En el momento de viajar siempre es práctico contar con movilización propia, sobre todo con el auge de la tecnología, que hace muy fácil moverse de un sitio a otro sin necesidad de conocer el lugar o tener mayores referencias. Pero, antes de poner el pie en el acelerador en el extranjero, es conveniente conocer las leyes vigentes, seguros por siniestros, los límites de velocidad, costos de peajes y —sobre todo— si la licencia nacional es válida en el sitio que se visita.

También hay que tomar en cuenta el tipo de ciudad para analizar si es factible moverse en auto particular (propio, alquilado). Por ejemplo, no es lo mismo circular en la ciudad de Nueva York que en Miami o en el resto del estado de Florida, en EE. UU., esto por las diferencias en el tráfico y las opciones de movilización.

Reciprocidad

Sobre el uso de la licencia de conducir emitida por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) en otros territorios, la entidad de tránsito se basa en el artículo 137 del Reglamento a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

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Este artículo indica que “los extranjeros que ingresen al país con visa de turista, o al amparo de cualquier visa de no inmigrante, podrán conducir con las licencias emitidas en sus países de origen, durante todo el plazo de estadía que su condición migratoria se lo permita, pero en ningún caso por más de seis meses contados desde su ingreso al país. Los extranjeros que ingresen al país con visa de inmigrante, podrán también conducir con las licencias emitidas en sus países de origen, hasta por un plazo máximo de seis meses contados desde la fecha en que hubieren ingresado al país”.

Así, la ANT señala que, por regla general —y por un sentido de correspondencia—, los ciudadanos portadores de una licencia ecuatoriana pueden conducir con ella en los países que visiten en calidad de turistas, por un máximo de seis meses.

Homologación de las licencias

Por otro lado, la entidad rectora del tránsito en Ecuador detalla que el país mantiene convenio bilateral de homologación de licencias con España, Venezuela y Corea del Sur. En este caso, el ciudadano ecuatoriano puede homologar su documento con uno similar emitido en esos países mencionados. De igual manera, las licencias españolas, venezolanas y coreanas pueden ser homologadas por su similar en nuestro territorio.

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Permiso internacional

Además, existe el permiso internacional para conducir (PIC). La ANT detalla que este documento es aceptado en prácticamente todos los países del mundo, y permite conducir normalmente siempre que el ciudadano porte su licencia de conducir ecuatoriana vigente.

El PIC, emitido en siete idiomas, está amparado en la convención sobre la circulación por carretera del 19 de septiembre de 1949, de la que el Ecuador es partícipe. La norma señala que el PIC es “válido en los territorios de todos los Estados Contratantes, con excepción del Estado Contratante que ha expedido este permiso, durante un año a partir de la fecha de su expedición, y para la conducción de los vehículos pertenecientes a la clase o clases designadas en el mismo”.

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Requisitos para solicitar el PIC

  • Licencia de conducir ecuatoriana vigente.
  • Original del documento de identificación.
  • Dos fotos tamaño pasaporte con fondo blanco.
  • Original del comprobante de pago.

Proceder al trámite

- Proceso en línea

- Proceso presencial

  • Generar orden de pago en la página web de la ANT.
  • Pagar el valor del trámite en los puntos de pago autorizados ($ 127).
  • Obtenga un turno en la ANT.
  • Entregue la documentación y recibo de pago realizado.
  • Actualización de datos y validación de pagos.

El trámite se realiza en la matriz de la ANT en Quito, así como en las direcciones provinciales a nivel nacional, de lunes a viernes, de 08:00 a 16:45. (I)