El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPC) de transición aprobó este 19 de septiembre una resolución en la que prohíbe al Consejo de la Judicatura (CJ) evaluar a la Función Judicial y en especial, a los jueces de la Corte Nacional de Justicia. En esencia, suspendió las capacidades de evaluación, selección y sanción.

Esta resolución se tomó por unanimidad de los siete consejeros, en una plenaria convocada este miércoles en la que se aprobaron los mandatos o reglamentos de selección de los nuevos miembros de la Judicatura y de los jueces de la Corte Constitucional (CC).

“Los vocales encargados (de la CJ) no podrán ejercer las facultades previstas en el numeral tres, del artículo 181 de la Constitución para garantizar la estabilidad y continuidad de estos procesos”, cita el párrafo específico de lo resuelto por el CPC.

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Parte del texto explicaba que los actuales miembros de la Judicatura son transitorios, y los procesos de evaluación deben ser resueltos por un organismo definitivo.

El @CPCCS aprobó hoy una resolución que impide al @CJudicaturaEc evaluar a la @CorteNacional porque los miembros del órgano administrativo son transitorios. @eluniversocom pic.twitter.com/awFScmygOu

El presidente del Transitorio, Julio César Trujillo argumentó que el objetivo es garantizar la “seguridad jurídica” del país.

“Para seguridad del país le restamos esta facultad de evaluar a la Función Judicial, porque el día de mañana posiblemente nos digan que estuvieron divididos, tuvieron mayorías, minorías. No vamos a tocar por el momento. Una vez que designemos el Consejo de la Judicatura definitivo, puede hacerlo, en cuanto sea necesario hacerlo”.

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En el caso de la designación de las nuevas autoridades, tanto del CJ como de la Corte Constitucional, Trujillo adelantó que solicitarán las ternas a las funciones del Estado respectivas para designar a los miembros definitivos. (I)