11 de agosto por el CNE.

De esta manera, desde el lunes pasado, los consejeros están resolviendo las impugnaciones que presentaron las 168 personas que no fueron calificadas y las de ciudadanos y la sociedad civil que objetan la calificación de los 22 postulantes.

Entre esas impugnaciones hay de postulantes que constan como miembros de una organización política.

Por ejemplo, el martes último se negó una impugnación que hizo el postulante Washington Haz Rumazo y se lo descalificó porque consta como parte de un grupo político hasta noviembre del 2021.

Haz indicó que apareció afiliado al extinguido movimiento Justicia Social y que pese a que hace diez meses denunció el hecho en la Fiscalía de Los Ríos, se negó su postulación.

Así también, se negó la candidatura de Juan Esteban Guarderas al verificarse que consta como parte de un partido político.

Guarderas reconoció que estuvo afiliado al partido Izquierda Democrática (ID) y se desafilió en diciembre del 2016.

Añadió que en el sistema del CNE él consta como afiliado hasta diciembre del 2017, por lo que cumpliría los cinco años de no ser parte de un partido. Aunque, este martes, el pleno negó su inscripción, por lo que acudirá al TCE para apelar la resolución administrativa.

La consejera Elena Nájera ha sido crítica respecto de la calificación de las candidaturas, pues dejó entrever que muchos de ellos constan en los partidos y movimientos con presuntas “firmas adulteradas”, afectando su participación.

En la plenaria del 11 de agosto, el vicepresidente Enrique Pita indicó que entre los participantes había unas ocho personas que constaban como parte de un grupo político. Si bien mencionó que es “real” que en la inscripción de los partidos y movimientos hay firmas sospechosas, opinó que “también hay que reconocer que muchas no son firmas falsas. Y la prueba (para decir que no está inscrito no puede ser solo) la constatación de la declaración de la persona”, lamentó Pita.

En todo caso, el CNE continúa con la resolución de las impugnaciones planteadas por los precandidatos a la resolución que los inhabilita a participar.

Al vocal Javier Dávalos se lo impugnó por causa de su mamá

El pasado miércoles 24 de agosto se recibió en audiencia pública a participantes como Javier Dávalos y David Rosero, quienes buscan la reelección de su vocalía en el CPCCS.

A Dávalos se lo impugnó porque su madre, Soledad Benítez, es concejala de Quito y la ley del CPCCS establece como prohibición para ser candidato tener “parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el presidente, vicepresidente de la República, los miembros del Consejo Nacional Electoral, los delegados provinciales o funcionarios inmersos en la verificación de requisitos, asambleístas, prefectos y alcaldes, autoridades designadas por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y las autoridades del nivel jerárquico en la escala superior desde quinto grado, que se encuentren en funciones a la fecha de la postulación”.

Según Dávalos, su madre no es funcionaria del quinto grado del nivel jerárquico superior y mostró que su salario no sobrepasaría los $ 3.000.

Por ello, pidió a los consejeros que desechen la impugnación, pues su candidatura fue calificada por la Comisión Verificadora que revisó el cumplimiento de sus requisitos. (I)