El derecho a la vida, uno de los más fundamentales porque sostiene la existencia misma, es el que se viola con cada femicidio que se registra en Ecuador.

Cada hecho de violencia que termina en femicidio genera una odisea para los que quedan, los que piden justicia y se enfrentan a un sistema judicial que resulta esquivo a la hora de evitar que el caso quede en la impunidad.

Son familiares y amigos de las víctimas, que alzan su voz exigiendo justicia. Su lucha tiene mayor resonancia en el Día de la Mujer, que se conmemora cada 8 de marzo.

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La Fiscalía ha iniciado 456 procesos por femicidio entre enero del 2021 y el mismo mes del 2023.

El 52,9 % de estos están en la etapa de investigación previa (241) y el 14 % recibieron un dictamen acusatorio a la espera de lo que finalmente se resuelva (64).

Apenas el 11,4 % de las 456 causas por femicidio entre 2021 y 2023 han terminado en sentencia condenatoria de los responsables, con un total de 52 casos.

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Incluso hay diez causas en las que se determinó el sobreseimiento (2,2 %). El resto están en la etapa de llamamiento a juicio (5 %), han sido archivadas (3,3 %), están en instrucción fiscal (2,6 %), obtuvieron dictamen abstentivo (3,9 %) y el 4,6 % permanece en otras fases.

La mayor parte de los casos se quedan sin recibir sentencia. En unos casos no se logra determinar a los responsables del delito o los operadores de justicia no pueden probar su culpabilidad.

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Geraldine Guerra, presidenta de la fundación Aldea, califica las cifras sobre el nivel de resolución del sistema judicial como aterradoras. “Hay un mensaje permanente de impunidad. Las muertes violentas de mujeres por razones de género quedan en la absoluta impunidad. Y de las que son judicializadas, como los femicidios, solo uno de cada diez casos termina con sentencia condenatoria viéndolo de otra manera”.

No hay una sanción contundente frente a un delito como el femicidio, agrega. El mismo presidente de la República Guillermo Lasso daba cuenta la semana pasada de esta situación con lo ocurrido en torno a dos casos cuyos responsables sentenciados fueron excarcelados por una jueza de Montecristi, en Manabí.

“Me entero de que una jueza de Montecristi ha dejado libre a dos femicidas. Quiero que sepan que he dispuesto una inmediata acción para denunciar a la jueza, pedir la revocatoria de la medida y que estos dos personajes regresen a la cárcel”, dijo Lasso.

Luis Eduardo C. D., uno de los excarcelados, ya fue recapturado. Él fue sentenciado en tres instancias por el asesinato de su esposa Bertha Elizabeth Minchala Ortiz, a quien asfixió hasta matarla el 16 de noviembre del 2016 en Cuenca. Al final del proceso recibió una pena de 34 años de prisión.

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Carlos F., otro de los liberados y sentenciado por la muerte de Cristina Palacio en 2017, aún sigue prófugo tras su excarcelación.

“Ambos son femicidas confesos. Entonces ni siquiera la condena es garantía. Esta jueza debería ser destituida e ir presa, ese sería un mensaje contundente. Además, que repare a las familias que deben contratar abogados y lograr que pongan a ese señor (Carlos F.) en el listado de los mas buscados. Esos casos son una vergüenza para el sistema de justicia”, asegura Guerra.

La vida de las mujeres no cuenta como una garantía para ejercer su derecho a tener una vida libre de violencia, que se repite de forma sistemática una vez que es asesinada, afirma Desirée Yépez en entrevista con EL UNIVERSO, una de las autoras de la publicación del 2022 titulada Silenciadas: femicidio, la otra pandemia.

“Es asesinada cuando su vida es cegada, pero vuelve a ser asesinada cada vez que el sistema de justicia la revictimiza y vuelve a ser asesinada una vez que su caso se suma a las estadísticas de la impunidad. Esto evidencia la inacción e incapacidad del Estado para resolver de forma expedita estos casos”, manifiesta.

Y también está la incapacidad estatal de incidir con acciones de reparación, acota, como el acceso a justicia y las garantías de no repetición. “Aquí obviamente están las otras mujeres que día a día engrosan estas estadísticas”, agrega.

La publicación del 2022, de Yépez y Gianna Benalcázar, da cuenta de este delito en el marco del periodismo narrativo.

En la introducción se incluyen frases de los familiares de las víctimas, como “Quiero que se haga justicia, porque lo que le hizo a mi hija puede hacerle a otra mujercita, a otra persona” o “Cada día vemos en los medios de comunicación que matan mujeres a diestra y siniestra. ¡Queremos justicia!”.

“Son las voces de madres, hermanas, tías, sobrinas y cuñadas que ahora gritan y exigen respuestas a un Estado incapaz de garantizar a las suyas el derecho a una vida libre de violencia”, indica el libro.

Un caso de violación y asesinato que marcó un precedente

Uno de los detenidos por la muerte de Karina del Pozo cuando era escoltado en 2013 por un miembro de la Policía a una oficina en donde dio un nuevo testimonio sobre el hecho.

En el recuento de los femicidios está el de Karina del Pozo, quien tenía 20 años la noche cuando la mataron. “Los tres asesinos la conocían... Era febrero de 2013. ‘¡¿Quieren ver cómo se mata a una puta?!’, dijo uno de ellos después de violarla. La estrangularon. Pero no acabaron sino hasta destrozarle el cráneo con una piedra. Y la tiraron así como se deja la basura: lo que no sirve. La abandonaron”, narra la publicación.

Este hecho marcó un precedente que llevó a que se tipificara el femicidio en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) a partir de agosto del 2014, con una pena de cárcel que va de 22 a 26 años.

Un principal punto de partida, dice Yépez, es cuantificar y unificar el número exacto de víctimas de femicidio. Desde la sociedad civil se parte con la premisa de que una mujer es asesinada cada 26 horas en Ecuador.

La fundación Aldea registra 332 muertes violentas de mujeres solo durante el 2022, el número más alto nunca antes registrado desde que el 2014 se hace seguimiento a estos datos.

Pero la Policía reporta 80 casos en 2022, once más que los ocurridos en 2021, cuando informa que hubo 69.

Lo que en su momento se calificó como un avance al tipificar el femicidio, hoy es una limitación que impide que oficialmente se cuantifique el número real de asesinadas por razones de género.

“Hay un subregistro por un vendaje que tiene el sistema en la cabeza y los ojos. No quieren nombrar los femicidios. Violación con muerte es un femicidio, eso manda el protocolo nacional, pero no está registrado así, asesinatos cometidos por la pareja no son femicidio. No quieren ni hablar del incremento de femicidios por delincuencia organizada”, asegura Guerra.

En la publicación de Yépez y Benalcázar se hace una diferenciación entre femicidio, que es el delito estipulado en el COIP, y feminicidio, que tiene un concepto más amplio. “El feminicidio se entiende como un crimen de Estado. Esto implica el desarrollo de política pública que garantice a las mujeres una vida libre de violencia. Generalmente las víctimas que mueren atravesaron un ciclo de maltrato psicológico, económico, físico, sexual”, indica Yépez.

Mientras que el femicidio es un tipo penal que no asume al Estado como corresponsable; por lo tanto, lo deslinda de su responsabilidad. “Esta es la figura que se incluyó en 2014 en la legislación ecuatoriana”, afirma.

La diferencia práctica entre la cifra oficial y la de la sociedad civil responde a la forma y definición que se aplica en el momento de estipular si se trata de un femicidio o no.

“Hay una diferencia metodológica en la forma como se registran los casos. En la sociedad civil se considera desde el primer momento en que ocurre la muerte violenta de la mujer bajo la lupa del feminicidio, que implica una responsabilidad del Estado. El COIP lo que tipifica es el femicidio, que es la muerte violenta de una mujer por razón de su género en específicas condiciones simultáneas; aquí se habla del vínculo que existía entre el victimario y la víctima, la forma como se comete el crimen”, asegura Yépez.

Un caso desnuda estas diferencias. Maribel fue asesinada en noviembre del 2020 en Cuenca con más de cien puñaladas. Su victimario fue un hombre que había contratado sus servicios sexuales.

”No existe una relación íntima entre ellos, pero la asesina de forma brutal; eso configura un femicidio, porque la mata por razón de género, hay una relación de poder claramente asimétrica, hay saña. Sin embargo, durante la investigación se determinó que no era femicidio porque no existía una relación previa entre víctima y victimario”, explica Yépez.

El art. 141 del COIP define al femicidio como “la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”.

“No tiene que existir un vínculo. El COIP dice que toda muerte violenta de una mujer por razones de género en donde esté involucrada una relación de poder, no dice que tenga un vínculo sentimental. Lo que pasa es que aquí hay una mirada caduca de los operadores de justicia que parece que no entienden lo que es una relación de poder. Un cliente que le da 113 puñaladas a una trabajadora sexual es un femicidio siempre. Un hombre con un arma que está con una mujer, que más relación de poder hay, por eso desde la sociedad civil gritamos con fuerza basta de ocultar los femicidios”, señala Guerra.

Entonces, la sociedad civil cuenta los casos de feminicidio que abarca un concepto más amplio.

En los dos últimos años, las condiciones y características en las que se perpetran los feminicidios han variado: tienen mayor peligrosidad y formas misóginas exacerbadas contra la vida de las mujeres. Es necesario visibilizar y nombrar estos otros feminicidios en contextos de economías criminales, disputas de territorios entre bandas narcodelictivas y alta prevalencia de contexto de criminalidad”, asegura la especialista en un reporte.

Guerra fue designada entre las cien mujeres más influyentes e inspiradoras del mundo en 2022, según la BBC (medio oficial de Reino Unido).

“Como sociedad civil nombramos todas las muertes violentas en donde se presenta odio y saña contra las mujeres, es decir, en donde se perpetúa un mensaje patriarcal”, afirma.

Entre los 332 casos registrados por la fundación Aldea, al menos 48 mujeres reportaron antecedentes de violencia y 9 tenían boletas de auxilio. “57 femicidios pudieron prevenirse si se hubiera activado un sistema de protección integral por el Estado”, manifiesta Guerra.

La víctima más joven del año pasado tenía 3 meses de edad; y la más adulta, 84 años, lo que demuestra que la violencia basada en género contra las mujeres atraviesa todo el ciclo vital.

Catalogar de forma más integral los casos de muertes violentas de mujeres sería un punto de partida para cumplir con parte de lo estipulado en la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (LOIV), aprobada en noviembre de 2017. “Sin subregistros”, recalca Guerra. (I)