El pedido de medidas cautelares que negó la jueza de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Quitumbe (Pichincha), Silvia Barba, el lunes pasado a cinco aspirantes a consejeros al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPC), responde, según la autoridad, a que “las medidas no son un proceso contencioso de conocimiento o reparación de un derecho”.

La acción fue presentada por Joba Fon Fay Vásquez, María Rosa Chalá, Carlos Figueroa, Carlos Pauta y Hugo Ludeña, en contra del pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), por supuestamente limitarlos a no difundir por sus propios medios sus imágenes personales, trayectorias y propuestas a la ciudadanía en general.

La limitante, según los denunciantes, radicaba en la Resolución PLE-CNE-9-12-12-2018 que dispone en su artículo 2 a la Dirección Nacional de Desarrollo de Productos y Servicios Informáticos Electorales elaborar estrategias comunicacionales para la promoción y difusión de los nombres, trayectorias y propuestas de las y los candidatos al CPC.

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Los candidatos, en su escrito, señalaron que la resolución del CNE los privaba del derecho a la igualdad frente a los demás candidatos que participarán dentro del mismo proceso electoral para otras dignidades y que además perciben presupuesto electoral para difundir sus imágenes y propuestas con libertad. (I)