El presidente Guillermo Lasso emitió el decreto 457 destinado a la optimización del gasto público. Entre los temas que aborda está el pago de remuneración variable, horas extras, contratos ocasionales, reasignación de tareas, compra de pasajes, pago de celulares, vacantes, pago de viáticos, viajes, entre otros. Este nuevo decreto remplaza en su totalidad al decreto 137 del 1 de septiembre de 2017, que se había emitido en el gobierno de Lenín Moreno.

El decreto se aplica al sector público, incluidas empresas públicas, pero no a los Gobiernos autónomos descentralizados (GAD). Sin embargo, se los exhorta para que procuren la aplicación del mismo para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas.

El documento indica que la remuneración variable para el sector público que había sido suspendida por el anterior decreto será sujeta a estudios validados por el Ministerio del Trabajo.

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Además se indica que el personal de apoyo que existe en el sector público podrá ser reasignado para cumplir otras tareas. La idea es cumplir la regla del 70 % - 30 % (70 % personal profesional y técnico y 30 % administrativo o de apoyo). Además se indica que el Ministerio del Trabajo emitirá una normativa de supresión de puestos para el cumplimiento de la estructura 70 % - 30 %.

Las empresas públicas deberán evaluar la carga de trabajo óptima, tanto para trabajadores como para servidores, para el 2022 y 2023. También se indica que si una entidad da por terminados contratos ocasionales o nombramientos provisionales, no podrá contratar al mismo personal a cargo de proyectos de inversión.

En tanto, al pago de horas extras se indica que estas deberán ser autorizadas por la Unidad de Gestión de Talento Humano, pero no podrán exceder las 20 horas al mes. En el decreto anterior se hablaba de un máximo de 30 horas.

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Se indica que las instituciones del Estado deberán priorizar la contratación de personal residente en la localidad. Si contrata a personal no residente no se reconocerá el pago de viáticos por gasto de residencia.

Se deberán aprobar y justificar los viajes al exterior de funcionarios públicos de la Función Ejecutiva por parte de la Secretaría de Administración Pública, y para las empresas públicas será la máxima autoridad la que los autorice. En cuanto a la movilización interna se deben justificar los traslados y siempre que sea estrictamente necesario que sea presencial.

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Se indica que los pasajes aéreos serán los más económicos, según cada caso.

Además se prohíbe la compra de vehículos de alta gama y se permite arrendamiento de vehículos. Además se establece que se deberá realizar un reporte mensual de uso de los vehículos públicos.

En cuanto al uso de celulares, se prohíbe la asignación de estos dispositivos en la Función Ejecutiva, con excepciones. En el decreto anterior (137) se indicaba que solo se podían entregar celulares a los funcionarios del jerárquico grado 7 hacia arriba.

Una vez conocido el decreto hubo confusión en redes sociales sobre que el decreto generaría despidos en el sector público o que habría ciertas consecuencias negativas para los servidores públicos.

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Sobre el tema, el Ministerio de Economía y Finanzas aclaró en un comunicado que no habrá despidos masivos y que continúa implementando decisiones para precautelar el bienestar de las familias ecuatorianas producto de estos cambios. Explicó que con el Decreto Ejecutivo 457, el presidente de la República, Guillermo Lasso, expidió los lineamientos para la optimización del gasto público, actualizando las medidas vigentes desde el decreto 135, del 1 de septiembre de 2017, e incorporando aspectos relacionados con transparencia y anticorrupción, conforme estándares internacionales. “Este decreto permitirá fortalecer los esfuerzos gubernamentales para controlar el gasto público e impulsar la austeridad estatal para liberar recursos que permitan atender las principales preocupaciones de los ecuatorianos, principalmente de los más vulnerables”. El decreto se expide en momentos en los cuales el Gobierno debe buscar más recursos para cumplir ciertos ofrecimientos que tienen que ver con subsidios agrícolas, condonaciones de deudas, entre otros.

Entre tanto, adicionalmente a los temas de personal público, se norman temas de tasas de servicios públicos, contratos de inversión, arancelarios, entre otros.

Pero además se establece que la Presidencia, el Ministerio del Trabajo y la Secretaría de Planificación identificarán a las entidades que no generen aporte significativo para proceder a su eliminación.

El amplio decreto también trae una disposición reformatoria al Reglamento de Código Orgánico de las Finanzas Públicas, en el cual se indica la normativa para realizar una actualización del dictamen de prioridad de proyectos. (I)