Casi cuatro horas después de escuchar a las defensas y a los procesados por el delito de rebelión: la prefecta de Pichincha, Paola Pabón; el secretario de la Revolución Ciudadana (RC); Virgilio Hernández; y el integrante de la RC, Christian Gonzalez, el presidente de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, Vladimir Jhayya, suspendió por segunda ocasión la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio.

El juez Jhayya convocó para el próximo jueves a las 13:00 para dar a conocer la resolución oral sobre si existen vicios de nulidad que afecten lo actuado en el proceso y de no encontrarlos si llama o no a juicio a quienes el fiscal provincial de Pichincha, Alberto Santillán, acusa de autores del delito de rebelión, tipificado en el artículo 336 inciso primero del Código Orgánico Integral Penal (Coip).

Fausto Jarrín, abogado de González, reconoció que el juez de la causa les otorgó el tiempo suficiente para entregar sus alegaciones en rechazo a la acusación fiscal e incluso cada uno de los procesados habría tenido la oportunidad de ser escuchados.

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"Creemos de parte de las tres defensas los argumentos son en exceso contundentes y no vemos la manera en que la absurda teoría del caso de Fiscalía logre mantenerse después de estos análisis que tendrá que hacer el juez (Vladimir Jhayya) hasta el día jueves", explicó Jarrín, al tiempo de insistir que la Fiscalía tiene un proceso plagado de nulidades.

Lo que los procesados habrían resaltado en sus argumentaciones es que ninguna de los elementos presentados por la Fiscalía permiten colegir que se cometió un delito de rebelión. Según la prefecta de Pichincha, no existe ni autoría mediata ni autoría directa en el delito de rebelión.

El que vaya a revisar los expedientes el juez Jhayya antes de resolver, para Pabón le da una esperanza de pensar que se va a actuar en justicia, de que esta justicia no está presionada, ni que es una justicia que se deja extorsionar, ni cae en una persecución política.

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Fiscalía pide que los tres procesados sean llamados a juicio debido a que existirían pruebas de la participación directa de estos en el delito de rebelión que se habría cometido durante los días de protesta de octubre de 2019 contra el Gobierno de Lenín Moreno, debido a las medidas económicas adoptadas en relación a subsidios y combustibles.

En este caso, el 24 de diciembre de 2019, Fiscalía reformuló cargos y aunque acusó a los procesados por el mismo delito de rebelión usó el inciso primero en lugar del numeral cuatro del artículo 336 del Código Orgánico Integral Penal. La primera figura daba penas de cinco a siete años de prisión, mientras que la figura desechada definía penas de siete a diez años de cárcel.

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Inicialmente se trataba de un delito contra quien "promueva, ayude o sostenga cualquier movimiento armado para alterar la paz del Estado" y finalmente terminó procesándose la figura de la "persona que se alce o realice acciones violentas que tengan por objeto el desconocimiento de la Constitución o el derrocamiento del gobierno legítimamente constituido, sin que ello afecte el legítimo derecho a la resistencia". (I)