Varios son los cambios que propone la pregunta 1 de la consulta popular y referéndum del próximo 4 de febrero. En total, son nueve artículos de la Constitución de la República y de las normas de servicio público, electoral y penal.

La interrogante plantea sanciones a toda persona condenada por actos de corrupción con su inhabilitación para participar en la vida política del país, pérdida de sus bienes, no contratar con el Estado entre 10 y 25 años y demás.

En el caso de ganar el “Sí” se efectuarían cambios en algunos artículos como en el 233 de la Constitución. Aquí se sustituiría el siguiente texto.

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Esto significa que los servidoras/es públicos estarían sujetos a sanciones por los delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. Asimismo se indica que las penas serán imprescriptibles, e inclusive que los juicios continuarán en ausencia de las personas acusadas. Aquellas normas se aplicarían a quienes participen en los delitos mencionados.

En el caso de las personas con sentencia condenatoria por los delitos especificados en el recuadro estarán impedidos de ser candidatos a cargos de elección popular.

Este último punto para el constitucionalista Stalin Raza es un error, que en caso de pasar la consulta, deberían pensarse en reformarse en lo posterior. “Lo que no me parece bien es que esta prohibición se extienda a todos los derechos civiles y políticos incluido el de votar, ese me parece que es un exceso”, dice.

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La pregunta también plantea cambiar el numeral 2 del artículo 96 del Código de la Democracia.

Aquí quienes hayan recibido sentencia condenatoria no podrán ser candidatas/os de elección popular en al menos de 10 delitos relacionados en actos de corrupción.

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La Ley Orgánica del Servicio Público también tendría reformas en su artículo 10.

Jorge Rodríguez, de la Comisión Nacional Anticorrupción, recuerda que la interrogante fue propuesta al presidente Lenín Moreno y ve de manera positiva que los “corruptos” no vuelvan a ocupar cargos públicos. Cree que es un buen paso.

En esto concuerda Raza, quien agrega que en general la interrogante es 80% favorable.

Seis cambios tendría el Código Orgánico Integral Penal (COIP). En el artículo 60 sobre las penas no privativas de libertad se incorporaría un inciso, el 14 de contratos con el Estado. Raza considera a esto como un avance en caso de ganar el “Sí”.

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A los artículos 68 y 77 también se incorporarían nuevos incisos. El primero se refiere a que los jueces de forma obligatoria aplicarán la sanción por un lapso de entre diez y veinticinco años, mientras que el segundo, sobre reparación integral de los daños, la persona jurídica podría ser sancionada con la disolución, liquidación y el pago de una multa de 500 a 1.000 salarios básicos unificados.

Finalmente, en los artículos 280, 285 y 289 se añadirían otros incisos que buscan determinar sanciones para personas jurídicas responsables de concusión, tráfico de influencias y testaferrismo.

Según Rodríguez, esto es un primer paso para el Ecuador. En cambio, Raza cree que no solo debieron plantearse reformas en estos últimos tres artículos sino en otros como el 278, 279 y 281 referentes a los delitos de peculado, concusión y enriquecimiento ilícito, estipulados en el COIP. (I)