La Corte Nacional de Justicia (CNJ) rechazó las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Judicatura (CJ) transitorio que hablan sobre delitos sexuales y violencia contra la mujer, respectivamente, e indican, en el primer caso, que jueces y fiscales apliquen la retroactividad, mientras que en el segundo pide establecer plazos.

"A través de estas resoluciones, el Consejo de la Judicatura Transitorio, no solo se atribuye competencias que no le corresponden, sino que interfiere en la administración de justicia, atentando el principio de independencia interna", sostiene el comunicado de la CNJ.

Según la CNJ, en el artículo 3 de la resolución 110A-2018, el CJ transitorio indica que juezas, jueces, fiscales, defensoras y defensores públicos inicien o continúen las acciones investigativas relativas a delitos sexuales cometidos en cualquier tiempo en contra de niñas, niños y adolescentes, por ser imprescriptibles.

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Con ese hecho, apunta el comunicado de la Corte Nacional, se estaría dando el carácter de retroactiva a la enmienda constitucional aprobada en el Consulta Popular de febrero de 2018, que modificó el texto del artículo 46.4 de la Constitución y reformó tácitamente el artículo 16.4 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Para la CNJ el principio de irretroactividad forma parte del principio de legalidad previsto en la Constitución como garantía del debido proceso y la seguridad jurídica.

Aclara también que la interpretación de las normas constitucionales y de los tratados internacionales de derechos humanos corresponde a la Corte Constitucional (CC) y la interpretación general y obligatoria de la ley es atribución de la Asamblea Nacional.

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Angélica Porras, vocal del CJ transitorio que no votó por las resoluciones, sostiene que aprobaciones como estas es buscar hacer el papel de la CC y eso, para ella, sería violar la Constitución. "Eso es arrogación de funciones, eso no solo puede ser causal de juicio político, sino podría ser causal de juicio penal", refirió.

Además la Resolución No. 109A-2018, en el artículo 6 inciso segundo, explica el documento de la CNJ, fijaría en forma ilegal un plazo no previsto en la ley.

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Reacción de vocales

Zobeida Aragundi, una de las vocales del CJ transitorio que votó las resoluciones junto a Aquiles Rigail y el presidente del organismo, Marcelo Merlo, afirma que esta oposición es parte de una "arremetida" que sufre el CJ por asumir su "responsabilidad histórica", pues en este momento no existe CC ante quien hacer la consulta.

"Muchas voces de hombres y mujeres que extrañamente se autodenominan defensores de los derechos humanos están siendo sumamente legalistas y anticipando que los jueces no vean más allá del texto legal y no se remitan a la doctrina jurídica, al derecho comparado, ni a los tratados internacionales... sino que solo apliquen una disposición legal que dice que la ley legisla para lo venidero", apuntó Aragundi.

Por su parte, el presidente del CJ transitorio, Marcelo Merlo, dijo que hasta la mañana de este martes no tenían oficialmente el pronunciamiento de la CNJ, pero pese a ello él creía que quienes han emitido sus rechazos a las dos resoluciones no han leído detalladamente los considerandos de las mismas.

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"Nosotros no estamos haciendo interpretaciones de leyes en forma obligatoria, sino que simplemente lo que hacemos es poner en conocimiento de los jueces algo que resolvió el pueblo ecuatoriano (...) Que los delitos sexuales son imprescriptibles y que los ciudadanos tienen la posibilidad de iniciar las acciones", acotó. (I)