El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció que la eliminación del cobro del impuesto a la salida de divisas (ISD) para transacciones que se hacen en el exterior con tarjeta de crédito (hasta $ 5.000) está vigente desde el 1 de mayo.

Sin embargo, informó que la entidad “devolverá de oficio” los cobros del ISD que pudieran hacer las entidades emisoras de tarjetas de crédito en los meses de mayo y junio. Esta devolución sería en julio y agosto, indicó a través de un comunicado. La eliminación se estableció en la Ley de Equilibrio de las Finanzas Públicas .

Además, el SRI informó de los requisitos que debe cumplir el contribuyente en el caso de que quisiera sacar dinero al exterior en efectivo, de acuerdo con la nueva normativa. Antes de salir del país, el ciudadano debe declarar y pagar el tributo y tiene dos opciones para ello: llenar el formulario 106 en línea o declarar y pagar en el aeropuerto a través de ese formulario físico, en los duty free.

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Una persona que sale del país puede llevar hasta $ 1.098 en efectivo en cada viaje. Si está con menores de edad, se suma un salario básico adicional por cada menor ($ 366).

En los puertos, aeropuertos y zonas fronterizas, el SRI realiza el control a través de fedatarios fiscales. Si una persona no declara ni paga el impuesto, deberá cancelar una multa del 50% del valor que exceda los $ 1.098. (I)