Son 14 745 297 que deberán pagar como indemnización los sentenciados en el caso Sobornos 2012-2016 como parte de la recuperación integral del Estado.

Este proceso, de acuerdo con el jurista Jorge Zavala Egas, depende de la diligencia de los jueces para que se ejecute. Dice que no existe un plazo fijo.

Ayer, antes del mediodía, el Tribunal de Casación notificó a los correos de los sujetos procesales con la sentencia por escrito.

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Desde ese momento empezaron a correr los plazos para que los sujetos procesales interpongan o no los recursos de aclaración y ampliación. El plazo es de tres días.

Y una vez que culmine este proceso, de acuerdo con el jurista Rafael Oyarte, la Procuraduría tiene la obligación de iniciar los procesos para la reparación integral.

Los sentenciados en calidad de autores y coautores deberán pagar una indemnización de $778 000 cada uno, mientras los cómplices $368 000.

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"Corresponde ordenar el cumplimiento del fallo el Tribunal del primer nivel, es decir, el que hizo las veces de tribunal penal. Este tribunal debe ordenar la ejecución de la reparación integral y por lo tanto le dispone dictar el mandamiento de ejecución. Si es que los obligados en la sentencia a pagar esa reparación integral no paga ni dimita bienes, se inicia el procedimiento ejecutivo y se dictan las órdenes de retención de fondos en cuenta, embargos, prohibiciones de enajenar. Ahora si es que la dimisión es insuficiente para pagar la deuda, en este caso la reparación tendría que iniciarse por proceso por insolvencia", explica.

Stalin Oviedo, abogado de libre ejercicio, menciona que la recuperación integral también se puede realizar a través de un "juicio coactivo y una posible declaratoria de insolvencia. (Por ejemplo), si es que la empresa tiene $20 millones en bienes se embargan esos bienes, una vez que la sentencia esté ejecutoriada".

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Para Ismael Quintana, abogado constitucionalista, afirma que hacen falta normativas.

"El problema es que a nosotros nos hace falta una ley que determine los mecanismos jurídicos para poder recuperar estos bienes de quienes son condenados por actos de corrupción, de los que se han hecho beneficiados, fruto del cometimiento de estos delitos, y esta es la famosa Ley de Extinción de Dominio que, según ha dicho la Fiscalía, es el mecanismo ideal, que luego de las condenas se apliquen los mecanismos legales", apunta.

Cree que el Legislativo está en deuda con el país por la falta de aprobación de esa posible normativa. (I)