Colombia es el único país de Latinoamérica donde la eutanasia es legal, el resto cuenta únicamente con leyes o reglamentos en sus códigos sanitarios que avalan la suspensión voluntaria de tratamientos o equipos que mantengan en funcionamiento los órganos vitales de un paciente.

El tema de la eutanasia volvió a los titulares de la región luego de que en Colombia hace pocos días atrás se conociera que Martha Sepúlveda, una colombiana de 51 años que padece de una esclerosis lateral amiotrófica, iba a recibirla, pero esta le fue cancelada poco antes.

Sepúlveda iba a ser la primera persona en el país en recibir el procedimiento sin tener una enfermedad terminal, pero el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad del centro médico en el que se atendía “concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento” al determinar que “no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité” que evaluó su caso.

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En Colombia, se define como enfermo terminal a toda persona que “es portadora de una enfermedad o condición patológica grave, que haya sido diagnosticada en forma precisa por un médico experto, que demuestre un carácter progresivo e irreversible, con pronóstico fatal próximo o en plazo relativamente breve, que no sea susceptible de un tratamiento curativo y de eficacia comprobada, que permita modificar el pronóstico de muerte próxima; o cuando los recursos terapéuticos utilizados con fines curativos han dejado de ser eficaces”, refiere el Ministerio de Salud.

Sepúlveda había recibido luz verde por parte de la justicia colombiana. El pasado 22 de julio, la Corte Constitucional autorizó el cubrimiento del derecho fundamental a morir dignamente, también conocido como eutanasia, a los pacientes no terminales. Anteriormente este procedimiento estaba habilitado solamente para personas que tuvieran enfermedades terminales.

Antes estaba fijado que solo los enfermos en fase terminal mayores de 18 años podían solicitarlo, o a su vez, era válido también en los casos en que los familiares de los pacientes que estén inconscientes o en incapacidad de manifestar su deseo lo soliciten, pero siempre y cuando la persona lo haya dejado expresado en un documento de voluntad previa.

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Federico Redondo, hijo de Sepúlveda, ha asegurado que “están dispuestos a dar la pelea por la dignidad de su mamá hasta las últimas consecuencias, ya que su decisión no ha cambiado en nada por ese acontecimiento”.

Ante el revés que sufrió la decisión, el abogado Jesús Albrey González manifestó que no existe en el país una ley estatutaria que regule el derecho fundamental a morir con dignidad a través de la eutanasia y que hay muchos vacíos legales.

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¿Es posible que se pueda cancelar un procedimiento como este solo un día antes? Eso, por ejemplo, no está regulado. Y es necesario discutirlo”, dice, y agrega que “morir dignamente en Colombia es un derecho fundamental. Y eso le da un rango de protección constitucional y de prioridad. Entonces se tiene que legislar urgente sobre ese tema”, enfatiza.

Colombia fue el primer país de Latinoamérica en despenalizar la eutanasia, y junto con Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, España y Nueva Zelanda son los únicos donde la eutanasia es permitida. En EE. UU. está autorizada en al menos cinco estados: Oregón, California, Washington, Montana y Vermont.

La Corte Constitucional colombiana consagró en 1997 la muerte digna como un derecho fundamental en caso de enfermedad terminal, pero solo se convirtió en ley en 2015. Desde entonces, se han realizado 157 procedimientos, refiere BBC.

No obstante, el derecho a lo que muchos llaman “morir dignamente” es todavía un verdadero tabú en el que poco se ha avanzado durante las últimas décadas en América Latina.

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Para Juan Sebastián Medina, abogado especialista en Derechos Humanos, el que la eutanasia no registre mayores avances en países de la región estaría vinculado a que aún las creencias religiosas están muy arraigadas en la sociedad y a la falta de empatía que puede llegar a tener la sociedad.

Martha Villafuerte, directora y fundadora de la Red Nacional Familia Ecuador, discrepa y dice que los términos moral y ética están bastante tergiversados, como si fueran bloqueos o impedimentos.

Algunas naciones otorgan concesiones para casos específicos, pero igual tipifican como delito el que un familiar o amigo participe en la muerte asistida de una persona, así esta haya dado su consentimiento, recoge el portal de noticias LatinAmerican Post.

En cuanto a códigos sanitarios o leyes que avalan la suspensión voluntaria de tratamientos médicos, estos aparecen en países como México, Brasil, Argentina, Uruguay y Chile.

México creó en 2008 la Ley de Voluntad Anticipada. Argentina, en 2012, aprobó la Ley de Muerte Digna, la cual permite a los enfermos terminales rechazar la posibilidad de realizarse cirugías, tratamientos o reanimaciones para prolongar la vida.

En Brasil, el Consejo Federal de Medicina avaló también la suspensión voluntaria de tratamientos o equipos médicos; y en Uruguay y Chile, los pacientes tienen también la posibilidad de decidir si someterse o no a un determinado tratamiento de salud en el caso de enfermedad terminal.

En el resto de países no existen normativas formales respecto al tema.

“Tenemos a una persona que dice ‘ya no quiero más medicamentos’, pero eso no implica que vaya a cambiar su situación de vida, va a seguir teniendo dolor y demás, y seguramente el sufrimiento va a ser muy grande”, subraya Medina, y dice estar opuesto a que esa voluntad de no acceder al medicamento, esa “autodefinición de la persona” sí sea considerada válida, y no “el decir ‘ya no quiero vivir, no puedo más’”, en el caso de las enfermedades terminales.

Medina comenta que es importante “entender que, cuando vamos hacia la legislación de temas como el aborto o la eutanasia, lo que se está haciendo es pensar en un país a futuro donde haya personas que no tengan que morir por un aborto mal practicado o personas que prefieran aguantar todo el dolor que es parte de una enfermedad”.

Sin embargo, menciona que en países como Ecuador “es grave que, aunque el Estado lleva gran tiempo estando separado de la Iglesia, las decisiones de políticas públicas y las propias leyes y constituciones tienen una carga moral de quien ha sido elegido como legislador, como presidente, y esto desafortunadamente tiene un gran impacto sobre la vida de todos”.

“Nos olvidamos de la dignidad de las personas y en eso hay que trabajar”, apunta.

Por su parte, Villafuerte dice que los avances de la despenalización de la eutanasia son algo que le preocupa, ya que considera que “la sociedad se está encaminando hacia una cultura del descarte”.

Comenta que en la eutanasia “un paciente hace una elección bajo un acto de resignación, un acto de desesperanza, de depresión”, y agrega que si la persona llegó al punto de solicitar la eutanasia es porque no ha tenido la ayuda médica suficiente o el apoyo de parte del país.

“No se está tratando la prevención, el fortalecimiento de las soluciones, cuidados paleativos... vámonos a la causa, no nos enfoquemos en llenarnos de falsas soluciones para la consecuencia”, apunta.

En el caso de Ecuador, Villafuerte dice que se debe fortalecer la Constitución a través de instrumentos jurídicos, como el Código Órganico Integral de la Familia, que ella misma presentó en enero de 2019 en la Asamblea Nacional, y subraya que es una herramienta que “incluye el fortalecimiento de los cuidados paleativos”, claves para no tener que llegar a considerar la eutanasia. (I)