El jueves 1 de julio el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) emitió su fallo de absolución sobre el pedido de consulta de Jorge Yunda respecto a lo actuado en el proceso de su remoción.

Con tres votos favorables y dos votos concurrentes se ratificó la remoción del alcalde de Quito, resuelta por el Concejo Metropolitano el pasado 3 de junio.

Cuatro argumentos principales fueron los que presentó la defensa de Yunda sobre posibles errores cometidos en dicho proceso, los que fueron analizados y absueltos al decidir que no se violó ningún artículo de lo establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad).

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TCE ratificó la remoción de Jorge Yunda como alcalde de Quito

El primero, referido a que en las razones de su remoción se denuncia de violentar el derecho de la participación ciudadana al no convocar a una rendición de cuentas. Yunda sostiene en el documento que sí realizó la misma de forma telemática.

El segundo argumento manifestó que el Concejo Metropolitano está conformado por 21 concejales y el alcalde, “que además goza de voto dirimente, esto es, son 22 autoridades”. Por ello, aducían que se violentó al aprobar dicha remoción con 14 votos y los dos tercios necesarios para la aprobación constituía en 15 votos de los 22.

El constitucionalista Ismael Quintana explicó que los argumentos no tuvieron sustento jurídico, que la ley del Cootad claramente establece que el denunciado no forma parte de los integrantes, en este caso no eran 22 sino 21.

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El tercer argumento que se envió al TCE se enfocó en la principalización de Paulina Izurieta, concejala alterna de Mario Granda quien había sido internado a una unidad de cuidados intensivos (UCI) por COVID-19 y falleció el 30 de junio.

Según las declaraciones de Jorge Yunda en distintos medios de comunicación la actuación de la concejala fue de manera ilegal. “Esto produjo un evidente fraude procesal que llegó inclusive a que la concejal alterna ejerza un derecho al voto que no le correspondía”, dice el documento. Sin embargo, el TCE también desechó este argumento al contar con la documentación necesaria.

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Finalmente, el cuarto argumento de Yunda denunció que “no existe constancia alguna de la existencia del secretario general titular del Concejo”. La actuación de Damaris Ortiz, encargada de dicha Secretaría, no tendría validez. Sin embargo, el constitucionalista Ismael Quintana explicó que la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) establece que la secretaria podía actuar con igual validez que la del secretario titular.

Entre otros argumentos que tuvo este pedido de consulta se reclamó que las convocatorias a sesiones ordinarias y reinstalación de la Comisión de Mesa no respetaron las acciones que establecían en el orden del día de sus reuniones. También, la elaboración ilegal de documentos que fueron ingresados a un trámite de naturaleza pública, refiriéndose nuevamente a la principalización de Izurieta.

Ante todos estos argumentos, el documento de 82 páginas explica que no se violó el debido proceso desde el ingreso de la denuncia de Carolina Moreno, el pasado 22 de abril; hasta la resolución del Concejo Metropolitano con su remoción del cargo, la madrugada del 3 de junio. (I)