Las condiciones normativas y numéricas que rigen para el pago del salario digno hacen que este se haya convertido en una figura inviable desde hace varios años y que, en la realidad, nadie lo reciba. Así opinaron expertos consultados sobre el tema. Es que hace pocos días el Ministerio del Trabajo anunció que hasta el 31 de marzo está vigente el plazo para que las empresas o personas naturales obligadas a llevar contabilidad paguen una compensación a sus trabajadores o extrabajadores, en el caso de que durante el 2022 no hubiesen pagado mensualmente el denominado “salario digno”.

Sin embargo, hay varios factores que hacen que este salario se haya convertido en “letra muerta” o “en un saludo a la bandera”, dicen expertos laborales.

El primer factor viene por la forma de cálculo del salario digno. La idea es que el trabajador reciba al menos el equivalente a un salario digno mensual durante todo el año. Ese salario se calcula tomando en cuenta la canasta básica que determina el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), pero dividida para 1,6 perceptores (que se supone son los que trabajan en una familia tipo). Este año ese valor mensual está en $ 447,41.

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El valor del salario digno debe ser comparado con lo que realmente recibió el trabajador durante todo el año. Para calcular los ingresos de un trabajador, según la ley y el decreto MDT 2022 041 del 15 de marzo pasado, se deben sumar el sueldo mensual, las remuneraciones decimotercera y decimocuarta, comisiones variables que hubiese pagado el empleador, pago de utilidades y fondos de reserva. Todo esto se divide para 12 y se calcula lo recibido por el trabajador en un mes.

Empresas ya empezaron a pagar las utilidades del 2021 a sus trabajadores

Para Fabián Jaramillo, experto laboral, en un cálculo rápido solo si se sumaran el salario básico, las décimas remuneraciones y los fondos de reserva, se puede establecer que un trabajador que gana el salario mínimo recibió unos $ 500 mensuales, es decir, más que el salario digno que este año está establecido en $ 447,41. Por eso, asegura que nadie que trabaje bajo la ley puede recibir la compensación. En el caso de que alguien hubiese recibido menos, por efectos de una reducción de jornada, la propia norma dice que deberá recibir el proporcional.

Jaramillo dice que, por otro lado, la fórmula de cálculo de perceptores no corresponde a la realidad. Pues ahora que hay muchas más personas en el desempleo, la cifra de 1,6 personas que tienen un salario es irreal. Explica que cuando se creó el salario digno -hacia el 2009- pudo haber funcionado un par de años cuando los salarios eran bajos, pero ahora cuando ya subieron el salario digno quedó sin piso. “Actualmente es un saludo a la bandera”, asegura Jaramillo.

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En el mismo sentido, José Irigoyen, catedrático y experto en temas laborales, señala que una manera para que el salario digno pudiera tener nuevamente vigencia sería tal vez crear una canasta digna, diferente a la básica que es restrictiva. Tal vez entonces el salario digno subiría por encima de lo que actualmente se recibe. “Actualmente el salario digno se ha convertido en letra muerta, en una tomadura de pelo a la ciudadanía”, afirma.

Irigoyen recuerda que la categoría de salario básico fue creada por el gobierno de Rafael Correa con el fin de visibilizar lo que el trabajador recibía mensualmente.

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Al examinar los datos de las canastas básicas emitidas por el INEC, se nota su evolución. En diciembre del 2010, la canasta familiar llegaba a $ 544,71. Dichos costos, frente al ingreso familiar del mes $ 448 (que tomaba en cuenta 1,6 perceptores de remuneración básica) plantean una “restricción en el consumo de $ 96,71, esto es, del 17,75 % del costo”. En la actualidad, es decir para diciembre del 2021, el ingreso familiar tomando en cuenta el 1,6 de perceptores, fue de $ 746,67 lo que plantea un excedente en el consumo de $ 27,02 (3,75 %) del costo actual de la canasta familiar básica.

Adicionalmente, hay otros requisitos a cumplir para que las empresas estén obligadas a pagar. Uno de ellos es que las empresas que deben pagar ese salario lo deben hacer de las utilidades generadas. Si no hubo utilidades, tampoco hay opción de pago de compensación por salario digno. (I)