La Corte Constitucional (CC) de Ecuador declaró inconstitucional el estado de excepción vigente en el país desde fines de diciembre, decretado por el presidente Lenín Moreno a raíz del incremento en los contagios de COVID-19. El fallo de la CC fue emitido el 27 de diciembre, pero fue difundido recién el 2 de enero.

El presidente Moreno, en un mensaje transmitido la tarde de este domingo, indicó que su gobierno siempre se ha caracterizado por ser respetuoso del estado de derecho, por lo que acatará el dictamen de la Corte Constitucional. Sin embargo dijo que continuarán aplicando las medidas que están a su alcance, ''porque se desprenden de análisis técnicos y estadísticos de la situación real y obedecen a un solo objetivo: salvar vidas''.

Moreno había decretado el 21 de diciembre, por tercera vez en el año, un estado de excepción durante un mes que incluía un toque de queda de seis horas al día, para contener el "grave incremento" de casos de COVID-19 provocado, según él, por las aglomeraciones de diciembre.

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En su mensaje de este domingo, Moreno detalló que las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) de las grandes ciudades del país se encuentran al borde de su capacidad, por lo que anticipó un repunte de casos. ''Anticipamos que en enero -más allá del trabajo incansable y efectivo de las ultimas dos semanas para desacelerar las aglomeraciones-, habrá una consecuencia natural de incremento de contagios; tenemos, sin embargo, listo el plan de contingencia por si esto llega a ocurrir'', aseguró el primer mandatario.

Además, hizo un llamado los Comités de Operaciones de Emergencia (COE) cantonales a que actúen alineados con los exhortos del COE nacional, y que tomen todas las acciones necesarias para evitar aglomeraciones. Moreno además llamó a los ciudadanos a actuar con responsabilidad.

Por otra parte, mencionó que con Pfizer/BioNTech se tiene un acuerdo para recibir 2 millones de dosis de su vacuna contra el COVID-19, que las primeras 50.000 llegarán en este enero y el resto en marzo. Agregó que se ha iniciado conversaciones con la farmacéutica para adquirir otras 2 millones de dosis adicionales.

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La Corte Constitucional indicó que el decreto sobre el "estado de excepción por calamidad pública" ante las aglomeraciones navideñas y la posible circulación de una variante del SARS-CoV-2 surgida en Reino Unido, "no se adecuaba a las normas constitucionales". Consideró que los estados de excepción se aplican cuando la situación que las provoca no puede ser resuelta de manera ordinaria y que, por ello, se requieren medidas de duración indefinida.

Por esa razón, la Corte remarcó que "un régimen diseñado para ser temporal y excepcional no puede perennizarse mientras dure la pandemia y sus consecuencias". (I)