La Asamblea de Ecuador aprobó este jueves un proyecto de ley para reprimir el lavado de activos que determina que no solo los operadores financieros están obligados a reportar a las autoridades transacciones por montos mayores a 10.000 dólares, sino también quienes se dediquen al comercio, transporte de encomiendas o valores y al servicio postal, entre otros sectores.

La iniciativa contó con el voto de aprobación de 105 legisladores, en su mayoría del partido de gobierno Alianza PAIS, 14 abstenciones y un voto en contra.

El asambleísta de Alianza PAIS que propuso la iniciativa, Virgilio Hernández, dijo que se busca "una lucha contra el lavado de activos, más operativa" por lo cual se ha propuesto elementos para detectar la propiedad, posesión, utilización, oferta, venta, corretaje, comercio interno o externo, transferencia gratuita u onerosa, conversión y tráfico de activos.

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Además de instituciones financieras, que tendrán un máximo de cuatro días para reportar operaciones sospechosas, se suman administradoras de fondos y fideicomisos, cooperativas, fundaciones y organismos no gubernamentales, personas naturales y jurídicas que comercialicen vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves, empresas de transferencia nacional o internacional de dinero o valores, transporte nacional e internacional de encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, entre otros.

Tales operadores deberán reportar a las autoridades transacciones económicas de 10.000 dólares para arriba.

Este proyecto de ley debe ser enviado al presidente Rafael Correa, quien debe aprobar, cambiar o negar, para luego ser publicada en el Registro Oficial con lo cual entrará en vigencia. (I)