Los trabajadores en relación de dependencia deben presentar este mes de enero su proyección de gastos personales para obtener una rebaja en el impuesto a la renta que corresponde al 2023 y así definir cuánto se le descontará del sueldo mensual desde este mes por este impuesto.

Hubo un cambio. “Hay dos situaciones, el que gana más y el que gana menos. El que gana más puede tener una reducción inferior y el que gana menos tiene una reducción mayor, para que el que no gana tanto tenga un pago menor del impuesto a la renta y el que sí gana un poco más tribute un poco más, es por principio de progresividad”, indica el director Zonal 8 del Servicio de Rentas Internas (SRI), Carlos Marín, y explica quiénes tienen que presentar proyección de gastos personales.

Las personas naturales con ingresos mayores a $ 11.722 al año tienen la obligación de presentar la declaración de impuesto a la renta. Luego se deben deducir los gastos para saber si efectivamente hay impuesto por pagar. Es aquí donde interviene esta rebaja o reducción por gastos personales.

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Tope de gastos personales será de $ 5.344,08 para aplicar a rebaja en el impuesto a la renta

Una persona en relación de dependencia para calcular el impuesto a la renta toma todos sus ingresos gravados con el impuesto: sueldo, salarios, sobresueldos, comisiones, 15 % de participación de los trabajadores de las utilidades, todos los ingresos que percibe el empleado, excepto lo que la ley establece que no tributan: decimotercero, decimocuarto, fondo de reserva, eso no forma parte de la base imponible, pero el resto de ingresos, todo lo que percibe el empleado, forma parte de esta base del impuesto a la renta.

A estos ingresos se les resta el aporte personal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Si el resultado es un monto superior a los $ 11.722 que es la fracción básica desgravada para este 2023 entonces tendría que tributar impuesto a la renta. Es ahí cuando el trabajador utiliza sus gastos personales para aplicar a una rebaja y son ellos los que deben presentar la proyección de gastos.

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Ingresos que están gravados:

  • Sueldo
  • Horas extras
  • Comisiones
  • Bonos
  • Antigüedad
  • 15 % de las utilidades

Ingresos que no están gravados:

  • Decimotercer sueldo
  • Decimocuarto sueldo
  • Fondos de reserva
  • Indemnizaciones por despido intempestivo en el monto que establece el Código de Trabajo, si establece por ejemplo $ 50.000 esos están exentos, pero si el empleador indemniza con $ 51.000, esos mil dólares pasan a los ingresos gravables.

¿Cómo funciona la rebaja?

El trabajador debe presentar a su empleador el formulario SRI GP, en el que se detalla lo que piensa gastar por concepto de salud, vivienda, educación, vestimenta, alimentación, arte, cultura y turismo, todos esos son los rubros que se pueden usar para pagar menos impuesto a la renta.

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El formulario con la proyección de gastos personales se debe presentar hasta el 31 de enero para aplicar a la rebaja de impuesto a la renta. Foto: Gisella Ronquillo

En este formulario (aquí puede descargarlo) se hace un cálculo que en el mismo formulario que está en la página del SRI consta cómo hacerlo:

En el casillero de ingresos proyectados se anotan los ingresos brutos. Aquí no se hacen excepciones, van sumados los ingresos brutos gravados y también los exentos, pues esto es solo para calcular la rebaja y no para calcular el monto de impuesto a pagar. Esa suma de los ingresos brutos es la pauta para saber cuánto puede tener de rebaja.

  1. Si los ingresos brutos son mayores a 2,13 la fracción básica desgravada de $ 11.722, es decir, que si gana al año más de $ 24.967,86 tiene derecho a usar una rebaja del 10 %. Ese porcentaje se aplica al valor presentado como gastos personales o al valor de siete canastas básicas que son $ 5.344,08, el que sea menor, es decir que el tope de rebaja es de $ 534,41. Por ejemplo: si una persona gana $ 50.000 y quiere proyectar $ 10.000 de gastos personales para tener 10 % de rebaja sobre esos $ 10.000, es decir, reducir $ 1.000 en su impuesto, no puede hacerlo porque el máximo en este caso es $ 534,41 de rebaja.
  2. Los que ganan menos de $ 24.967,86 al año puede reducir de su impuesto el 20 % de la misma manera: el valor menor entre sus gastos personales proyectados y siete canastas. Por ejemplo: para una persona que gana $ 20.000 y quiere proyectar $ 4.000 en gastos personales, su rebaja es del 20 % que equivale a $ 800. Pero si quiere proyectar $ 10.000 en gastos ya no puede deducir el 20 % de ese valor, sino el 20 % del máximo de siete canastas, es decir, que su tope de rebaja es de $ 1.068,82.

En los casilleros de los gastos proyectados se coloca el monto que se estime gastar en:

  • Gastos de vivienda
  • Gastos de educación, arte y cultura
  • Gastos de salud
  • Gastos de vestimenta
  • Gastos de alimentación

Ya no hay límites para cada uno de estos gastos. Antes los había, pero ahora el límite está en la rebaja. En estos casilleros puede anotar gastos de cualquier valor. “Usted puede poner lo que le parezca, pero es en este último casillero (Rebaja de impuesto a la renta por gastos personales proyectos) donde solo podrá poner máximo: $ 534,41 o $ 1.068,82″. Pero hay que tener en cuenta que si solo pone $ 4.000 de gastos va a poder reducir el 10 % o el 20 % de eso, esto es $ 400 u $ 800.

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También se puede anotar un solo gasto, como por ejemplo en educación $ 6.000, y ese es suficiente porque completa el tope establecido para este 2023 que es de $ 5.344,08 (siete canastas básicas). O también desglosar $ 1.000 o $ 2.000 en gastos de alimentación, vestimenta u otros.

Marín recuerda que en la práctica las personas que ganan hasta $ 1.750 de sueldo no van a pagar impuesto a la renta si usan la rebaja con la presentación de sus gastos personales.

Carlos Marín es director zonal 8 del Servicio de Rentas Internas (SRI). Asumió ese cargo en diciembre del 2022 y tiene 19 años en la institución. Foto: María Teresa Martínez

¿Qué pasa si no entrega el formulario de proyección de gastos a su empleador?

La normativa vigente indica que el formulario se debe entregar inicialmente en enero, pero si no se lo hace en este mes puede entregarlo en julio o en agosto para que el empleador recalcule el impuesto.

Marín explica que esto se da porque el trabajador puede cambiar la proyección de gastos personales, si pensaba gastar $ 3.000 en salud, por ejemplo, y luego se enfermó y así la situación cambió. El empleador debe recibir esa proyección. El formulario también se puede presentar en cualquier mes si al trabajador recibe un aumento de sueldo.

Esto se sustenta en la Resolución NAC-DGERCGC22-00000018 que reformó resoluciones anteriores y que rige tras su publicación en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 60 del 11 de mayo del 2022, y en la que se indica que “cuando en el transcurso del ejercicio fiscal se produjeran cambios en las remuneraciones, ingresos exentos o en la proyección de gastos personales del trabajador, el empleador efectuará la correspondiente reliquidación para efectos de las futuras retenciones mensuales. En el caso de que el empleado considere que su proyección de gastos personales será diferente a la originalmente presentada, podrá entregar a su empleador, en los meses de julio o agosto, un nuevo documento para la reliquidación de las futuras retenciones que correspondan”.

“Este nuevo documento también podrá ser presentado en cualquier mes del ejercicio fiscal, siempre que los cambios de la proyección obedezcan a un incremento en el sueldo o salario del trabajador, o ingresos exentos con el empleador que efectúa la retención o con los otros empleadores, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la presente resolución; o, cuando los gastos personales proyectados previamente sean inferiores a los que efectivamente se estime efectuar”, refiere dicha resolución.

¿Qué pasa si no presenta el formulario en ningún mes y le retienen todo el año?

Puede presentar la declaración y ahí reflejar los gastos personales para solicitar una devolución. Es automático, el empleador reporta sus ingresos, aportes al IESS y gastos personales si los presentó, pero si no lo hizo en febrero -cuando se deben presentar los anexos de gastos personales- puede incluirlos y en ese anexo el SRI le calcula la reducción y le sale el saldo a favor. (I)