La eliminación de las deducciones de gastos personales es una de las novedades que contiene la reforma tributaria de la Ley de Creación de Oportunidades, presentada ayer por el Gobierno Nacional ante la Asamblea. Justamente el tema de la deducción de gastos personales es en donde se verá el mayor esfuerzo para las personas que ganan desde $ 24.000 en adelante.

Este cambio, sumado a la eliminación y modificación de una serie de exenciones tributarias (exoneraciones a varios sectores) y la contribución extraordinaria sobre altos patrimonios para empresas y ciudadanos (de $ 1 millón y $ 500.000, respectivamente) generarían unos $ 1.400 millones en el mediano plazo, según anunció ayer el ministro de Economía, Simón Cueva.

Aunque se eliminan los gastos deducibles se lo compensa con un crédito tributario equivalente al 10 % de los gastos personales. El efecto, según Napoleón Santamaría, abogado tributario, es que quien más gana, más paga, e incluso no todos pagarán más, a algunos se les podría reducir el pago. En este sentido, alaba la reforma, pues respeta principios tributarios de equidad, dijo.

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En el artículo 122 de la ley se indica: Las personas naturales podrán imputar sobre el impuesto a la renta causando un crédito tributario de hasta el 10 % de dichos gastos personales si su renta bruta anual excediere de dos fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta para personas naturales durante el ejercicio fiscal. Los referidos gastos personales no podrán superar el equivalente a siete veces el valor de la canasta familiar básica, al mes de diciembre del ejercicio fiscal.

De esta manera, cambian las reglas para el pago de los impuestos y sus deducciones.

Santamaría pone ejemplos. Si una persona gana $ 2.500 al mes significa que tendrá un ingreso de $ 30.000 al año. En el régimen actual de deducciones de gastos personales, puede deducirse hasta $ 14.575. Entonces debe tributar sobre los $ 15.424, esto es unos $ 267 al año. Ahora con el nuevo régimen la persona tributa sobre los $ 30.000 y debe pagar $ 2.205 de impuesto. Sin embargo, tiene la posibilidad de descontar el 10 % de sus gastos personales. De manera técnica se calcula que una persona puede gastar hasta 70 % en gastos personales. Esto es un equivalente a $ 21.000 al año en gastos como salud, educación, vestuario, arriendo y alimentación. Entonces el 10 % sería $ 2.100. Si se resta lo que debe pagar del impuesto menos el 10 % de gastos le queda $ 105 por pagar al año. Esto es menos de lo que antes debía pagar. Esto sería crédito tributario. En cambio, alguien que gana $ 6.000 al mes, con el régimen actual pasaría a pagar $ 8.000 al año, pero con el nuevo serían $ 12.000.

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El presidente Guillermo Lasso, en medio de la presentación de la ley urgente ante la Asamblea, indicó que, por ejemplo, un ciudadano que gana $ 24.000 pagará $ 137 de impuesto anual.

Tabala de cuadro de pago del Impuesto a la Renta Foto: El Universo

Sobre el tema, Pablo Guevara de Andersen & Tax, considera que este cambio en las deducciones es un tema un tanto formal, pues ya no habrá los límites que existían para ciertos rubros, sino que el cálculo es general. De todas maneras, sí se puede deducir el gasto personal, pero a través de esta nueva modalidad, con crédito tributario, que se liquida en el mismo momento del pago del tributo.

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Para Santamaría, también es positivo que se hayan eliminado 47 exenciones o exoneraciones. Explicó que este tipo de beneficios, a los que califica como populismo tributario, generaban unos $ 5.000 millones menos de recaudación para el fisco. También destacó que el ciudadano de a pie tendrá beneficios con la reforma, sobre la eliminación del 12 % del IVA para productos de higiene íntima, pañales, mascarillas, alcohol, termómetros, entre otros.

Entre tanto, solo se crea un impuesto, que afecta a un sector específico, más pudiente de la sociedad, que son las personas que tienen patrimonio mayor de $ 500.000 y empresas con patrimonio de más de un millón de dólares y que hayan tenido utilidades y ganancias mayores que en 2019. En este caso, las empresas pagarán desde 0,5 % hasta 1,5 %.

Para Cordes, el proyecto luce bien encaminado. Cordes recomienda de manera general que el impuesto al patrimonio tenga una tasa moderada, que no desaliente el progreso individual, más aún si se lo piensa aplicar por dos años (creemos que sería mejor por una sola vez). Además, señaló que si bien en principio se ha considerado que no se debe cargar con impuestos adicionales a las empresas, que en su mayoría enfrentaron un 2020 e incluso un 2021 muy difíciles, las condiciones que se establecen en el proyecto de ley permiten que solo las que, en cierto sentido, se “beneficiaron” de la pandemia hagan esa contribución.

Sobre el tema de las exenciones y deducción de gastos tributarios, que no son transitorias sino permanentes, el Gobierno mantiene la visión de equidad. Lo principal es cobrar un mayor impuesto a la renta a las personas de mayores ingresos (a partir de $ 24.000 anuales). Este esfuerzo adicional, que se pide a un porcentaje muy reducido de trabajadores (según las cifras oficiales, alrededor del 3 % de la población económicamente activa), debe estar acompañado por una mayor eficiencia en el gasto público, a fin de que esos recursos no sean mal utilizados, sino que sirvan para brindar mejores servicios a los estratos de menores ingresos.

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Cordes dice que posiblemente había sectores que esperaban una eliminación del ISD, que sin dudas es un mal impuesto. No obstante, el impacto fiscal de una medida de ese tipo (el ISD genera cada año ingresos equivalentes al 1 % del PIB) solo podría compensarse con una medida que no tenía espacio político para ser aprobada y que el presidente Lasso rechazó desde la campaña: aumentar el IVA.

El proyecto de ley que deberá tratarse con carácter urgente en la Asamblea contiene reformas a unos 30 cuerpos normativos que sí cumplen con el principio de unidad de materia al perseguir como objetivo la reactivación económica del Ecuador que permita la generación de empleos de calidad por medio de la atracción de inversiones. (I)