Napoleón Santamaría, experto en temas tributarios, explica las mejoras que se podrían hacer en la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal vía reglamento. La ley difícilmente podría ser derogada y, más bien, podría ser reformada en la Asamblea, sostiene. Adicionalmente considera que la carga fiscal para personas apenas se está igualando a la media de la región. Pero además explica que el ajuste fuerte que hay en el impuesto a la renta es una suerte de factura que ahora tenemos que pagar como sociedad, luego de los procesos de corrupción y gasto desmedido en el tiempo del correísmo.

¿Cómo queda la carga tributaria del Ecuador con respecto a otros países de la región con la vigencia de la Ley de Desarrollo Económico?

La carga fiscal en el Ecuador siempre estuvo por debajo de la media en América Latina. Con las nuevas tarifaciones, en cuanto a personas, va a subir. Pero la van a pagar personas naturales con relación de dependencia, pues a estas les retienen sus empresas. Hay informales que podrían pagar más, porque sus ingresos no son bajos, pero que no tienen quién les retenga; en eso se debería trabajar. En todo caso, sí va a subir la presión fiscal. Lastimosamente, alguien tiene que pagar la factura de la corrupción, del despilfarro y del hiperendeudamiento que hubo en el correísmo. En ese momento el país gastó como loco en burocracia, muchas obras innecesarias y con sobreprecio. Ahora hay que pagar.

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¿Es un ajuste justo, entonces, pero no deja de ser fuerte?

En el impuesto a la renta de las personas es un ajuste fuerte por algunas razones: primero, porque la persona ya tiene presupuestados sus gastos. Por ejemplo, ya tiene destinados $ 300 para el carro, $ 500 al banco, la escuela, salud. Entonces, ahora se le va a complicar, porque hay un desajuste. Lo que harán esas personas es cortar sus gastos en temas menos indispensables, como por ejemplo, ropa o viajes, sus vacaciones. Lo que hay que entender es que ese es el costo de la factura de los diez años de corrupción del correísmo. Muchos de los que se quejan ahora de que hay que pagar más eran acólitos de ese régimen. Lamento, vamos a tener que pagar más, y me incluyo. Pero sé que hay otras personas que tienen una situación más compleja y está bien que ellos no paguen.

Muchos sectores hablan de la derogatoria de la ley, ¿es posible?

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Esta norma ya es ley de la República y debe cumplirse, nos guste o no. Habrá que ver qué hacen los señores de la Asamblea. Pero al plantear la derogatoria solo están ocasionando que esta no se pueda reformar. Si consiguieran los votos para la derogatoria, esto pasaría a la Presidencia y seguramente el Ejecutivo la vetaría. Más bien deberían buscar reformar, enmendarse. No hay ninguna manera en el corto plazo para que deje de estar vigente. Puede haber demandas de inconstitucionalidad; pero sobre temas puntuales la Corte no suele pronunciarse sobre toda la ley, sino sobre ciertos artículos.

Desde el reglamento, usted ha dicho que se podría moderar la ley. ¿Qué se puede hacer?

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Hay temas de tarifas que son puntuales y sobre eso no hay nada que aclarar en el reglamento, y deben cumplirse desde ya. Por ejemplo, en las toallas sanitarias su tarifa del IVA bajó a 0 %. Quienes no lo estén cumpliendo deberían ser denunciados ante el SRI. Tampoco se puede aceptar que los vendedores le quieran entregar al cliente un producto extra a cambio del 12 %, los conocidos combos.

Sobre tarifas no se puede hacer nada pero ¿sobre las bases imponibles sí?

Sobre esto sí. En el art. 5, que habla sobre la contribución patrimonial, en el inciso final se indica que el reglamento a esta norma podrá crear mecanismos de descuento. Esto debería ser reglamentado en favor de quienes hayan hecho bien sus declaraciones, tengan sus impuestos al día, y esto se debe definir con la misma técnica jurídica. Esto para que se note que quienes sí cumplen tienen mejor tratamiento que quienes no declaran o quienes tienen glosas, entre otros.

Usted ha sugerido que ese reglamento debería tener la contribución de empresas grandes, mipymes y micro. ¿Cuáles serían los puntos por incluir?

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Sobre los micros, si ve el nuevo listado del SRI, son 760.000 micros. Estas micros son tiendas, pequeños emprendimientos. Pero en la ley no se dice qué pasa si viene otra pandemia, otro shock. Debe la ley contemplar casos excepcionales.

Hay personas que consideran que esta ley servirá para lavar activos, ¿es así?

Hay todo un capítulo de declaración de activos que no se habían declarado previamente en el Ecuador. Pero existen excepciones: no lo pueden hacer quienes hayan cometido robo, ni las familias de quienes cometieron ese delito, tampoco quienes hayan cometido delitos de narcotráfico, trata de personas, cohecho, concusión. Tampoco podrían acogerse a este tema los que están en listas del GAFI. Pero sí pueden acogerse los que han tenido negocios e ingresos pero no los declararon. Por ejemplo, ciertos abogados que cobraban a compañías y se hacían depositar afuera, o quienes tenían negocios en el exterior y no declararon. Es decir, quienes tienen dinero cuyo origen no es ilícito, aunque sus dueños sí tuvieron una conducta incorrecta. Lo que se consigue es que estos declaren y paguen una tarifa. Además, sobre estos bienes ya declarados se pagará la contribución del patrimonio y luego ya se regulariza el pago del impuesto a la renta. No es lavandería. Las personas que dicen esto no saben ver el bosque. Otros países lo hicieron y fue exitoso. En Argentina se lograron regularizar $ 110.000 millones.

¿Cómo queda el tema de los residentes fiscales a su entender?

Lo que la ley busca es acentuar un concepto: quien tiene ingresos en el Ecuador, casa en Ecuador, familia en Ecuador, inversiones sí debe tributar en el Ecuador, aunque no permanezca 183 días en el país. Esto, por ejemplo, en el caso de personas que se pueden denominar apátridas, que no viven los 183 días en Ecuador, pero tampoco en EE. UU. ni en Alemania. Pasan de un destino a otro y nunca computan los suficientes días para tributar en ninguno de los países. Estos se considerarían residentes fiscales del Ecuador. Esto también podría aclarase mejor en el reglamento. (I)