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Experiencia de al menos cinco años, una de las reformas en el borrador de nuevo reglamento para casas de acogida y centros de atención a víctimas de violencia en Ecuador

Desde este 10 hasta el 18 de enero, Secretaría de Derechos Humanos difunde propuesta a organizaciones que reciben y atienden a mujeres que han sido maltratadas.

El año pasado se dieron varias actividades, como casas abiertas, para promover la prevención de la violencia de género y los servicios que ofrecen organizaciones para ayudar a mujeres, víctimas de agresiones.

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Al menos cinco años de “experiencia específica en temáticas de violencia basada en género hacia las mujeres”, así como cinco años de “experiencia general en proyectos de desarrollo social” son dos de los seis requisitos mínimos con los que deberán contar los llamados centros de atención integral y casas de acogida que atienden y reciben a víctimas de violencia de género como las mujeres y sus hijos.

Se suma también la experiencia que deberán demostrar en asesoría a instituciones y organizaciones en temáticas referentes a la violencia de género, así como la infraestructura y el equipamiento adecuado para prestar una atención integral. Adicionalmente, están las “alianzas estratégicas en redes relacionadas con las temáticas de erradicación de la violencia” y los datos generales de la organización social (como estatuto, el representante legal o RUC y Registro de Directiva).

Estos requisitos mínimos constan en el proyecto o borrador del llamado Reglamento de Procedimiento de Selección, Suscripción de Convenios y Funcionamiento de Centros de Atención Integral y Casas de Acogida para el Fortalecimiento de la Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género en Ecuador, que difunde la Secretaría de Derechos Humanos y que fue subido o cargado en su página web (www.derechoshumanos.gob.ec) al mediodía de este 11 de enero.

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La Secretaría de Derechos Humanos, que tiene a cargo la regulación y el control del funcionamiento de las casas de acogida y centros de atención para las víctimas de violencia en el país, según la legislación ecuatoriana, comenzó con su personal a entregar a nivel nacional el borrador de este proyecto a las organizaciones que atienden y alojan a mujeres víctimas de maltratos y a sus familias (hijos). El proceso de difusión de esta nueva normativa será hasta el 18 de enero, según la entidad. Y arrancó el lunes 10.

Con esto, los centros y casas que quieran brindar su apoyo en la lucha contra la violencia de género en Ecuador podrán presentar sus propuestas para los nuevos convenios y funcionamientos.

A finales del 2021, activistas a favor de los derechos de la mujer expusieron, sobre todo en redes sociales, su preocupación porque al cierre del 2021 supuestamente no se garantizaban desde el Gobierno ecuatoriano los “presupuestos suficientes y eficientes” para los centros y casas que atienden a las víctimas de la violencia intrafamiliar y de género. Incluso se habló de posibles cierres de estos lugares ante la falta de recursos económicos para continuar con la atención gratuita a la ciudadanía.

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Pero la tarde del 28 de diciembre último, la Secretaría de Derechos Humanos publicó un comunicado en el que indicaba que hasta esa fecha se habían cancelado todos los valores del 2021 a los centros de atención integral y a las casas de acogida que tenían un convenio suscrito con la entidad.

Sistema para prevenir violencia de género solo servirá si se asigna presupuesto completo; si dan servicios suficientes y protocolos claros, sin revictimización, dicen defensores de DD. HH.

En aquel comunicado también se anunciaba que el presupuesto del 2022 ya estaba adjudicado y que solo estaba pendiente dar a conocer la fecha para la convocatoria pública para la suscripción del nuevo convenio con los centros de atención y casas de acogida.

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Luego, el 3 de enero del 2022, la entidad indicó que comunicaron “de forma verbal y escrita a las organizaciones sociales que contaban con el presupuesto para la transferencia de recursos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo (de este año)”.

Y que a la par ya difundían las reformas al reglamento y modelo de atención (borrador que se publicó por completo este 11 de enero). Ahí se agregó que la entidad hará una convocatoria abierta para que todos los centros de atención integral y casas de acogida presenten sus propuestas.

“El presupuesto para los convenios (solo con las casas y centros) este 2022 supera los $ 2 millones, mismo que será entregado bajo criterios técnicos a las organizaciones civiles con experiencia en atención y acogimiento a mujeres sobrevivientes de violencia”, se enfatizó.

El 7 de enero último, Bernarda Ordóñez Moscoso, secretaria de Derechos Humanos, anunció que ese día firmaron 21 convenios con centros de atención integral y casas de acogida para garantizar la atención durante este primer trimestre. Ella expuso también que ya se había reformado el reglamento que iba a ser difundido con las organizaciones y que se trabajaba en prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas.

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Ordóñez también publicó, en sus redes sociales, que era la primera vez que el Gobierno aumentó a $ 24 millones el presupuesto para trabajar en prevención, entre el 2022 y 2025, desde que en Ecuador existe la Ley Para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, vigente desde febrero del 2018.

En el borrador de este reglamento también se indica que las organizaciones sociales, como se consideran a los centros de atención integral y a las casas de acogida en Ecuador, deben presentar un equipo técnico que estará conformado al menos por un administrador, un abogado, un psicólogo y un trabajador social.

Los centros de atención integral y las casas de acogida para las víctimas de violencia de género deberán tener un equipo técnico conformado al menos por un administrador, un abogado, un psicólogo y un trabajador social. Foto: Archivo/EL UNIVERSO

Los perfiles, aptitudes y funciones de este equipo técnico están también detallados en los anexos de este borrador de reglamento que tiene en total 53 páginas, y donde constan también las obligaciones que deben tener estos centros y casas de acogida; los lineamientos y condiciones mínimas para su funcionamiento; la atención a dar; las rutas y protocolos; los rubros financiados por la Secretaría de Derechos Humanos, entre otros.

Ahí, a las casas de acogida se las define como “personas jurídicas nacionales de derecho privado sin fines de lucro, que brindan servicios de protección, atención integral y especializada, desde enfoques de género, derechos humanos, interculturalidad, intergeneracionalidad, integralidad e interseccionalidad, a las mujeres, a sus hijas e hijos hasta los 12 años de edad, en situación de violencia intrafamiliar”.

A los centros de atención integral se les considera también personas jurídicas nacionales de derecho privado sin fines de lucro, “que brindan servicios de atención integral e interdisciplinaria (legal, psicológica y social) a niñas, niños, adolescentes y mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o sexual”.


Obligaciones de casas de acogida y centros de atención, según proyecto

El artículo 41 del proyecto habla de las obligaciones de los centros de atención integral y de las casas de acogida a víctimas de violencia durante los convenios. Son 21 en este apartado, sin contar otras exigencias dispuestas en el borrador de este reglamento, publicado este 11 de enero. Aquí, parte de estas exigencias:

  • Salvaguardar a víctimas. Precautelar la vida e integridad de mujeres víctimas de violencia, y de los niños y adolescentes que estén bajo protección de las casas de acogida.
  • Atención integral. Brindar atención integral a víctimas de violencia de género de manera gratuita y oportuna. Las casas de acogida atenderán las 24 horas, los siete días a la semana, mientras que los centros integrales atenderán de lunes a viernes, ocho horas diarias, además de los casos emergentes en cualquier momento.
  • Remuneraciones. Contratar y realizar los pagos de remuneraciones y demás beneficios legales a los profesionales que presten sus servicios para la atención integral a las víctimas.
  • Presupuestos. Ejecutar de forma adecuada todos los rubros establecidos en la Guía Técnica para la Presentación de Propuestas.

196 mujeres asesinadas de forma violenta en Ecuador en este 2021; grupos piden declarar alerta roja ante alza de femicidios, a propósito de fecha internacional

  • Cumplimiento de roles. Garantizar que el equipo de trabajo designado cumpla sus funciones en los centros o casas de acogida, así como los objetivos de acuerdo con la propuesta presentada y aprobada por la Secretaría de Derechos Humanos.
  • Darán capacitaciones. Los profesionales del centro o casa de acogida impartirán talleres, capacitaciones, conferencias, seminarios y realizarán actividades de promoción y sensibilización en temas de violencia y género, derechos humanos, interculturalidad y violencia, entre otros; o temas relacionados a la restitución de los derechos de las víctimas. Estos eventos estarán dirigidos a la ciudadanía, organizaciones de la sociedad civil y a víctimas de violencia.
  • Cambios de personal. Informar al administrador del convenio en caso de que existan cambios de profesionales y proceder a la sección del nuevo profesional con base en los perfiles establecidos en el reglamento.
  • Cumplir oferta. Ejecutar todas las actividades, según el cronograma y presupuesto que conste en la propuesta.
  • Recursos. Reportar las acciones realizadas para la ejecución de la propuesta aprobada, así como el uso de recursos.
  • Registro. Levantar y registrar toda la información acerca de la atención brindada a las usuarias de los centros de atención integral y de las casas de acogida, conforme a los lineamientos de la Secretaría de Derechos Humanos.
  • Respaldos. Reportar obligatoriamente y entregar los respaldos económicos correspondientes a la Secretaría de Derechos Humanos, a través del administrador del convenio, durante los cinco primeros días del siguiente mes, informe de cobertura de atención, técnico y financiero se lo realizará conforme a los formatos de la Secretaría...
  • Informes. Presentar informes mensuales de cobertura de atención, técnico y financiero a la Secretaría de Derechos Humanos, a través del administrador del convenio, también en los cinco primeros días del siguiente mes, en el cual se adjuntarán los respaldos económicos de los valores ejecutados.
  • Devolver recursos. Restituir a la Secretaría de Derechos Humanos los recursos económicos que no fueron ejecutados ni justificados, sin perjuicio de responsabilidades administrativas, civiles y penales que pueda determinar el ente de control por mal manejo de recursos públicos asignados, dice el artículo 41, entre otros que están en el proyecto que se puede descargar en este link: https://www.derechoshumanos.gob.ec/wp-content/uploads/2022/01/PROYECTO-DE-REGLAMENTO-2021-CASAS-Y-CENTROS-REVISION-FINAL.pdf que está también en la web de la Secretaría de Derechos Humanos. (I)

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