Casi seis meses después del plazo que le dio la Asamblea al Ejecutivo para emitir el Reglamento a la Ley Orgánica de Actuación en Casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas, el presidente Lenín Moreno firmó el Decreto Ejecutivo 1191, con el que da cumplimiento a la primera disposición transitoria de esta ley, publicada en el Registro Oficial el 28 de enero de este año.

El Reglamento ratifica que la duración de la búsqueda de una persona desaparecida o extraviada no concluirá hasta que exista certeza sobre el paradero de la persona o cuando los restos de la persona desaparecida o extraviada hayan sido encontrados y plenamente identificados.

En los dos casos, el Reglamento agrega que se deberá ser certificado por la Fiscalía General del Estado; y por el Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, respectivamente.

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La Ley y el Reglamento crean el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, Extraviadas y Respuesta a las Víctimas Indirectas, integrado por un órgano de gobierno que es el Comité Directivo conformado por: Fiscalía General del Estado, entidad rectora en materia de seguridad ciudadana y orden público, entidad rectora en materia de derechos humanos; y un representante del Gabinete Sectorial de lo Social.

El órgano ejecutor es el Ministerio de Gobierno, definido en el Reglamento y las entidades operativas son: la unidad especializada de la Policía Nacional, la unidad especializada de la Fiscalía General; y, el Servicio de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

En el Reglamento, se establece la participación complementaria de otras entidades como los ministerios de Salud, Educación, Inclusión Económica y Social, Relaciones Exteriores, Defensa, Secretaría General de Comunicación, gobiernos autónomos descentralizados y Defensoría Pública, para atención médica, campañas de prevención, registro y localización en fronteras y en el extranjero, entre otras funciones.

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La Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas en Ecuador (Asfadec) y la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) rechaza la falta de la socialización y participación en la construcción de la normativa reglamentaria, pese a varias insistencias que se realizaron a la Presidencia y al Ministerio de Gobierno a lo largo de este año; y cuestionan algunos puntos.

Lidia Rueda, presidenta de Asfadec, manifiesta que, si bien en la Ley consta la capacitación que debían recibir los funcionarios públicos, en el Reglamento se debía detallar la operatividad para que se realicen estas capacitaciones a fiscales, policías y jueces, pues los familiares de los desaparecidos y extraviados hasta ahora reciben respuestas de autoridades como: "siga buscándole y si tiene alguna información nos hace saber".

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En tanto, la coordinadora del Área Jurídica de Inredh, Pamela Chiriboga, manifestó que los estándares internacionales, la misma Corte Internamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) señala que los familiares de personas desaparecidas tienen que participar en la construcción de estas normativas que rigen la búsqueda, la parte institucional y cómo se da respuesta a la problemática, pero la Presidencia nunca les respondió, agregó.

"Hay una clara intención de no hacer participar a la sociedad civil o por lo menos no socializar, y eso que es nuestro derecho participar en esta construcción, el derecho de los familiares", agregó Chiriboga.

Rueda cuestionó la demora en la expedición del Reglamento e hizo notar que, a partir del 28 de enero, también contaban 120 días, hasta el 28 de mayo, para que se implemente el Registro de las personas que se encuentren en situación de abandono, sin identidad, ni referente familiar, en albergues o casas de acogida.

Según el último reporte oficial al que accedió Asfadec e Inredh, entre 1943 y junio del 2019, los casos aún en investigación de personas desaparecidas suman 1.392, y los localizados son 56.005.

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Sin embargo, Rueda y Chiriboga coinciden en que no existen cifras oficiales al respecto y por ello es indispensable la elaboración del Registro.

Este 25 y 26 de noviembre, el Estado ecuatoriano fue convocado a una audiencia pública ante la CorteIDH por un caso de desaparición. Se trata de la desaparición de Luis Eduardo Guachalá, dentro del Hospital Público Julio Endara, en el 2004. (I)