Luis tenía 21 años cuando aceptó su primera tarjeta de crédito. Tenía trabajo y podía con los pagos mensuales. Sin embargo, comenzó a endeudarse cada vez más y empezaron sus problemas de liquidez. Para agravar su situación se quedó sin trabajo. Priorizó gastos y decidió no pagar la deuda de su tarjeta que ascendía a $ 1.200.

Durante tres años no canceló. Al conseguir un nuevo empleo se acercó al banco para realizar un convenio de pago, pero la institución le comunicó que su deuda había sido vendida a otra empresa y que debía contactarse con esa compañía para el convenio.

Esto me sorprendió, no sabía que los bancos podían hacer eso, pero al parecer es legal. Me acerqué a la empresa y me dijeron que la deuda era de $ 3.500 y me sorprendí más. Me dijeron que los intereses por mora y de la transacción de la propia venta, y la gestión de cobranzas aumentaron el valor”, cuenta. Luis tuvo que realizar el convenio con dicha empresa y el único plazo que le dieron fue un año. Aceptó y canceló cerca de $ 300 mensuales.

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Algo parecido le ocurrió a Julia, pero con un crédito que realizó para adquirir un “combo” de electrodomésticos. Ella adquirió una deuda con una casa comercial por $ 1.500 a mediados del 2017 y el plazo para pagar fue de 18 meses. Canceló con normalidad hasta que se quedó sin trabajo.

A finales del 2019 empezó a recibir llamadas de una empresa de gestión de cobranzas y allí se enteró de que su deuda fue vendida. “Me explicaron que esa transacción era legal y que cada día que pasaba me aumentaban los intereses. Me acerqué y me dijeron que la deuda era de $ 1.500, es decir, todo lo que pagué no me lo hicieron valer”, dice. Ella hizo un convenio de pago, pero hasta el momento no ha cancelado.

Las transacciones de compraventa de cartera vencida son totalmente legales y están normadas bajo el Código Civil y el Código de Comercio ecuatoriano. ¿Pero cuándo una entidad financiera o comercial puede vender una deuda?

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Cuando la institución ha agotado todos los canales y no ha podido cobrar la deuda esta obtiene una calificación “deteriorada” y en ese momento decide venderla a empresas cuyo giro de negocio es precisamente la gestión de cobro de estas deudas.

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Según la Superintendencia de Compañías, en Ecuador existen al menos 250 empresas que se dedican a servicios de cobranzas. Al adquirir las deudas, estas entidades asumen el riesgo de pago o no pago de dichas obligaciones.

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La tasa de interés por mora de estas deudas se ajusta una vez vendida la cartera, pero siempre dentro de los límites que permite la ley para estas operaciones. Además, se aplican rubros por gestión de cobranza. “El proceso consiste en elaborar un contrato de compraventa de cartera. En ese contrato se describe cuál es el monto de la cartera que se está vendiendo, su calificación, el precio y el contacto del deudor”, indica la Asociación de Bancos del Ecuador (Asobanca).

Afirma que el acto de la venta de cartera vencida lleva “implícita” la obligación de notificar al deudor sobre quién es su nuevo acreedor: “Esta notificación la realizan normalmente las empresas que adquieren la cartera una vez que comienza el proceso de cobro, es decir, cuando estas empresas contactan al deudor para cobrar notifican que la cartera ha sido vendida”.

La consultora financiera Paola Aulestia afirma que la rentabilidad de las entidades bancarias está en captar el dinero y luego colocarlo en préstamos, pero cuando un crédito empieza a entrar en mora no se vuelve rentable por la carga administrativa que existe, es decir, todos los gastos en cobranza.

“Allí hay dos opciones. La primera es contratar a una tercera empresa para que realice los cobros, pero la entidad sigue siendo dueña de la deuda. La segunda es vender la deuda y para esto se hace un análisis (del perfil de cada deuda) y establecer la tasa de descuento, es decir, un valor menor al de la deuda”, indica.

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Por ejemplo, si la deuda era de $ 100 y el cliente entró en una cartera vencida de alta morosidad, el banco venderá la deuda a una empresa de cobranza en $ 80. Con esto la entidad bancaria gana en liquidez y no pierde el total de la deuda.

“En cambio, la ganancia de la empresa de cobranza es que compraron la deuda de $ 100 a $ 80, pero para el usuario sigue en $ 100. Entonces, a eso se suman los costos de cobranza y otros rubros. Luego refinancian y desde ahí se reestructura y sube un poco más del monto original”, añade Aulestia.

Aunque Luis y Julia afirman no haber sido informados, por parte del banco y la casa comercial, de que se podía aplicar esa figura a sus deudas. Sin embargo, en los contratos con las instituciones financieras o comerciales está estipulada la figura, dice Héctor Delgado, analista económico.

Es parte de la falta de educación financiera que hay en el país. Las personas piensan que esto es ilegal, pero no es así. No solemos leer los contratos, las letras pequeñas. Al contraer una deuda tenemos derechos y obligaciones. Derecho a ser informados de los montos e intereses y nuestra obligación es pagar a tiempo”, indica.

Con esto concuerda el economista Jorge Calderón y, además, afirma que la empresa de cobranza siempre intentará recuperar el total de la deuda y todos los rubros que se generaron alrededor de esta.

Indica que algunas de estas compañías emprenden acciones legales “mucho más fuertes” de las que aplica, por ejemplo, un banco: “Si bien el banco necesita liquidez y por eso vende la deuda, también lo hace por un tema de no dañar su reputación y le encarga el muerto de cobrar, como se dice popularmente, a otra empresa”.

Los métodos que aplican estas empresas han sido cuestionados por los deudores, ya que implican llamadas a toda hora (incluyendo a familiares o conocidos), correos electrónicos, notificaciones, mensajes de texto o de WhatsApp.

“Algunas de estas acciones están reñidas con la ley y otras no. Muchas personas logran acuerdos con estas empresas de manera sencilla, pero hay otras que no pueden cancelar y aquí se aplican ciertos mecanismos que buscan hacer uso de la coerción en estos usuarios”, dice.

Por ejemplo, Carlos Bastidas comenta que su jefe recibió una llamada de una empresa de cobranzas por una deuda que él tiene de una tarjeta de crédito. Sostiene que el momento fue muy incómodo y no pensó que dicha compañía haría eso. “No sé cómo consiguieron el teléfono de mi jefe”, expresa.

Con eso buscan que hasta el jefe ejerza presión sobre el empleado para que se acerque a pagar y estoy seguro de que eso no está en la ley, no lo pueden hacer. Además, no es ético ni moral”, afirma Calderón.

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Si bien los márgenes de morosidad aumentaron por el impacto de la pandemia en 2020, en el 2021 se registra una leve disminución. La tasa de la banca privada del Ecuador, al cierre de julio pasado, se ubicó en 2,6 %. De esta manera, la morosidad decreció en 0,02 % con relación al año anterior. La morosidad por segmentos fue 0,9 % para el productivo, 4,0 % en consumo, 3,8 % en vivienda y 4,5 % en microcrédito.

Los especialistas coinciden en que debe existir un mayor nivel de educación financiera en el país, para así evitar confusiones a la hora de aceptar un crédito. “Esto se debe enseñar desde las escuelas. Es un tema necesario no solo para economistas”, expone Delgado.

Este Diario consultó a la Asobanca cuál era el monto anual de cartera vencida que venden los bancos a empresas de cobranzas, pero la entidad aseguró no poseer esa información. Se requirieron este dato y otras precisiones a la Superintendencia de Bancos, pero hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta. Además, se solicitaron entrevistas a tres empresas de cobranzas, pero tampoco contestaron. (I)