Evita que la desesperación se apodere de ti si, por un descuido o en una emergencia, extraviaste el permiso de trabajo (EAD Card). Esta valiosa información que ofrece Migrantes Latinos la agradecerás tú y quienes estén viviendo y laborando en los Estados Unidos.

Explican que la EAD Card - el Employment Authorization Document, por sus siglas en inglés) – “corresponde a un permiso de trabajo que le permite a un extranjero la posibilidad de trabajar legalmente” en territorio estadounidense.

“Esta tarjeta de color rojo permite que en un mediano plazo solicites la Real I.D”, amplían.

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Cuánto cuesta y cómo es el proceso para tramitar y renovar el permiso de trabajo en Estados Unidos

Cómo recuperar el permiso de trabajo: Paso a paso

Migrantes Latinos explica detalladamente lo que debes hacer si has perdido el documento.

  • Notifica lo sucedido en una oficina de USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos).
  • Llama al 1-800-375-5283 para recibir ayuda e iniciar los trámites de recuperación.
  • Ten a mano una evidencia que demuestre que anteriormente has tenido el permiso.
  • Luego, llena, de nuevo, el Formulario I-765.

¿Cómo completar el Formulario I-765?

  • Crea una cuenta en USCIS.
  • Después, sigue los pasos en el apartado de “presente en línea”.
  • Allí deberás elegir a qué categoría perteneces. Son 3:
  • Primera categoría: Usted puede estar autorizado para trabajar en Estados Unidos debido a su estatus migratorio.
  • Segunda categoría: Usted puede estar autorizado para trabajar para un empleador específico como resultado de su estatus migratorio.
  • Tercera categoría: Usted puede estar en una categoría de inmigración que le requiera que solicite una autorización de empleo.
  • Por último, sigue los pasos que piden y coloca tu firma.

Trámite en línea, anunciado en enero

A finales de enero de 2023, el servicio de inmigración estadounidense “anunció la apertura de una ventanilla digital que permite a los solicitantes de asilo pedir permiso de trabajo (autorización de empleo) en línea”.

El Universo reseñó, en su momento, que “la medida, que regía a partir del 23 de ese mes, está dirigida a solicitantes de asilo que tienen una autorización de empleo bajo la categoría (c)(8), es decir de asilo político”.

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USCIS decía que a partir de esa fecha “ciertos solicitantes de asilo pueden presentar en línea el Formulario I-765 o la Solicitud de Autorización de Empleo, EAD”.

(I)

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Con información de Migrantes Latinos.