A partir de este jueves 12 de agosto, en Quito, volvió a regir el plan de movilidad “Hoy no circula”. La restricción se aplica al último dígito de la placa de los vehículos. De lunes a viernes, el horario de restricción es de 07:00 a 19:00. Estas medidas aplican únicamente a la zona urbana de la capital, no a los valles de Los Chillos y Tumbaco.

Los fines de semana tendrán libre circulación todas las placas, hasta las 07:00 del lunes, que inicia nuevamente el plan “Hoy no circula”. Los feriados también tendrán libre circulación.

Desde la Secretaría de Movilidad regularon las personas o vehículos que están exentos de la restricción durante el plan “Hoy no circula”.

Publicidad

Estos serán los sectores que tendrán libre movilidad durante el plan ‘Hoy no circula’:

CategoríaVehículos destinados para
Transporte público, comercial y otras modalidadesInternacional de pasajeros y mercancías; Intraprovincial; Interprovincial; Intracantonal; Transporte escolar e institucional (público o privado); Carga liviana; Carga pesada (en los horarios permitidos y presentando guías de remisión); Taxis convencionales y ejecutivos; Carga Mixta; Turismo (con registro Municipal y Permiso de Operación); Cuenta propia (Autorizados por ANT); Personal operativo y administrativo que labora en empresas de transporte público de pasajeros.
ElectromovilidadVehículos eléctricos y Vehículos híbridos.
RentaVehículos de las compañías de renta de vehículos (autorizadas por la ANT).
ServiciosProvisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios; Laboratorios y toma de muestras en casa; Servicios exequiales y de personal que labora en los mismos; Servicios de Courier, conductores y repartidores (uniformados y con credencial); Servicio de Delivery a través de plataformas; Servicios bancarios y financieros; Abastecimiento de alimentos.
Sectores EstratégicosEnergía en todas sus formas; Telecomunicaciones; Recursos naturales no renovables; Transporte y la refinación de hidrocarburos (gas, gas natural, combustibles y petróleo); Biodiversidad; Patrimonio genético; Espectro radioeléctrico; Agua; Los demás que determine la ley (con acreditación del sector del ramo).
Movilización de AutoridadesPresidente y Vicepresidente de la República; Asambleístas; Prefectos; Alcaldes y Concejales; Miembros de GAD’s parroquiales; Cuerpo Diplomático, Consular y Organismos Internacionales.
Servidores de la Salud Pública y PrivadaServicios de Salud de la Red Pública Integral; Servicios de Salud de la Red Privada Complementaria; Médicos; Tecnólogos médicos; Enfermeras/os (Deberán acreditar su condición con la presentación de credencial o documento oficial).
Seguridad Pública, Servicios de Emergencia, Agencias de Control y Asistencia SocialPolicía Nacional, Fuerzas Armadas; Agencias Nacionales de Control; Agentes de Control Penitenciario; Servicio Nacional de Gestión de Riesgos, Emergencias y Gestión de Riesgos Municipal e instituciones afines; Servicio Nacional de Medicina Legal, Ciencias Forenses y Criminalística; Sistema Integrado de Seguridad ECU911; Cuerpo de Bomberos; Agencias Metropolitanas de Control; Vehículos operativos de la red de Salud, destinados a la atención de emergencias; Vehículos de Servicios de emergencia vial.
Seguridad PrivadaTransporte de valores y Compañías de seguridad privada y/o guardianía (Autorizadas por el Ministerio del Interior)
Servidores Públicos (cuando no estén en modalidad de teletrabajo)Ministros y Secretarios de Estado; Función Judicial; Función Legislativa; Corte Constitucional; Contraloría General del Estado; Defensoría Pública; Defensoría del Pueblo; Fiscalía General del Estado; Procuraduría General del Estado; Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES, Ayuda Humanitaria) Vehículos Institucionales a cargo de brindar servicio en Centros de Atención Residencial; (exclusivamente para la realización de actividades directamente relacionadas con ayuda humanitaria). Ministerio de Educación Vehículos Institucionales encargados de la distribución de alimentación escolar y de asistencia a estudiantes en su hogar que cuente con la respectiva certificación de la institución educativa a la que pertenecen.
ProfesionalesAbogados acreditados por el foro de Abogados de Consejo Nacional de la Judicatura o un Colegio de Abogados; Periodistas de medios de comunicación social de radio, televisión, escritos y digitales que se movilicen con credencial profesional vigente y trabajadores de los medios de comunicación.
Personas con discapacidad y adultos mayoresPersonas con discapacidad (carnet CONADIS o del Ministerio de Salud Pública); Adultos mayores (cédula); Personas con Enfermedades catastróficas y/o raras, que tengan un certificado médico y/o del centro donde realicen su tratamiento. Personas que recibirán vacunas contra el COVID-19 dentro del Plan Nacional de vacunación.
Sector productivo (Personas Jurídicas - Empresas)Agricultura, Agro-pecuario, ganadería, pesquero y acuícola; Industrial; Construcción; Comercial; Turismo; Sector exportador con toda su cadena logística; Trabajadores del sector productivo (Los documentos habilitantes serán RUC, RISE, Guía de remisión o credencial).
Servicios PúblicosVehículos públicos institucionales o que prestan servicio a dichas instituciones bajo la modalidad de contrato de las entidades que realicen trabajos de: Agua potable, alcantarillado y/o saneamiento; Biodesechos y desechos infecciosos hospitalarios; Recolección de basura; Mantenimiento y señalización vial; Servicios básicos (luz, agua, internet y telefonía)
Revisión Técnica VehicularLos vehículos que cuenten con cita para Revisión Técnica Vehicular podrán circular el día agendado por la Agencia Metropolitana de Tránsito, presentando el comprobante de pago y la cita impresa.

Todos los vehículos de este cuadro no requieren la obtención de salvoconductos. Para el respectivo control de dicha excepción, los agentes civiles de tránsito de la AMT constatarán que la persona que se encuentra en una de las excepciones establecidas esté en el vehículo en calidad de conductor o siendo pasajero del mismo, y verificará que porten los habilitantes tales como RUC, RISE, guía de remisión o credencial, según corresponda.

Salvoconductos

Los salvoconductos volverán a funcionar durante el horario del plan “Hoy no circula”. Además, la emisión de nuevos salvoconductos estará restringida únicamente para:

  • Citas médicas (2 citas por semana y caducidad de 1 día).
  • Traslados al aeropuerto (caducidad un día).
  • Turismo: para establecimientos de alojamiento, registrados y validados por Quito Turismo (caducidad máximo 15 días).
  • Turismo: para establecimientos de alimentos y bebidas registrados y validados por Quito Turismo (caducidad máximo 2 días).
  • Traslado de vehículos nuevos sin placa (1 día, solo concesionarios autorizados y validados por AEADE y ensambladoras validadas por la CINAE).
  • Actividades económicas de personas naturales con RUC activo (máximo 2 salvoconductos y validez de 180 días).
  • Actividades económicas de personas jurídicas (solo podrán reemplazar los salvoconductos anteriormente emitidos y tendrán validez de 180 días).

Desde el Municipio de Quito informaron que estas medidas podrán cambiar según los informes epidemiológicos. También solicitaron a la ciudadanía continuar cumpliendo con las medidas de bioseguridad y evitar aglomeraciones que aumenten el riesgo de contagio de COVID-19. (I)