La superintendenta de Bancos, Ruth Arregui, pone reparos a las reformas de la Ley de Crecimiento, en el ámbito monetario.

¿Cuáles son sus preocupaciones?

El 6 de agosto presenté a la Junta de Política una propuesta de reforma, como resultado de un proceso en el que participaron especialistas en sanas prácticas financieras. El Código actual adolece de ciertas deficiencias. La idea era corregir estos problemas y proponer mejores prácticas. Nos reunimos con los asesores de la Junta de Política, que son Augusto de la Torre y Simón Cueva. Nos reunimos con el sector controlado y recogimos sus impresiones. Sin embargo, en la ley se han recogido unas pocas iniciativas, pero hay cosas que no mejoran y más bien generan preocupación.

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¿Cuáles son las principales?

Si se quiere una Junta independiente del Ejecutivo, no basta con que la ley lo diga. Deben existir pesos y contrapesos. Que sea el Ejecutivo el nominador y la Asamblea quien los designe. Pero además la Junta debe regular, pero no puede generar política porque, según la Constitución, la política debe dictarla el Ejecutivo mediante su Plan Nacional de Desarrollo. Con base en ese plan se puede realizar el presupuesto. En el artículo 303 de la Constitución se indica que la política es facultad exclusiva del Ejecutivo.

¿Hay problema con la Corporación de Seguros de Depósitos (Cosede)?

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En la propuesta se elimina el directorio del Cosede y es la Junta la que nombra el gerente. El gerente obedecería las directrices de la Junta. Hay un conflicto de interés grande. Hay que tomar en cuenta que el Cosede administra tres fondos con dineros privados: el de liquidez, el de seguros de depósitos y de los seguros privados. Además, se le permite al Cosede acceder a información privilegiada de los depositantes.

Tampoco se nos ha dado la ‘suficiencia’ para la supervisión de grupos financieros y, por ejemplo, realizar una revisión transfronteriza como se requiere y lo habíamos sugerido”, Ruth Arregui, superintendenta de Bancos.

En la Asamblea se dice que no habría suficiente control para el Central y la Junta.

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La propuesta de la reforma es que el BCE no sea controlado ni por la Contraloría ni por la Superintendencia. Ahora sí lo es por el tema de fondos públicos (Contraloría) y de las operaciones financieras como el encaje (Superintendencia).

Desde la Junta se indica que sí habrá informes a Presidencia y Asamblea...

Una cosa son informes y otra cosa es la supervisión y el control permanente.

¿La Superintendencia pierde funciones con la propuesta?

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Tenemos preocupación porque se buscaba la autonomía de manera irrestricta, pero no ha sido tomado en cuenta. En el Código se establecen los principios rectores sobre los que la Superintendencia ejerce el control, pero en la propuesta se los elimina. Si no hay principios rectores, no se puede ejercer el control. En la aplicación del Código Orgánico Administrativo se indica que debe estar identificada la manera de sancionar, si no cualquiera me puede poner una acción de protección.

¿Se ha visto impedida de ejercer sanciones?

Hubo un caso del Isspol, efectivamente me pusieron una acción al oficio de observaciones, ¡Imagínese!(I)