La ciudadanía se mostró a favor de la reforma que permite mostrar el rostro del individuo que fuera detenido en delito flagrante. La intención, según autoridades, es que otras víctimas  lo identifiquen y ello pese en el procedimiento judicial. 

En Guayaquil, hace dos semanas, la alcaldesa Cynthia Viteri dispuso que se evidencie, en las distintas plataformas administradas por el Municipio, al hombre que irrespete a mujeres, niños y adultos mayores  que se movilizan en la Metrovía. Refirió que era una decisión adoptada “con  ley o sin ley”. 

Entonces en la Asamblea estaba pendiente someter a votación reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), lo que ocurrió la tarde y noche  del martes pasado. 

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El texto aprobado debe remitirse al Ejecutivo para el veto del presidente Lenín Moreno, quien dispone de 30 días. Así, en ese lapso, no habrá pronunciamiento, sino transcurrido ese tiempo cuando las reformas hayan sido analizadas, indicó la ministra de Gobierno, María Paula Romo. 

La fiscal provincial Yanina Villagómez y el comandante de la Policía en la Zona 8, general Ramiro Ortega, tampoco quisieron pronunciarse al aludir aquel periodo de análisis. No obstante, el gobernador Pedro Pablo Duart señaló que estaba en total acuerdo con que se muestre el rostro de los detenidos en delito flagrante y que ya no se otorguen medidas sustitutivas a individuos con amplio historial de detenciones. 

La alcaldesa Cynthia Viteri remarcó ayer su decisión de mostrar el rostro de quien evidencie un mal comportamiento en la Metrovía, sistema de transporte masivo en el que mujeres  han  reportado acoso. 

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La reforma al art. 529 contempla la identificación en caso de delito flagrante, respecto a la inviolabilidad de la vida, integridad sexual y reproductiva, violencia    contra la mujer o miembros del núcleo familiar, robo con muerte, sicariato, trata de personas y tráfico de migrantes. 

Otras reformas al COIP relacionadas a la seguridad ciudadana se enmarcan precisamente en la prohibición de otorgar medidas sustitutivas a sujetos con un amplio historial de detenciones. 

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Víctimas de la delincuencia, como el taxista Darío Valdez, señalaron que era conveniente ver el rostro del delincuente porque con su captura también se puede ubicar a sus cómplices, puesto que “los pillos no andan solos”. (I)

Algunas reformas

Circunstancias agravantes de infracción

La reforma 12  promulgó la inclusión del numeral 20 en el artículo 47 del COIP, en el que se señala que será una circunstancia agravante de la infracción, si  la persona aprehendida registre una o más detenciones previas en delito flagrante calificado, cuando se trate del mismo delito o atente contra el mismo bien jurídico protegido. También refiere que se sustituya el numeral 9  del artículo 47 para incluir que la condición laboral de la víctima que impliquen indefensión o discriminación, sea agravante de una infracción. (I)

Identificación en delito flagrante

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El artículo 86 que reforma al 529 del COIP y trata sobre la audiencia de calificación de flagrancia agrega el artículo 521.9, permitiendo que personas detenidas en flagrancia por delitos contra la inviolabilidad de la vida, contra la integridad sexual y reproductiva, delitos de robo con muerte, sicariato, trata de personas y tráfico de migrantes puedan ser identificadas físicamente ante la comunidad y medios de comunicación, en su calidad de aprehendido,  respetando su derecho a la presunción de inocencia. (I)

Reincidencia en infracción penal

Según el artículo 57 del COIP, la reincidencia es la comisión de un nuevo delito por parte de la persona que fue declarada culpable mediante sentencia ejecutoriada. En su segundo inciso indica que la reincidencia solo procederá en delitos con los mismos elementos de tipicidad de dolo y culpa. La reforma 14 sustituye este inciso indicando que la reincidencia procederá cuando sea la misma infracción penal o se haya atentado contra el mismo bien jurídico protegido, en cuyo caso deberán coincidir los mismos elementos de dolo o culpa. (I)

Reacciones

María Paula Romo, ministra de Gobierno

‘Tenemos 30 días para el análisis’

La ministra de Gobierno, María Paula  Romo, pidió paciencia para un pronunciamiento del Ejecutivo respecto a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Señaló que el texto aprobado por los asambleístas debía pasar al Ejecutivo para el veto en un máximo de 30 días. Remarcó que ese periodo será empleado para el análisis de decenas de reformas a los articulados, que son de carácter penal y procesal. “Lo vamos a hacer con toda responsabilidad, con todos los especialistas porque hay temas penal, procesales, en 30 días conversamos”, dijo ayer a la prensa. (I)

Billy Navarrete, ente de DD.HH.

‘Afecta la presunción de inocencia’

Billy Navarrete, secretario ejecutivo del Comité Permanente por Defensa de Derechos Humanos, considera que mostrar los rostros de detenidos vulnera el derecho constitucional a la presunción de inocencia. Opina que es el juez el único que puede determinar culpabilidad. Asimismo, cree que en cuanto a la prohibición de otorgar medidas sustitutivas a ciudadanos con amplio historial de detenciones, esto debía revisarse porque está de por medio una situación de negligencia judicial. “El número de juicios abiertos no determina la culpabilidad”, sostiene. (I)

Christian Soriano, taxista

‘Siempre debieron mostrarles la cara’

Christian Soriano, taxista que vive en el sur de Guayaquil y hace tres meses fue asaltado por dos sujetos armados en un semáforo de la isla Trinitaria, dice que siempre las autoridades debieron mostrar las caras de los delincuentes, que no tenían por qué ocultar su identidad, puesto que eso permite la identificación y con ello evitar que otros ciudadanos sean sus víctimas. “Está muy bien que les vean la cara, por qué protegerlos, si capturados también se pueda buscar a sus cómplices”,  dice y comenta que los delincuentes golpearon su ventana, que al ver las armas perdió su teléfono. (I)

Fernando Perlaza, abogado

‘Todos tienen derecho a rehabilitarse’

El abogado Fernando Perlaza, quien ofrece servicios en la Unidad de Flagrancia de la Fiscalía, discrepa en la prohibición de otorgar medidas sustitutivas para ciudadanos con un amplio historial de detenciones. Sostiene que los jueces actúan en derecho y que por ello en el caso de robos de objetos que no superen los $ 500 es factible otorgar las medidas sustitutivas. Menciona que primero se deberían cambiar estos rangos  y agrega que él ha visto sujetos detenidos por robos que luego de pasar procesos con la ley se han recuperado. “Todos tienen derecho a rehabilitarse”, dice. (I)