El Municipio de Quito emitió una nueva resolución para el manejo de la pandemia en la capital, con el fin de iniciar la reactivación económica. El documento A040-2021 entró en vigencia desde su publicación, este 13 de septiembre de 2021.

Entre las normas establecidas se ratifica el control para el uso correcto de la mascarilla en el espacio público.

Según informó la Agencia Metropolitana de Control (AMC), la persona que incumpla esta disposición será sancionada con una multa equivalente al 25 % de un salario básico unificado (SBU), $ 100, y si es reincidente $ 200.

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Además, para el uso de bienes de dominio y uso público, y los privados que forman parte del espacio público, deberán cumplir con lo siguiente:

  • Utilizar mascarilla que proteja nariz y boca de la exposición al ambiente. La mascarilla observará las especificaciones previstas en el protocolo correspondiente de la Secretaría de Salud.
  • Portar y exhibir cédula de ciudadanía o cualquier documento oficial que permita acredite su identidad.
  • Circular o ubicarse a una distancia de, al menos, dos metros de otras personas.

La restricción vehicular por medio del plan Hoy no Circula se mantiene. El horario de restricción según el último dígito de las placas es de 07:00 a 19:00 de lunes a viernes.

El plan de movilidad Hoy no Circula estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2021. Foto: El Universo

Los fines de semana y feriados habrá libre circulación para todas las placas.

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También, los salvoconductos se mantienen habilitados, así como las excepciones en la restricción que aplica únicamente a la zona urbana de Quito.

Umbrales de alerta para el sector productivo

La Secretaría de Salud emitirá informes quincenales sobre la situación epidemiológica de la ciudad. Por medio de estos, se determinarán los niveles de alerta en los que se encuentre Quito para los permisos de aforo en los distintos sectores productivos.

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Estos son los umbrales:

Nivel de alertaPositividad del virus en últimos 14 díasOcupación de camas hospitalización COVID-19Corresponsabilidad
1 (bajo)menor a 5 %menor o igual a 60 %Mayor del 80 % de la población vacunada con esquema completo (sujeto a variación según variante).
2 (medio)5-9 %menor o igual a 60 %60 al 79 % de la población vacunada con esquema completo.
3 (alto)10-20 %61 a 75 %30 a 39 % de la población vacunada con el esquema completo.
4 (muy alto)mayor a 20 %mayor a 75 %menor del 30 % de la población vacunada con esquema completo.

Por el momento la Secretaría de Salud informó que la capital se encuentra en el nivel 2 (medio) de la evolución de la pandemia.

También se levantó la suspensión de licencias únicas de actividad económica (LUAE), los locales dependerán también de este nivel de alerta que proporcione la Secretaría de Salud.

Fuente: Municipio de Quito
Nivel 1: bajoHabilitación de LUAE con aforo restringido (70 %) y cumplimiento del protocolo de bioseguridad emitido por la Secretaría de Salud: bares y discotecas, centros de tolerancia y diversión nocturna, centros de entrenamiento y gimnasios que realizan actividades de contacto sin restricción con aforo restringido.
Nivel 2: medioHabilitación de LUAE con aforo restringido (50 %) y cumplimiento del protocolo de bioseguridad emitido por la Secretaría de Salud: bares y discotecas, centros de tolerancia y diversión nocturna, centros de entrenamiento y gimnasios que realizan actividades de contacto sin restricción con aforo restringido.
Nivel 3; AltoHabilitación de LUAE con aforo restringido (30 %) y cumplimiento del protocolo de bioseguridad emitido por la Secretaría de Salud: bares y discotecas, centros de tolerancia y diversión nocturna, centros de entrenamiento y gimnasios que realizan actividades de contacto.
Nivel 3; alto altoSuspensión o restricción de LUAE (bares y discotecas, centros de tolerancia y diversión nocturna, centros de entrenamiento y gimnasios que realizan actividades de contacto) a expensas del comportamiento de la curva epidemiológica y/o a la aparición de nuevas variantes.

Además, los locales comerciales estarán sujetos a nuevas disposiciones. En este caso, con el umbral en nivel 2 o medio, los centros comerciales, supermercados y mercados podrán tener un aforo del 75 %. Agencias bancarias el 70 % y restaurantes podrán recibir el 70 % en interior y el 80 % en exteriores.

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Los espectáculos públicos vuelven a reactivarse mediante una serie de cumplimientos, el aforo permitido por el momento es de 50 %. (I)