La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este jueves al Estado de Ecuador por tres detenciones preventivas ilegales y tratos crueles e inhumanos de los que fue víctima, entre 1997 y 2000, el militar retirado Gonzalo Cortez Espinoza.

Ricardo Pérez Manrique, presidente de la CorteIDH, leyó la parte resolutiva de la sentencia en un acto de notificación a las partes transmitido por internet, y explicó que el Estado es responsable por “violaciones a las garantías judiciales, a la libertad personal y a la integridad personal” de Cortez.

Según la sentencia, entre 1997 y 2000, Cortez, procesado por la Fiscalía Militar por un caso de “infracciones contra la propiedad”, fue víctima de “privación ilegal de la libertad en 3 ocasiones” y que además “permaneció varios días incomunicados siendo sujeto a tratos crueles e inhumanos”.

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La acusación presentada contra el Estado señalaba la existencia de afectaciones a la integridad física de Cortez y vulneraciones al debido proceso como por ejemplo no informar la causa de la detención, así como la falta de competencia de la Fiscalía Militar para llevar a cabo el proceso contra el militar retirado.

En la sentencia de este jueves, la Corte Interamericana confirmó que “el señor Cortez Espinoza estuvo cerca de once años sometido a un proceso penal, sin que esa duración resultara justificada” y que “por ende, vio vulnerada la garantía de ser juzgado en un plazo razonable”.

Además, la Corte determinó que “durante la primera detención y, al menos, durante los 17 días iniciales de la segunda, el señor Cortez, estando privado de su libertad de forma ilegal, a disposición de una autoridad que no tenía competencia para entender en el caso, permaneció incomunicado”.

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Los jueces concluyeron que “durante las dos privaciones de libertad sufridas por el señor Cortez en 1997, vio lesionada su integridad personal. Además, durante los 17 o 19 días que el señor Cortez permaneció incomunicado durante su segunda detención, fue víctima de tratamientos contrarios al artículo 5.2 de la Convención Americana”, que se refiere a tratos crueles e inhumanos.

El Estado deberá pagar una indemnización de 31.000 dólares a la víctima por concepto de daños materiales e inmateriales.

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Cortez, quien integró las Fuerzas Armadas de Ecuador entre 1978 y 1994, fue detenido el 21 de enero de 1997 por orden de autoridades judiciales militares e interrogado por un fiscal militar en relación con un caso de presunta sustracción de un equipo de un avión. Permaneció incomunicado y fue liberado al día siguiente.

El 19 de marzo de 1997 un juez penal militar dictó un auto cabeza de proceso en contra de cuatro personas, incluyendo a Cortez. Ordenó la detención preventiva de los sindicados.

El 11 de julio de 1997 Cortez fue detenido. Permaneció incomunicado en dependencias militares durante 17 o 19 días y señaló que, durante ese tiempo recibió golpes, no le permitían dormir y le daban comida escupida.

Rindió declaración indagatoria el 30 de julio de 1997, ante un juez penal militar. Luego de pagar una fianza, el 19 de diciembre de 1997, Cortez fue liberado.

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El 12 de noviembre de 1999 la Corte de Justicia Militar declaró nulo todo lo actuado respecto a Cortez, dada su condición de civil.

Dispuso la remisión de las actuaciones a la justicia ordinaria.

El 28 de enero de 2000 el Juzgado Tercero de lo Penal de Pichincha ordenó la prisión preventiva de Cortez, con base en el artículo 177 del Código de Procedimiento Penal entonces vigente. Su aprehensión se concretó, el 28 de febrero del mismo año, antes de que, el 3 de marzo siguiente, se emitiera la respectiva boleta de encarcelamiento.

Los días 8 y 29 de marzo de 2000, Cortez presentó recursos de hábeas corpus ante el Alcalde de Quito, que fueron declarados improcedentes. No obstante, el 9 de mayo de 2000, el Tribunal Constitucional revocó lo decidido por el Alcalde y ordenó la libertad de Cortez, señalando que su detención se había concretado cuando no existía una orden de un juez competente.

El 11 de mayo de 2000, el militar retirado recuperó su libertad.

Finalmente el 2 de septiembre de 2009 el Juzgado Tercero de lo Penal de Pichincha declaró la prescripción de la causa penal seguida contra Cortez. La prescripción fue confirmada el 3 de enero de 2011 por la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, y el día 17 del mismo mes se archivó la causa. (I)