Este miércoles 10 de agosto de 2022 se conmemoran los sucesos políticos del año 1809, cuando un grupo de sublevados en Quito formó una junta de gobierno provisional en apoyo al depuesto rey de España, Fernando VII, jornada llamada ‘Primer Grito de Independencia’.

En todo caso, este miércoles las actividades en el sector público y privado se mantendrán de forma ordinaria, ya que el día de descanso obligatorio nacional será trasladado al viernes 12.

De acuerdo a la Ley, si un feriado cae en sábado, el descanso obligatorio pasará al viernes anterior, y si es domingo, al lunes siguiente. Si cae martes, el feriado se traslada al día lunes previo.

Publicidad

Además, los feriados que sean en miércoles o jueves, se trasladarán al viernes de esa semana. Se exceptúan fechas como Carnaval, Navidad y Año Nuevo.

Cuando existan feriados locales o nacionales en dos días seguidos, estos corresponderán a lunes y martes o jueves y viernes.

No recuperable

Tenga en cuenta que este descanso obligatorio no es recuperable, sin embargo las instituciones, entidades y organismos del sector público tendrán que contar con el personal mínimo para satisfacer las demandas de la colectividad.

Publicidad

De esta manera, se garantizará la provisión de servicios públicos básicos de agua potable, energía eléctrica, salud, bomberos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y servicios bancarios.

Así también, la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo establece las acciones para aquellas industrias o labores del sector privado que _por su naturaleza y condición manifiesta_ no puedan interrumpir sus actividades durante los días de descanso obligatorio.

Publicidad

En este caso, se deberá designar otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores. Caso contrario, deberán pagar a sus trabajadores la remuneración que corresponda, con el correspondiente recargo por trabajo extraordinario.

Es decir, las personas que laboren en estos días y que no quieran tomar el descanso en una fecha posterior, tendrán que cobrar el 100% de recargo, por ser de carácter extraordinario, según lo establece el artículo 55 del Código del Trabajo.

En Ecuador anualmente se cuenta con 11 días de descanso porque rige la Ley de Feriados desde el año 2016, la que determina los días de descanso obligatorio para todos los ecuatorianos. Esos días corresponden a los feriados a nivel nacional y un día más de las fiestas cívicas locales, es decir, 12 cada año en cada provincia. (I)

Feriados nacionales 2022

Foto: Ministerio de Turismo