A pocas horas de dejar la presidencia de Estados Unidos, Donald Trump firmó un memorando que aplaza durante 18 meses la deportación de ciudadanos venezolanos que se encuentren en la Unión Americana a fecha de 20 de enero de 2021, pero con algunas excepciones. Además Trump les concedió permisos temporales de trabajo.

En un comunicado de la Casa Blanca, Trump dijo que "la situación de deterioro dentro de Venezuela justifica el aplazamiento de la expulsión de los ciudadanos venezolanos que se encuentran presentes en los Estados Unidos".

El saliente mandatario consideró que su decisión, de la que se pueden beneficiar los que permanezcan en el país a 20 de enero, responde al "interés de política exterior de Estados Unidos".

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Donald Trump se despidió este 20 de enero del 2021 de la Casa Blanca.

La medida tiene algunas excepciones y no aplicará a las personas que hayan sido deportadas con anterioridad o que hayan sido condenadas de un crimen o dos delitos menores.

Además de ordenar la suspensión de las deportaciones, Trump aprobó "autorizaciones de empleo para extranjeros cuya expulsión haya sido aplazada (...) por la duración de dicho aplazamiento".

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El decreto de Trump sobre los venezolanos no es una protección temporal

Los venezolanos amparados en la moratoria de deportación no tendrán los beneficios que implica el estatus de protección temporal, advirtió el abogado de inmigración Ángel Leal a CNN.

"Es una salida diferida, no son deportables, pero no tienen los mismos beneficios de un estatus de protección temporal: pueden pedir un permiso de trabajo, pero no un permiso de viaje", citó como ejemplo.

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Leal calificó la medida como "un paso positivo y un alivio para la comunidad venezolana en Estados Unidos", pero aclaró que algunos no podrían calificar para los planes de legalización migratoria del nuevo presidente Joe Biden.

En el documento firmado por Trump se establece que no estarán acogidos a esta decisión quienes:

  • Han regresado voluntariamente a Venezuela o su país de última residencia habitual fuera de los Estados Unidos.
  • No han residido continuamente en los Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021.
  • Son inadmisibles bajo la sección 212 (a) (3) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 USC 1182 (a) (3)) o removibles bajo la sección 237 (a) (4) de la INA (8 USC 1227 (a) (4)).
  • Que hayan sido condenados por cualquier delito mayor o dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos, o que cumplan con los criterios establecidos en la sección 208 (b) (2) (A) de la INA (8 USC 1158 (b) (2) (A)).
  • Que fueron deportados, excluidos o removidos antes del 20 de enero de 2021.
  • Sujetos a extradición.
  • Cuya presencia en los Estados Unidos, según ha determinado el Secretario de Seguridad Nacional, no es de interés para los Estados Unidos o representa un peligro para la seguridad pública
  • Cuya presencia el secretario de Estado tiene motivos razonables para creer que podría tener consecuencias adversas de política exterior potencialmente graves para los Estados Unidos.

Así mismo ordenó al secretario de Seguridad Nacional que tome medidas para autorizar el empleo de los extranjeros que se haya aplazado la expulsión y mientras dure el mismo.

La decisión de Trump supone un guiño a la comunidad venezolana en Estados Unidos, en su mayoría residente en Florida, Estado que lo ha respaldado durante estos cuatro años por su beligerancia contra el Gobierno de Nicolás Maduro.

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De hecho, el martes Washington aprobó las enésimas sanciones económicas contra Caracas, esta vez para miembros de una supuesta red cuyo objetivo era comercializar crudo venezolano evadiendo las penalizaciones estadounidenses.

Desde su llegada a la Casa Blanca en 2017, el Gobierno de Trump ha impuesto numerosas rondas de sanciones económicas contra el Ejecutivo de Maduro, al que considera "ilegítimo".

El Gobierno de Venezuela espera que la nueva Administración del demócrata Joe Biden, quien asume la Presidencia de Estados Unidos este miércoles, tenga "atisbos de decencia", cumpla con el derecho internacional y establezca "canales diplomáticos de diálogo respetuoso". (I)