Rebelión y paralización de servicio público serían los delitos por los cuales se investiga al presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Leonidas Iza, según fuentes gubernamentales consultadas por este Diario.

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Iza fue detenido la madrugada de este 14 de junio “en flagrancia”. Según la Policía Nacional, el 13 de junio por la tarde, el dirigente indígena y sus seguidores bloquearon la carretera E35 cerca de Pastocalle, en Cotopaxi, y en ese lugar “dio instrucciones para el bloqueo de carreteras y otros servicios públicos a lo largo del país, con la finalidad ulterior de derrocar al Gobierno nacional”.

En este sitio fue apresado por los uniformados y se le leyeron sus derechos en español y en quichua.

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Desde la medianoche del 13 de junio, grupos de manifestantes se sumaron a una paralización nacional convocada por la Conaie, por lo que varias provincias amanecieron con bloqueos de tierra, árboles y llantas quemadas.

El delito de rebelión consta en el artículo 336 del Código Orgánico Integral Penal. Dice lo siguiente:

Art. 336. Rebelión.- La persona que se alce o realice acciones violentas que tengan por objeto el desconocimiento de la Constitución de la República o el derrocamiento del Gobierno legítimamente constituido, sin que ello afecte el legítimo derecho a la resistencia, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

La persona que realice uno o varios de los siguientes actos será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años:

1. Se levante en armas para derrocar al Gobierno o dificultar el ejercicio de sus atribuciones.

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2. Impida la reunión de la Asamblea Nacional o la disuelva.

3. Impida las elecciones convocadas.

4. Promueva, ayude o sostenga cualquier movimiento armado para alterar la paz del Estado.

Mientras que el artículo 336 se refiere a la paralización de servicio público. Se explica así:

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Art. 346.- Paralización de un servicio público.- La persona que impida, entorpezca o paralice la normal prestación de un servicio público o se resista violentamente al restablecimiento del mismo; o, se tome por fuerza un edificio o instalación pública, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

En el primer caso se lo investiga como autor mediato, y en el segundo, por autoría directa, señalaron las fuentes del régimen.

Leonidas Iza fue trasladado a la Unidad de Flagrancia en Quito; se prevé que durante la mañana de este 14 de junio se le efectúe la audiencia de formulación de cargos.

No se descarta su participación en otros delitos, como asociación ilícita, paralización de servicios de distribución de hidrocarburos, incitación a delinquir, indicaron las autoridades.

Al hacer una evaluación de la jornada del 13 de junio, el ministro del Interior, Patricio Carrillo, señaló que durante el transcurso de la tarde se incrementó el nivel de violencia de las manifestaciones sociales: se incendió un patrullero, se secuestró a policías y hubo el ingreso violento a florícolas, entre otros hechos.

En tanto que el movimiento indígena calificó a la detención de Iza como arbitraria.

Su vicepresidenta, Zenaida Yasacama, responsabilizó al Gobierno nacional por la integridad del dirigente y llamó a continuar con fuerza el paro nacional.

En tanto que la dirigente de Cotopaxi y exlegisladora Lourdes Tibán afirmó que el Gobierno le “echó más leña al fuego”, al referirse a las movilizaciones. (I)