El Ministerio de Turismo dio a conocer el calendario de feriados nacionales por diez festividades —entre cívicas y religiosas—, establecido para los años 2023, 2024 y 2025. El objetivo, según se dijo, es que la ciudadanía y el sector turístico puedan planificar sus próximos recorridos por Ecuador.

Según la ley de feriados, vigente desde el 2016, el país tiene anualmente once días de descanso a nivel nacional que no se recuperan: 1 de enero, lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, 1 de mayo, 24 de mayo, 10 de agosto, 9 de octubre, 2 y 3 de noviembre y 25 de diciembre.

Además, en cada provincia se suma un día por fiestas locales, para un total de doce días de feriado.

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Normativa de la ley de feriados

  • Si un feriado cae en sábado, el descanso obligatorio pasará al viernes anterior.
  • Si es domingo, al lunes siguiente.
  • Si cae martes, el feriado se traslada al día lunes previo.
  • Además, los feriados que sean en miércoles o jueves se trasladarán al viernes de esa semana. Se exceptúan fechas como Carnaval, Navidad y Año Nuevo.
  • Cuando existan feriados locales o nacionales en dos días seguidos, estos corresponderán a lunes y martes o jueves y viernes. (I)