La Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP) dio a conocer, mediante un comunicado, que la Junta de Política y Regulación Monetaria a finales de enero emitió una nueva resolución en la que modificó temporalmente la disposición de que solo los pagos superiores a 76 dólares se puedan realizar por canales virtuales o ventanillas de la empresa.

En la resolución 2022-004-M, CNEL EP indicó que retomarán la recaudación de los pagos del servicio eléctrico por montos iguales o superiores a $ 76 en cualquier canales de atención de los puntos de pagos autorizados: Banco Pichincha, Pacífico, Bolivariano, Produbanco, Banco del Barrio, Mi Vecino, Servipagos, Pago Ágil, Almacenes TIA, Western Union, Red Facilito, Banred, cooperativas, entre otros.

Pago de servicios públicos superiores a 76 dólares solo se pueden realizar por canales digitales en entidades financieras

Esta medida estará vigente hasta el 30 de junio, cuando se retomarán los pagos por canales virtuales. Desde el 1 de enero del 2022 estaba en vigencia la resolución 672-2021-F el cual fijaba como método de pago (mayor a $ 76) de servicios públicos en las entidades financieras a los canales virtuales.

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Hasta el momento, otras entidades públicas no han indicado si los usuarios podrán volver a pagar sus servicios en las ventanillas de instituciones bancarias que supere el monto establecido.

¿Qué dice la resolución 2022-004-M?

El pasado 28 de enero, la Junta de Política y Regulación Monetaria emitió una resolución sobre normas de depósitos del sector público, la cual contiene 42 artículos y ocho disposiciones (entre transitorias, generales, única y derogativa).

En los artículos 16 y 36 se dispone que los pagos por servicios públicos de agua potable, electricidad, alcantarillado, telefonía pública y recolección de basura provistos por los gobiernos autónomos descentralizados o empresas públicas superiores a 76 dólares se efectúen exclusivamente por débito de cuenta, transferencia, tarjeta de crédito u otros medios electrónicos autorizados por el Banco Central.

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“Independientemente de los montos señalados en este artículo, los pagos de estos servicios públicos referidos se podrán realizar en las ventanillas de las respectivas entidades públicas”, se señaló.

En la disposición transitoria uno se establece que las entidades corresponsales del Banco Central. hasta el 30 de junio, deberán implementar los mecanismos necesarios para la recaudación de los pagos por servicios públicos.

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La resolución entró en vigencia desde su expedición. (I)