De las catorce personas procesadas por el delito de peculado que habría ocurrido dentro de la Secretaría de Salud del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (DMQ) en la compra de 100.000 pruebas para detectar COVID-19, para la Fiscalía once tendrían la calidad procesal de coautoras, dos serían autoras directas y solo el alcalde de Quito, Jorge Yunda, como autor mediato.

El fiscal provincial de Pichincha, Albert Santillán, quien ejerce la acusación directa contra los investigados, cree que los trece funcionarios y exfuncionarios del DMQ y un empresario procesados están relacionados con las supuestas irregularidades en el contrato de $ 4,2 millones suscrito por el Municipio de Quito y la empresa Salumed S. A. para adquirir 100.000 pruebas para detectar COVID-19-Polimerasa.

Lenin Mantilla recibe orden de prisión preventiva por el delito de peculado relacionado con la adquisición de pruebas PCR para COVID-19 en el Municipio de Quito

La teoría de la Fiscalía apunta a que Salumed no entregó pruebas PCR-Polimerasa sino pruebas Isopollo COVID-19 con tecnología RT Lamp, las cuales tendrían una diferencia respecto a la sensibilidad y la especialidad para detectar el virus. “La empresa no cumplió con el objetivo del contrato y los procesados, pese a esto, recibieron el producto y lo usaron durante la pandemia”.

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En la investigación se habría definido que a pesar de los incumplimientos, se finiquitó el contrato de mutuo acuerdo, cuando, según la Fiscalía, se debía terminar de forma unilateral el contrato, ejecutar las garantías y declarar a Salumed S. A. proveedor incumplido. Esta disposición arbitraria de dinero público habría causado un perjuicio económico al Municipio de Quito, afirma Santillán.

La Fiscalía ve en este caso a Jorge Yunda como un autor mediato del delito de peculado. Desde el 17 de febrero pasado el alcalde capitalino tiene la orden de usar un dispositivo electrónico de vigilancia (grillete electrónico).

En cambio, como autores directos en esta causa estarían Lenín Mantilla, exsecretario de Salud del DMQ, y Juan Alejandro Vinelli, gerente de la empresa Salumed S. A. Ambos son vistos como prófugos de la justicia, pues desde el 13 de noviembre pasado que recibieron una orden de prisión preventiva no se han entregado a la justicia o han sido detenidos por agentes policiales.

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Finalmente, once personas son definidas como coautoras, según Fiscalía. Entre ellas Ximena Abarca, secretaria de Salud del DMQ; Linda Guamán, coordinadora técnica de la Secretaría de Salud del DMQ; Daysi H., administradora del contrato; y Jéssica Cárdenas, analista de contratación.

También Érick A., excoordinador jurídico de la Secretaría de Salud; Marco R., excoordinador jurídico de la Secretaría de Salud; Simón V., responsable de laboratorio UMS-SS; Enrique B., director metropolitano de gestión de la Secretaría de Salud-Comisión Técnica; Diego S., coordinador de medicamentos y dispositivos médicos de la Secretaría de Salud; Iván M.; responsable del estudio de mercado e informe de necesidad de la Secretaría de Salud; y José M., responsable del estudio de mercado de la Secretaría de Salud.

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Dos testimonios anticipados se escucharán a 15 días de que se cierre la instrucción fiscal por un peculado en el que es investigado el alcalde Jorge Yunda

La defensa de la secretaria Abarca, Nicolás Salas, dijo que espera que en esta audiencia “regrese la racionalidad al presente proceso penal” .

“Ximena Abarca, secretaria de Salud del Municipio de Quito, está siendo procesada y se intenta llamarla a juicio por cumplir con la ley. La Fiscalía no termina de entender que un supuesto incumplimiento de contrato no es peculado. El delito de peculado no se puede consumar o no se puede cometer en la etapa de ejecución”, dijo Salas.

El abogado reconoce que cumpliendo con la ley Abarca permitió el término del contrato por mutuo consentimiento con la empresa Salumed, únicamente, aclara, buscando términos más favorables para los fondos del Estado.

Además, apuntó, en el supuesto no consentido de que haya existido un incumplimiento de carácter contractual, la disposición 19 transitoria de la Ley de Apoyo Humanitario expresamente impedía que Ximena Abarca pueda dar por terminado de manera unilateral el contrato. “Este simple argumento da de baja la pretensión punitiva de la Fiscalía”, refirió Salas. (I)

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