Esta tarde, la enmienda al artículo 120 de la Constitución para que la Asamblea vuelva a designar a autoridades de trece instituciones de control y justicia no pasó en el Pleno, donde se obtuvieron 85 votos afirmativos, 36 votos negativos y ocho abstenciones. Se requerían 91 votos afirmativos.

Desde las 12h00 de este jueves 14 de enero, el Pleno de la Asamblea abordó, en segundo debate, el informe para segundo debate de enmienda constitucional que modifica un total de trece artículos de la Constitución con el objetivo de que quitarle al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) la atribución de designación y trasladarla a la Asamblea.

Tras cuatro horas y media de debate y veinte intervenciones, la ponente y presidenta de la Comisión Ocasional de Enmiendas, Elizabeth Cabezas (AP) mocionó la votación artículo por artículo, es decir, un total de quince votaciones, incluyendo una disposición transitoria para que, en 120 días, la Asamblea adecúe la normativa secundaria a las nuevas enmiendas y que la normativa entre en vigencia con su publicación en el Registro Oficial.

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Las enmiendas propuestas en el informe para segundo debate de la Comisión Ocasional de Enmiendas disponen que, con el voto de 91 asambleístas (mayoría absoluta), el Pleno de la Asamblea designe a: la primera autoridad de la Procuraduría General del Estado; de las superintendencias de Bancos, Compañías, Economía Popular y Solidaria, Poder del Mercado, y Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, de entre las ternas propuestas por la Presidencia de la República.

Además, designar a los miembros del Consejo de la Judicatura de ternas propuestas por la o el Presidente de la República, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, la Función de Transparencia y Control Social, la o el Defensor Público y el Fiscal General del Estado, especificando que el Consejo deberá ser presidido por el representante de la Corte Nacional de Justicia, y bajando de nueve a cinco el número de integrantes.

También, la Asamblea designará a las primeras autoridades de: la Defensoría del Pueblo, la Defensoría Pública, la Fiscalía General del Estado y la Contraloría General del Estado; y, a los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Este bloque de autoridades serán designados a partir de una lista de diez candidatos seleccionados a través de un proceso público de oposición, méritos con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadana por parte de comisiones técnicas, presididas por el delegado de la Función Legislativa con voto dirimente y conformadas por delegados de cada función del Estado; igual número de ciudadanos elegidos por el Cpccs; y, tres delegados de la academia.

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Después de que no se alcanzó 91 votos para cambiar el artículo 120 de la Constitución, el Pleno continuó con la votación de los doce artículos restantes y las dos disposiciones.

Así, la enmienda al artículo 131 tampoco alcanzó los 91 votos, se quedó en los 84 afirmativos, 35 negativos y 11 abstenciones. La enmienda al artículo 179 para bajar de nueve a cinco integrantes el Consejo de la Judicatura tampoco pasó, obtuvo 70 votos afirmativos, 33 negativos y 22 abstenciones. La enmienda al artículo 205 se quedó con 68 votos afirmativos, 33 negativos y 21 abstenciones. La enmienda al artículo 207 también se quedó con 72 afirmativos, 35 negativos y 15 abstenciones. El resto de mociones tampoco alcanzó los 91 votos.

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En el debate, Patricio Donoso (CREO), Héctor Muñoz (IND) y Gabriela Larreátegui (SUMA) se expresaron a favor de la enmienda, pero pidieron algunas modificaciones. Donoso sugirió incluir que quien presida el Consejo de la Judicatura sea el o la representante de la Corte Nacional de justicia (propuesta que fue acogida por la ponente Elizabeth Cabezas), Muñoz que no se involucre a la academia en los procesos de selección, y Larréategui que se clarifique el proceso de selección de la Comisión Técnica.

En medio de voces a favor y en contra de un posible futura desaparición del Cpccs, representantes de PSC, CREO, SUMA y movimientos provinciales independientes se pronunciaron a favor de esta enmienda constitucional, bajo los argumentos de que la Asamblea es el primer poder del Estado, máximo representante del pueblo y de la democracia.

René Yandun (MIC) manifestó que es imprescindible eliminar la injerencia y manipulación política en la designación de autoridades. Es positivo y acertado que la atribución de designación de autoridades que actualmente tiene el Consejo sea trasladada a la Asamblea que es la máxima expresión de la pluralidad ideológica y social del pueblo ecuatoriano, lo que garantizaría que en Ecuador no vuelva a existir "concentración de todas las funciones del Estado en el representante del gobierno central".

Fernando Callejas (CREO) agregó que el Cpccs es un bodrio, una institución negativa para todos los ecuatorianos, que producto de sus designaciones personas como Pamela Martínez llegaron a la Corte Constitucional, Carlos Pólit fue contralor general del Estado, José Tuarez fue presidente del mismo Consejo. Además, el penúltimo Consejo tenía a todos sus integrantes vinculados a la Revolución Ciudadana. Los tres exfuncionarios mencionados juzgados y sentenciados por delitos de corrupción, Pólit prófugo.

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En tanto, Eddy Peñafiel (PK), agregó que el Cpccs no es la Función de Transparencia, solo es parte de esa Función y, por lo tanto, no está afectando a la estructura del Estado. Además, la participación de la ciudadanía se hará a través de veedurías.

En tanto, el bloque de la Revolución Ciudadana (RC) se opuso totalmente a la propuesta bajo el argumento de que se le está quitando a la ciudadanía el derecho de participación y de qué esta enmienda requería una Asamblea Constituyente porque modifica la estructura del Estado.

Juan Cárdenas (RC) agregó que una Asamblea con bajos niveles de aceptación se transformará en el reducto de la "componenda" y que "les apesta el pueblo". Marcela Aguiñaga (RC) señaló que la práctica común del Parlamento ha sido el reparto, que los "caciques" de los partidos designen y así manejar la justicia y la persecución. Además, que esta enmienda deja vivo al Cpccs, pero con una herida de muerte.

Los cambios aprobados deben pasar por un dictamen de procedibilidad de la Corte Constitucional, antes de entrar en vigencia con la publicación en el Registro Oficial. (I)