El presidente  Lenín Moreno remitió a la Asamblea Nacional un proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que cambia la pena de prisión  por labor comunitaria para los delitos contra la honra de una persona.

El proyecto ingresó a la Asamblea el 18 de junio, y pasará al Consejo de Administración Legislativa (AP)  para su calificación correspondiente. 

 Dentro de la Asamblea no existe resistencia a esta propuesta de Moreno, pero sí preocupación respecto a que si con esta reforma se pretenderá controlar las redes sociales. 

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Como justificativo de la reforma, el Ejecutivo señala que el proyecto busca adecuar el COIP a los estándares internacionales  de derechos humanos; que la Constitución en su numeral 6 del artículo 66 consagra el derecho a la libertad de expresión, como el derecho a opinar y expresar el pensamiento en todas sus formas y manifestaciones. 

Que el derecho a la libertad de expresión, como cualquier otro derecho no es absoluto y admite restricciones, entre otras, el derecho al honor y a la honra. También señala que los ataques al honor y a la honra de las personas no deben quedar impunes; y, por el contrario, deben gozar de protección pero por medio de sanciones.

Por ello propone introducir un cambio al artículo 396 del Código Penal, en el que se establezca que la “contravención contra el honor” será sancionada con trabajo comunitario de hasta 80 horas o multa de tres a seis remuneraciones básicas unificadas.  

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Y que esa sanción se aplicará a la persona que, por cualquier medio, profiera expresiones de descrédito o deshonra en contra de otra... 

El texto vigente del COIP  habla de “contravenciones de cuarta clase”, y  señala que  “será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días la persona que, por cualquier medio, profiera expresiones de descrédito o deshonra en contra de otra...”.

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La legisladora  Marcela Aguiñaga (antes de AP)  aclara que lo único que cambia es la forma de la pena: trabajo comunitario o multa, con lo cual se quita la pena privativa de libertad.

Lo que es peligroso, insiste la asambleísta correísta, es dejar abierto que el delito contra la honra  se cometa a través de cualquier medio, y ahí  surge el debate sobre lo que pasará con el uso de las redes sociales.

Henry Cucalón (PSC)  indicó que es una reforma imprescindible  porque los delitos de opinión no deben ser sancionados con privación de libertad y aclaró que las redes sociales no están sujetas al control administrativo del Estado; sin embargo, en la actualidad se puede proferir el delito de calumnia por cualquier medio, incluidas las redes sociales, y por supuesto, puede ser judicializado, anotó.

Jeannine Cruz (CREO)  dijo que es positiva la propuesta del Ejecutivo  porque no se puede a nombre de la honra perseguir a un ciudadano crítico.

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La idea del Ejecutivo es atenuar la sanción respecto a la injuria, y esto, según Héctor Muñoz (SUMA), puede responder a dos motivos: primero, evitar el abuso en el tratamiento de este delito por quien está en el poder; y  segundo, tratar de ajustar esta conducta   a estándares internacionales respecto a proteger la libertad de expresión  que es un derecho intrínseco de las personas.

El proyecto pasará a conocimiento del Consejo de Administración Legislativa (CAL) para su calificación y luego su envío a la Comisión de Justicia, que antes de que concluya el anterior periodo legislativo elaboró un informe para segundo debate sobre reformas al COIP, donde no se incluye un cambio similar al planteado por el Ejecutivo. (I)